III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-4936)
Resolución de 20 de febrero de 2023, del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., relativo a la contratación precomercial de servicios de i+d, en el ámbito de los aceleradores lineales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46
Jueves 23 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 27664
puede adoptar múltiples formas, que van desde la contratación coordinada mediante la
preparación de especificaciones técnicas comunes para las obras, suministros o
servicios que vayan a ser contratados por una serie de poderes adjudicadores, siguiendo
cada uno de ellos un procedimiento de contratación independiente, hasta aquellas
situaciones en que los poderes adjudicadores interesados sigan conjuntamente un
procedimiento de contratación, bien mediante una actuación conjunta, bien confiando a
un poder adjudicador la gestión del procedimiento de contratación en nombre de todos
los poderes adjudicadores (Considerando 71 de la Directiva 2014/24/UE).
Cuarto.
Que el CDTI es una entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Ciencia e
Innovación, cuyas funciones se encuentran reguladas en el Real Decreto 1406/1986,
de 6 de junio, por el que se aprueba su Reglamento de actuación. Según el citado Real
Decreto, entre otras, son funciones del CDTI:
a) Identificar áreas tecnológicas prioritarias.
b) Promover la cooperación entre la industria y las Instituciones y Organismos de
investigación y desarrollo tecnológico.
c) Promocionar la explotación industrial de las tecnologías desarrolladas por
iniciativa del propio Centro o por otros Centros públicos y privados y apoyar la
fabricación de preseries y la comercialización de nuevos productos y procesos,
especialmente en mercados exteriores.
d) Encargar y adquirir prototipos de productos y plantas piloto.
e) Desarrollar un programa de gestión de apoyo a la innovación tecnológica.
Que, asimismo, de conformidad con lo establecido en la LCTI en el ámbito de la
Administración General del Estado, corresponderá al Ministerio de Ciencia e Innovación
y al CDTI el desarrollo de políticas, planes y estrategias en materia de compra pública de
innovación.
Quinto.
Que, en el desarrollo de sus funciones, con fecha 25 de abril de 2019, el Consejo de
Administración de CDTI ha acordado llevar a cabo una iniciativa para fomentar el
proceso de compra pública precomercial con el objeto de resolver necesidades públicas
susceptibles de ser satisfechas mediante la contratación de servicios de investigación y
desarrollo (I+D).
Que la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC),
NIF Q-2818002-D, con sede central en Madrid (CP 28006) y domicilio institucional en
calle de Serrano, 117, de conformidad con el artículo 47 de la LCTI, es un organismo
público de investigación (OPI) de la Administración General del Estado, actualmente
adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación a través de la Secretaría General de
Investigación.
En virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, por el
que se crea la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y se
aprueba su Estatuto, el objeto del CSIC es el fomento, la coordinación, el desarrollo y la
difusión de la investigación científica y tecnológica, de carácter multidisciplinar, con el fin
de contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así
como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en
estas materias (artículo 4).
cve: BOE-A-2023-4936
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.
Núm. 46
Jueves 23 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 27664
puede adoptar múltiples formas, que van desde la contratación coordinada mediante la
preparación de especificaciones técnicas comunes para las obras, suministros o
servicios que vayan a ser contratados por una serie de poderes adjudicadores, siguiendo
cada uno de ellos un procedimiento de contratación independiente, hasta aquellas
situaciones en que los poderes adjudicadores interesados sigan conjuntamente un
procedimiento de contratación, bien mediante una actuación conjunta, bien confiando a
un poder adjudicador la gestión del procedimiento de contratación en nombre de todos
los poderes adjudicadores (Considerando 71 de la Directiva 2014/24/UE).
Cuarto.
Que el CDTI es una entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Ciencia e
Innovación, cuyas funciones se encuentran reguladas en el Real Decreto 1406/1986,
de 6 de junio, por el que se aprueba su Reglamento de actuación. Según el citado Real
Decreto, entre otras, son funciones del CDTI:
a) Identificar áreas tecnológicas prioritarias.
b) Promover la cooperación entre la industria y las Instituciones y Organismos de
investigación y desarrollo tecnológico.
c) Promocionar la explotación industrial de las tecnologías desarrolladas por
iniciativa del propio Centro o por otros Centros públicos y privados y apoyar la
fabricación de preseries y la comercialización de nuevos productos y procesos,
especialmente en mercados exteriores.
d) Encargar y adquirir prototipos de productos y plantas piloto.
e) Desarrollar un programa de gestión de apoyo a la innovación tecnológica.
Que, asimismo, de conformidad con lo establecido en la LCTI en el ámbito de la
Administración General del Estado, corresponderá al Ministerio de Ciencia e Innovación
y al CDTI el desarrollo de políticas, planes y estrategias en materia de compra pública de
innovación.
Quinto.
Que, en el desarrollo de sus funciones, con fecha 25 de abril de 2019, el Consejo de
Administración de CDTI ha acordado llevar a cabo una iniciativa para fomentar el
proceso de compra pública precomercial con el objeto de resolver necesidades públicas
susceptibles de ser satisfechas mediante la contratación de servicios de investigación y
desarrollo (I+D).
Que la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC),
NIF Q-2818002-D, con sede central en Madrid (CP 28006) y domicilio institucional en
calle de Serrano, 117, de conformidad con el artículo 47 de la LCTI, es un organismo
público de investigación (OPI) de la Administración General del Estado, actualmente
adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación a través de la Secretaría General de
Investigación.
En virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, por el
que se crea la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y se
aprueba su Estatuto, el objeto del CSIC es el fomento, la coordinación, el desarrollo y la
difusión de la investigación científica y tecnológica, de carácter multidisciplinar, con el fin
de contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así
como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en
estas materias (artículo 4).
cve: BOE-A-2023-4936
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.