III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-4929)
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Abei Energy CSPV Three SL, la autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica PSFV Mudarra 1 de 50,1 MWp y las líneas subterráneas a 30 kV, en los términos municipales de Villalba de los Alcores y Medina de Rioseco (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 27629
Oficial del Estado» y el 19 de mayo de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Valladolid». Se recibieron alegaciones las cuales fueron contestadas por Abei Energy.
Entre dichas alegaciones se encuentra la presentada por Expansión Habitat, SLU, en
la que muestra su oposición al proyecto por afecciones con otro proyecto de su
titularidad, en tramitación ante el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía
de Valladolid (Expediente: F-49268, FV-2489). Se ha dado traslado a Abei Energy, que
manifiesta sus reparos al respecto. Por otro lado, muestra su intención de estudiar la
viabilidad de una modificación en el trazado de la línea en 66 kV durante la fase del
proyecto constructivo, así como su disponibilidad para encontrar una solución que
permita compatibilizar ambos proyectos. Posteriormente, tanto Expansión Habitat como
Abei Energy remiten escritos de alegaciones y solicitan la modificación del otro proyecto.
Se ha recibido una alegación de un particular en la que indica que es propietario de
unas parcelas afectadas por el trazado de la línea a 66 kV y que las mismas ya se han
comprometido para la instalación de otro parque solar. Se ha dado traslado a Abei
Energy que manifiesta sus reparos al respecto. Por otro lado, muestra su intención de
estudiar las sinergias de ambos proyectos para llegar a un acuerdo y poder
compatibilizarlos.
También se han recibido alegaciones presentadas por WPD Parque Eólico La Matilla,
SLU y WPD Parque Eólico Navabuena Sur, SLU, en las que se muestra la oposición al
proyecto por las afecciones que presenta el mismo en los parques eólicos La Matilla
(23,1 MW), Navabuena Sur (36 MW) y Mudarra Sur (3,3 MW), actualmente en
tramitación y que cuentan con declaración de impacto ambiental (Órdenes
FYM/221/2018 de 21 de febrero, FYM/51/2018, de 15 de enero y FYM/721/2018, de 18
de junio, respectivamente). Adicionalmente presentan informes con el condicionado
técnico que debería ser cumplido para evitar dichas afecciones. Se ha dado traslado a
Abei Energy, que manifiesta que ha solicitado información acerca del estado de
tramitación de los expedientes de los citados parques eólicos. Por otro lado, y en función
de la respuesta recibida al citado estado de tramitación, se estudiará la viabilidad del
condicionado técnico para su incorporación en el proyecto constructivo de la planta
fotovoltaica del presente expediente. Posteriormente, Abei Energy presentó escrito de
respuesta al requerimiento remitido por la Subdirección General de Energía Eléctrica, y
donde confirma la existencia de un solapamiento entre las instalaciones Mudarra 1 y el
parque eólico Navabuena Sur (expediente autonómico RI-48625). En dicho escrito se
indica que, para evitar dichas afecciones, se reducirá el área de la poligonal de la planta
fotovoltaica en 27.699 metros cuadrados, a fin de que la planta se encuentre fuera del
ámbito de vuelo de la pala del aerogenerador, a más de 25 metros del borde de vuelo y
de la plataforma de montaje del mismo.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Carreteras e
Infraestructuras de la Junta de Castilla y León, de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes
(Grupo Iberdrola), del Ayuntamiento de Valladolid y de la Dirección General de
Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León, en las que no se muestra oposición a
la autorización de la instalación. Se ha dado traslado a Abei Energy de dichas
contestaciones, expresando su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, SAU, en adelante, REE, en
la que emite informe con un condicionado relativo a la afección de la planta solar con la
línea aérea a 220 kV Mudarra-Valladolid Nuevo. Se ha dado traslado a Abei Energy que
manifiesta su conformidad con la misma y aporta separatas sobre dicha afección. En un
segundo informe, REE muestra su conformidad tras comprobar que se cumplen con las
distancias mínimas.
Se ha recibido contestación de la Confederación Hidrográfica del Duero, en la que se
establece un condicionado técnico a cumplir y la necesidad de solicitar las oportunas
autorizaciones. Por otro lado, destaca de los impactos sobre el dominio público hidráulico
dada la proliferación de plantas fotovoltaicas. Respecto a las consideraciones en materia
de medio ambiente, han sido objeto del trámite de evaluación de impacto ambiental
ordinaria del proyecto del cual resulte la declaración de impacto ambiental y las
cve: BOE-A-2023-4929
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 46
Jueves 23 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 27629
Oficial del Estado» y el 19 de mayo de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Valladolid». Se recibieron alegaciones las cuales fueron contestadas por Abei Energy.
