III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2023-4999)
Orden APA/156/2023, de 21 de febrero, sobre el pago específico al cultivo del algodón para la campaña 2023/2024 y siguientes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47

Viernes 24 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 28352

b) Tengan una densidad mínima de 100.000 plantas/ha en regadío y 90.000
plantas/ha en secano. Para las variedades híbridas interespecíficas la densidad mínima
será de 75.000 plantas/ha.
c) Y que la producción de algodón se desarrolle en condiciones normales de
cultivo, con variedades autorizadas, y efectivamente cosechadas. Se comprobará que la
producción cosechada reúna las condiciones de calidad sana, cabal y comercial.
Disposición final primera.

Título competencial.

Esta orden se dicta al amparo del artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuye
al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la
planificación general de la actividad económica.
Disposición final segunda.

Entrada en vigor y aplicación.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado», y surtirá efectos desde el 1 de enero de 2023.

cve: BOE-A-2023-4999
Verificable en https://www.boe.es

Madrid 21 de febrero de 2023.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis
Planas Puchades.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X