V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. (BOE-B-2023-5468)
Extracto de la Resolución de 21 de febrero de 2023 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial y la Innovación E.P.E. (CDTI), por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC)
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de febrero de 2023

Sec. V-B. Pág. 8403

registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud. Asimismo,
deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de depósito de
cuentas anuales, al menos hasta el ejercicio 2021, en el registro oficial
correspondiente (Registro Mercantil, de cooperativas o el que proceda) a la fecha
de presentación de la solicitud de ayuda.
Tercero. - Financiación.
El presupuesto máximo de esta convocatoria es de 40.000.000 de euros, de
los que 35.000.000 euros se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria
28.50.46QE.74913 de los Presupuestos Generales del Estado de 2023 y
5.000.000 euros con cargo al patrimonio del CDTI. Dentro del presupuesto
disponible, se reservará un importe mínimo de 5.000.000 euros para empresas
lideradas por mujeres, en los términos establecidos el Anexo IV de esta
convocatoria, siempre que no hayan obtenido financiación con cargo al
presupuesto restante, que se adjudicará a las solicitudes con mayor valoración, por
orden de prelación. El crédito reservado para empresas lideradas por mujeres que
no se agote se acumulará a la línea general. Estas partidas presupuestarias
recogen las actuaciones e inversiones contempladas en el Plan Nacional de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el Reglamento
(UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece
un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación
tras la crisis de la COVID-19, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se
establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Dicha financiación queda
legalmente vinculada a la realización de las actuaciones subvencionadas, medidas
integradas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
Cuarto. -Características de la ayuda.
Las ayudas de esta convocatoria consistirán en subvenciones. Con carácter
general, se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación,
con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario.
En las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor,
en los términos previstos en la convocatoria, se podrá financiar hasta el 85% del
presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de
325.000 euros por beneficiario.
Adicionalmente, la cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000
euros en las actuaciones que hayan solicitado la formación prevista en la
convocatoria y cumplan todos los requisitos indicados en la misma al respecto.
La actuación deberá tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000
euros, sin contar los gastos de formación previstos en la convocatoria.
Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales. En todo
caso, las actuaciones subvencionables deberán iniciarse en 2023, y podrán
finalizar el 31 de diciembre de 2024, en el caso de que el proyecto tenga una
duración de un año, o bien el 31 de diciembre de 2024, solicitando en todo caso
ayuda para el año 2023.
En ningún caso podrán ser susceptibles de ayudas aquellas actuaciones que
directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente, de

cve: BOE-B-2023-5468
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Núm. 46