III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Sistema de acogida de protección internacional. (BOE-A-2023-4808)
Resolución de 8 de febrero de 2023, de la Dirección General de Atención Humanitaria e Inclusión Social de la Inmigración, por la que se modifica la de 14 de noviembre de 2022, por la que se establece la planificación de prestaciones, actuaciones y servicios que deben atenderse dentro del programa de atención humanitaria mediante acción concertada para los ejercicios 2023-2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Miércoles 22 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 27361

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
4808

Resolución de 8 de febrero de 2023, de la Dirección General de Atención
Humanitaria e Inclusión Social de la Inmigración, por la que se modifica la de
14 de noviembre de 2022, por la que se establece la planificación de
prestaciones, actuaciones y servicios que deben atenderse dentro del
programa de atención humanitaria mediante acción concertada para los
ejercicios 2023-2026.
Antecedentes de hecho

Primero.
Con fecha 14 de noviembre de 2022 se aprueba por la DGAHISI la Resolución de
planificación que establece las prestaciones, actuaciones y servicios incluidos en el
programa de atención humanitaria, siendo este el órgano competente para planificar y
seleccionar las actuaciones a atender mediante acción concertada para la gestión de
dicho programa en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, según la
disposición adicional única de la Orden ISM/680/2022, de 19 de julio, por la que se
desarrolla la gestión del sistema de acogida de protección internacional mediante acción
concertada.
La disponibilidad de plazas en el programa de atención humanitaria debe estar
supeditada a las necesidades reales, que según los datos históricos de llegadas a costas
y de beneficiarios finales de acogida en el programa AH son bastante variables. Además,
deben permitir una rápida reacción que permita la acogida de grandes contingentes de
personas, sobre todo en dispositivos de acogida de emergencia, que suponen la primera
estancia de las personas llegadas a costas.

Se ha constatado que la planificación de plazas inicial es insuficiente para mantener
un determinado número mínimo de plazas disponibles en los recursos de emergencia
situados en las Islas Canarias que asegure la atención inmediata de una llegada masiva
de personas migrantes a costas. Con fecha 31 de marzo de 2023 se prevé proceder al
cierre de 500 plazas de acogida de emergencia situadas en los campamentos de la isla
de Tenerife en La Laguna (plazas situadas en los centros de titularidad pública de Las
Canteras y Las Raíces); sin embargo, se propone mantener abiertas estas 500 plazas
durante el resto del año e incluso proponer la apertura a partir de 1 de marzo de
otras 500 plazas más en estas localizaciones, ya que se prevé iniciar obras de reforma
en los centros de acogida de titularidad pública. Al llevarse a cabo estas obras de forma
escalonada, debe permitirse el mantenimiento constante de una cierta estructura en
centros de emergencia que permita en cada momento dar acogida a grandes llegadas de
personas a costas canarias, que pueden producir desbordamiento de este tipo de
dispositivos.
También es preciso mantener un nivel mínimo de plazas de emergencia abiertas en
la isla de Gran Canaria, que permita a su vez prestar atención a grandes contingentes de
beneficiarios llegados a las costas de las islas orientales, evitando que se exceda la
capacidad de acogida inmediata en los recursos de primera atención situados en las
islas de Lanzarote (Montaña Mina, con 120 plazas) y de Fuerteventura (CAED de El
Matorral, con 300 plazas). Para ello, se hace preciso mantener un número mínimo

cve: BOE-A-2023-4808
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.