III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-4929)
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Abei Energy CSPV Three SL, la autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica PSFV Mudarra 1 de 50,1 MWp y las líneas subterráneas a 30 kV, en los términos municipales de Villalba de los Alcores y Medina de Rioseco (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46
Jueves 23 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 27628
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Abei Energy CSPV Three SL, la
autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica PSFV
Mudarra 1 de 50,1 MWp y las líneas subterráneas a 30 kV, en los términos
municipales de Villalba de los Alcores y Medina de Rioseco (Valladolid).
Abei Energy CSPV Three, SL, en adelante Abei Energy, con fecha 23 de enero
de 2020, subsanado en fechas 15 de octubre de 2020 y 2 de diciembre de 2020, solicitó
autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Mudarra 1 de 50,1
MWp, línea subterránea de evacuación en 30 kV, subestación transformadora «SET
Abei 66/30 kV», línea eléctrica subterránea a 66 kV «SET Abei-SET Oliva» e
infraestructura común de evacuación que incluye una subestación «SET Oliva 66/400
kV» y una línea subterránea de evacuación en 400 kV hasta SET Mudarra 400 REE.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 13 de diciembre
de 2020, dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta relativa a los
expedientes de autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Mudarra 1,
de 50,1 MWp y Mudarra 2, de 74 MWp, así como de las infraestructuras de evacuación
asociadas.
En dicho acuerdo se ponía de manifiesto que resultaba razonable acordar la
tramitación conjunta y acumulada de estos expedientes hasta el momento de la
resolución de cada una de las solicitudes presentadas.
El 30 de diciembre de 2020, entró en vigor el Real Decreto 1183/2020, de 29 de
diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía
eléctrica donde, en su disposición final tercera modifica Real Decreto 413/2014, de 6 de
junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de
fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos para introducir el concepto y el
cálculo de potencia instalada. En su disposición transitoria quinta, apartado segundo,
relativa a expedientes de instalaciones eléctricas en tramitación en el momento de su
entrada en vigor, establece una excepción para aquellos proyectos en tramitación
siempre que se cumpla lo establecido en el citado apartado. Teniendo en consideración
que a la entrada en vigor del citado Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, PSFV
Mudarra 1 es un expediente de una instalación eléctrica en tramitación, es de aplicación
lo dispuesto en su disposición transitoria quinta apartado segundo, siempre que se
cumplan lo establecido en el citado apartado.
El expediente acumulado fue incoado en el Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Valladolid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en
el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 13 de mayo de 2021 en el «Boletín
cve: BOE-A-2023-4929
Verificable en https://www.boe.es
4929
Núm. 46
Jueves 23 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 27628
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Abei Energy CSPV Three SL, la
autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica PSFV
Mudarra 1 de 50,1 MWp y las líneas subterráneas a 30 kV, en los términos
municipales de Villalba de los Alcores y Medina de Rioseco (Valladolid).
Abei Energy CSPV Three, SL, en adelante Abei Energy, con fecha 23 de enero
de 2020, subsanado en fechas 15 de octubre de 2020 y 2 de diciembre de 2020, solicitó
autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Mudarra 1 de 50,1
MWp, línea subterránea de evacuación en 30 kV, subestación transformadora «SET
Abei 66/30 kV», línea eléctrica subterránea a 66 kV «SET Abei-SET Oliva» e
infraestructura común de evacuación que incluye una subestación «SET Oliva 66/400
kV» y una línea subterránea de evacuación en 400 kV hasta SET Mudarra 400 REE.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 13 de diciembre
de 2020, dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta relativa a los
expedientes de autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Mudarra 1,
de 50,1 MWp y Mudarra 2, de 74 MWp, así como de las infraestructuras de evacuación
asociadas.
En dicho acuerdo se ponía de manifiesto que resultaba razonable acordar la
tramitación conjunta y acumulada de estos expedientes hasta el momento de la
resolución de cada una de las solicitudes presentadas.
El 30 de diciembre de 2020, entró en vigor el Real Decreto 1183/2020, de 29 de
diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía
eléctrica donde, en su disposición final tercera modifica Real Decreto 413/2014, de 6 de
junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de
fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos para introducir el concepto y el
cálculo de potencia instalada. En su disposición transitoria quinta, apartado segundo,
relativa a expedientes de instalaciones eléctricas en tramitación en el momento de su
entrada en vigor, establece una excepción para aquellos proyectos en tramitación
siempre que se cumpla lo establecido en el citado apartado. Teniendo en consideración
que a la entrada en vigor del citado Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, PSFV
Mudarra 1 es un expediente de una instalación eléctrica en tramitación, es de aplicación
lo dispuesto en su disposición transitoria quinta apartado segundo, siempre que se
cumplan lo establecido en el citado apartado.
El expediente acumulado fue incoado en el Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Valladolid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en
el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 13 de mayo de 2021 en el «Boletín
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