Entre dichas alegaciones se encuentra la presentada por Expansión Habitat, SLU, en
la que muestra su oposición al proyecto por afecciones con otro proyecto de su
titularidad, en tramitación ante el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía
de Valladolid (Expediente: F-49268, FV-2489). Se ha dado traslado a Abei Energy, que
manifiesta sus reparos al respecto. Por otro lado, muestra su intención de estudiar la
viabilidad de una modificación en el trazado de la línea en 66 kV durante la fase del
proyecto constructivo, así como su disponibilidad para encontrar una solución que
permita compatibilizar ambos proyectos. Posteriormente, tanto Expansión Habitat como
Abei Energy remiten escritos de alegaciones y solicitan la modificación del otro proyecto.
Se ha recibido una alegación de un particular en la que indica que es propietario de
unas parcelas afectadas por el trazado de la línea a 66 kV y que las mismas ya se han
comprometido para la instalación de otro parque solar. Se ha dado traslado a Abei
Energy que manifiesta sus reparos al respecto. Por otro lado, muestra su intención de
estudiar las sinergias de ambos proyectos para llegar a un acuerdo y poder
compatibilizarlos.
También se han recibido alegaciones presentadas por WPD Parque Eólico La Matilla,
SLU y WPD Parque Eólico Navabuena Sur, SLU, en las que se muestra la oposición al
proyecto por las afecciones que presenta el mismo en los parques eólicos La Matilla
(23,1 MW), Navabuena Sur (36 MW) y Mudarra Sur (3,3 MW), actualmente en
tramitación y que cuentan con declaración de impacto ambiental (Órdenes
FYM/221/2018 de 21 de febrero, FYM/51/2018, de 15 de enero y FYM/721/2018, de 18
de junio, respectivamente). Adicionalmente presentan informes con el condicionado
técnico que debería ser cumplido para evitar dichas afecciones. Se ha dado traslado a
Abei Energy, que manifiesta que ha solicitado información acerca del estado de
tramitación de los expedientes de los citados parques eólicos. Por otro lado, y en función
de la respuesta recibida al citado estado de tramitación, se estudiará la viabilidad del
condicionado técnico para su incorporación en el proyecto constructivo de la planta
fotovoltaica del presente expediente. Posteriormente, Abei Energy presentó escrito de
respuesta al requerimiento remitido por la Subdirección General de Energía Eléctrica, y
donde confirma la existencia de un solapamiento entre las instalaciones Mudarra 1 y el
parque eólico Navabuena Sur (expediente autonómico RI-48625). En dicho escrito se
indica que, para evitar dichas afecciones, se reducirá el área de la poligonal de la planta
fotovoltaica en 27.699 metros cuadrados, a fin de que la planta se encuentre fuera del
ámbito de vuelo de la pala del aerogenerador, a más de 25 metros del borde de vuelo y
de la plataforma de montaje del mismo.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Carreteras e
Infraestructuras de la Junta de Castilla y León, de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes
(Grupo Iberdrola), del Ayuntamiento de Valladolid y de la Dirección General de
Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León, en las que no se muestra oposición a
la autorización de la instalación. Se ha dado traslado a Abei Energy de dichas
contestaciones, expresando su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, SAU, en adelante, REE, en
la que emite informe con un condicionado relativo a la afección de la planta solar con la
línea aérea a 220 kV Mudarra-Valladolid Nuevo. Se ha dado traslado a Abei Energy que
manifiesta su conformidad con la misma y aporta separatas sobre dicha afección. En un
segundo informe, REE muestra su conformidad tras comprobar que se cumplen con las
distancias mínimas.
Se ha recibido contestación de la Confederación Hidrográfica del Duero, en la que se
establece un condicionado técnico a cumplir y la necesidad de solicitar las oportunas
autorizaciones. Por otro lado, destaca de los impactos sobre el dominio público hidráulico
dada la proliferación de plantas fotovoltaicas. Respecto a las consideraciones en materia
de medio ambiente, han sido objeto del trámite de evaluación de impacto ambiental
ordinaria del proyecto del cual resulte la declaración de impacto ambiental y las
cve: BOE-A-2023-4929
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Núm. 46