II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Escala de Tecnólogos de los Organismos Públicos de Investigación. (BOE-A-2023-4962)
Resolución de 21 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de acceso libre, en la Escala de Tecnólogos de los Organismos Públicos de Investigación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47
Viernes 24 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 28143
fundamentos teóricos en los que basa la persona candidata su argumentación, la
capacidad de análisis, el planteamiento de las acciones y la evaluación de las posibles
soluciones a la situación planteada, la claridad de exposición y la capacidad de
expresión en español e inglés.
La segunda y tercera parte del ejercicio sólo se evaluará a los aspirantes que hayan
superado la primera parte.
Para evaluar la segunda parte del ejercicio, los candidatos deberán leer ante el
tribunal íntegramente y sin modificación alguna, lo que hayan desarrollado por escrito en
la primera parte. Para asegurar este punto, el tribunal contará con una copia el ejercicio
para comprobar que no se altera la lectura con respecto al texto escrito. La evaluación se
ceñirá a los siguientes aspectos: identificación de problema planteado, el volumen y
exposición de los fundamentos teóricos en los que basa la persona candidata su
argumentación, la capacidad de análisis, el planteamiento de las acciones y de las
posibles soluciones a la situación planteada
La segunda parte del ejercicio tendrá una calificación de 0 a 25 puntos.
Para evaluar la tercera parte el ejercicio el tribunal tendrá en cuenta, además de la
lectura, las respuestas de los aspirantes a la preguntas y aclaraciones formuladas por el
tribunal. Se tendrá en cuenta la concreción, corrección y procedencia de las respuestas,
la claridad expositiva y la capacidad de expresión en español e inglés.
La tercera parte del ejercicio tendrá una calificación de 0 a 15 puntos.
Para superar la prueba práctica o de simulación (segunda y tercera parte) será
necesario obtener un mínimo de 20 puntos.
La calificación de los aspirantes se hará mediante deliberación conjunta de los
miembros de los correspondientes tribunales. La calificación correspondiente será la
media de las puntuaciones asignadas por cada uno de los miembros del tribunal.
La calificación final de esta fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones de las pruebas descritas.
En la fase de oposición, a las personas que superen la primera parte del ejercicio
(prueba de conocimiento) con una nota superior al 60 por ciento de la calificación
máxima prevista para la correspondiente prueba en el proceso selectivo, se les
conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre
y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que
se hubiera conservado la nota sean análogos o la persona aspirante se haya presentado
por el mismo área y especialidad.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección,
valoración y superación de aquella que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria
Fase de concurso.
Esta fase tiene por objeto la comprobación y calificación de los méritos alegados por
los aspirantes en su curriculum vitae, así como de las actividades en el ámbito científicotécnico, de innovación y tecnológico desarrolladas por los aspirantes, descritas en el
mismo.
La valoración de esos méritos y de las actividades desarrolladas, será efectuada por
el tribunal correspondiente en base a lo recogido en el currículo que deben aportar los
aspirantes en la solicitud. El tribunal requerirá a los aspirantes la documentación
acreditativa de los méritos y actividades recogidas en el citado currículo, concediéndose
para ello un plazo de diez días hábiles.
Valoración de méritos. La valoración de esos méritos y de las actividades
desarrolladas y recogidas en el curriculum vitae, será efectuada por el tribunal
correspondiente en base a la documentación acreditativa que deben aportar los/as
aspirantes. Esta fase, no será eliminatoria, y se calificará de 0 a 20 puntos.
cve: BOE-A-2023-4962
Verificable en https://www.boe.es
B)
Núm. 47
Viernes 24 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 28143
fundamentos teóricos en los que basa la persona candidata su argumentación, la
capacidad de análisis, el planteamiento de las acciones y la evaluación de las posibles
soluciones a la situación planteada, la claridad de exposición y la capacidad de
expresión en español e inglés.
La segunda y tercera parte del ejercicio sólo se evaluará a los aspirantes que hayan
superado la primera parte.
Para evaluar la segunda parte del ejercicio, los candidatos deberán leer ante el
tribunal íntegramente y sin modificación alguna, lo que hayan desarrollado por escrito en
la primera parte. Para asegurar este punto, el tribunal contará con una copia el ejercicio
para comprobar que no se altera la lectura con respecto al texto escrito. La evaluación se
ceñirá a los siguientes aspectos: identificación de problema planteado, el volumen y
exposición de los fundamentos teóricos en los que basa la persona candidata su
argumentación, la capacidad de análisis, el planteamiento de las acciones y de las
posibles soluciones a la situación planteada
La segunda parte del ejercicio tendrá una calificación de 0 a 25 puntos.
Para evaluar la tercera parte el ejercicio el tribunal tendrá en cuenta, además de la
lectura, las respuestas de los aspirantes a la preguntas y aclaraciones formuladas por el
tribunal. Se tendrá en cuenta la concreción, corrección y procedencia de las respuestas,
la claridad expositiva y la capacidad de expresión en español e inglés.
La tercera parte del ejercicio tendrá una calificación de 0 a 15 puntos.
Para superar la prueba práctica o de simulación (segunda y tercera parte) será
necesario obtener un mínimo de 20 puntos.
La calificación de los aspirantes se hará mediante deliberación conjunta de los
miembros de los correspondientes tribunales. La calificación correspondiente será la
media de las puntuaciones asignadas por cada uno de los miembros del tribunal.
La calificación final de esta fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones de las pruebas descritas.
En la fase de oposición, a las personas que superen la primera parte del ejercicio
(prueba de conocimiento) con una nota superior al 60 por ciento de la calificación
máxima prevista para la correspondiente prueba en el proceso selectivo, se les
conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre
y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que
se hubiera conservado la nota sean análogos o la persona aspirante se haya presentado
por el mismo área y especialidad.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección,
valoración y superación de aquella que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria
Fase de concurso.
Esta fase tiene por objeto la comprobación y calificación de los méritos alegados por
los aspirantes en su curriculum vitae, así como de las actividades en el ámbito científicotécnico, de innovación y tecnológico desarrolladas por los aspirantes, descritas en el
mismo.
La valoración de esos méritos y de las actividades desarrolladas, será efectuada por
el tribunal correspondiente en base a lo recogido en el currículo que deben aportar los
aspirantes en la solicitud. El tribunal requerirá a los aspirantes la documentación
acreditativa de los méritos y actividades recogidas en el citado currículo, concediéndose
para ello un plazo de diez días hábiles.
Valoración de méritos. La valoración de esos méritos y de las actividades
desarrolladas y recogidas en el curriculum vitae, será efectuada por el tribunal
correspondiente en base a la documentación acreditativa que deben aportar los/as
aspirantes. Esta fase, no será eliminatoria, y se calificará de 0 a 20 puntos.
cve: BOE-A-2023-4962
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B)