I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Formación militar. (BOE-A-2023-4811)
Orden DEF/151/2023, de 31 de enero, por la que se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración o la adscripción a la Escala de Oficiales y a la Escala Técnica de Oficiales del Cuerpo de Ingenieros de la Armada.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46
Jueves 23 de febrero de 2023
Disposición transitoria única.
Sec. I. Pág. 27376
Extinción de los planes de estudios.
Una vez que entren en vigor los nuevos currículos, los planes de estudios anteriores
se extinguirán curso por curso académico y coexistirán en el caso del alumnado, que
habiéndolo cursado, tuviese que repetir curso.
Disposición derogatoria única.
Derogación normativa.
1. Queda derogada la Orden DEF/2725/2015, de 18 de noviembre, por la que se
aprueba los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la incorporación al
Cuerpo de Ingenieros de la Armada.
2. Asimismo, queda derogada cualquier otra disposición de igual o inferior rango en
todo aquello en lo que se opongan a lo dispuesto en esta orden ministerial.
Disposición final primera. Modificación de la Orden DEF/713/2022, de 18 de julio, por la
que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación para el acceso a la escala
de tropa del Cuerpo General del Ejército del Aire y del Espacio.
El apartado 3.3 del currículo de la enseñanza de formación para el acceso a la
escala de tropa del Cuerpo General del Ejército del Aire y del Espacio, aprobado por la
Orden DEF/713/2022, de 18 de julio, queda modificado en el sentido siguiente:
«3.3
Fase de formación específica y de especialidad fundamental.
Tendrá una duración de dieciocho (18) semanas y una carga lectiva de 580
horas y contendrá módulos comunes y específicos para cada una de las
especialidades fundamentales.
La finalidad de la fase de formación específica y de especialidad fundamental
será la de ampliar los conocimientos adquiridos en la fase anterior, para poder
desempeñar los cometidos específicos de la especialidad fundamental a adquirir.»
Disposición final segunda.
Entrada en vigor.
1. La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Los currículos que se aprueban en esta orden ministerial, se implantarán a partir
del curso 2023-2024.
Madrid, 31 de enero de 2023.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández
CURRÍCULO DE LA ENSEÑANZA DE FORMACIÓN DE OFICIALES
PARA LA INTEGRACIÓN EN LA ESCALA DE OFICIALES Y EN LA ESCALA
TÉCNICA DE OFICIALES DEL CUERPO DE INGENIEROS DE LA ARMADA
Artículo 1. Perfiles profesionales a alcanzar en el primer empleo.
a) Perfil de oficial de las Fuerzas Armadas, particularizado para la Armada y común
para ambas escalas, que aglutina las competencias denominadas genéricas, cuya
orientación es garantizar que el futuro oficial es un militar adaptado al medio naval con
una adecuada capacidad de liderazgo, mando, disciplina, decisión, trabajo en equipo y
compromiso ético para el ejercicio de la profesión militar.
b) Perfiles específicos del cuerpo, que son la suma de las competencias
específicas que habilitan al futuro oficial para desempeñar los cometidos asociados a su
primer empleo en las unidades de la Armada en relación al asesoramiento, aplicación,
cve: BOE-A-2023-4811
Verificable en https://www.boe.es
Los perfiles a alcanzar, entendidos como un conjunto de competencias relacionadas,
es decir, conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores, se clasifican en dos
principales:
Núm. 46
Jueves 23 de febrero de 2023
Disposición transitoria única.
Sec. I. Pág. 27376
Extinción de los planes de estudios.
Una vez que entren en vigor los nuevos currículos, los planes de estudios anteriores
se extinguirán curso por curso académico y coexistirán en el caso del alumnado, que
habiéndolo cursado, tuviese que repetir curso.
Disposición derogatoria única.
Derogación normativa.
1. Queda derogada la Orden DEF/2725/2015, de 18 de noviembre, por la que se
aprueba los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la incorporación al
Cuerpo de Ingenieros de la Armada.
2. Asimismo, queda derogada cualquier otra disposición de igual o inferior rango en
todo aquello en lo que se opongan a lo dispuesto en esta orden ministerial.
Disposición final primera. Modificación de la Orden DEF/713/2022, de 18 de julio, por la
que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación para el acceso a la escala
de tropa del Cuerpo General del Ejército del Aire y del Espacio.
El apartado 3.3 del currículo de la enseñanza de formación para el acceso a la
escala de tropa del Cuerpo General del Ejército del Aire y del Espacio, aprobado por la
Orden DEF/713/2022, de 18 de julio, queda modificado en el sentido siguiente:
«3.3
Fase de formación específica y de especialidad fundamental.
Tendrá una duración de dieciocho (18) semanas y una carga lectiva de 580
horas y contendrá módulos comunes y específicos para cada una de las
especialidades fundamentales.
La finalidad de la fase de formación específica y de especialidad fundamental
será la de ampliar los conocimientos adquiridos en la fase anterior, para poder
desempeñar los cometidos específicos de la especialidad fundamental a adquirir.»
Disposición final segunda.
Entrada en vigor.
1. La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Los currículos que se aprueban en esta orden ministerial, se implantarán a partir
del curso 2023-2024.
Madrid, 31 de enero de 2023.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández
CURRÍCULO DE LA ENSEÑANZA DE FORMACIÓN DE OFICIALES
PARA LA INTEGRACIÓN EN LA ESCALA DE OFICIALES Y EN LA ESCALA
TÉCNICA DE OFICIALES DEL CUERPO DE INGENIEROS DE LA ARMADA
Artículo 1. Perfiles profesionales a alcanzar en el primer empleo.
a) Perfil de oficial de las Fuerzas Armadas, particularizado para la Armada y común
para ambas escalas, que aglutina las competencias denominadas genéricas, cuya
orientación es garantizar que el futuro oficial es un militar adaptado al medio naval con
una adecuada capacidad de liderazgo, mando, disciplina, decisión, trabajo en equipo y
compromiso ético para el ejercicio de la profesión militar.
b) Perfiles específicos del cuerpo, que son la suma de las competencias
específicas que habilitan al futuro oficial para desempeñar los cometidos asociados a su
primer empleo en las unidades de la Armada en relación al asesoramiento, aplicación,
cve: BOE-A-2023-4811
Verificable en https://www.boe.es
Los perfiles a alcanzar, entendidos como un conjunto de competencias relacionadas,
es decir, conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores, se clasifican en dos
principales: