III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2023-4776)
Resolución 420/38068/2023, de 16 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Castilla-La Mancha, para la realización de prácticas académicas tuteladas en unidades, centros y organismos del Ejército del Aire y del Espacio, y realización de estudios de grado y posgrado de personal del Ejército del Aire y del Espacio en las titulaciones relacionadas con la Ingeniería Aeroespacial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 27118
e) A petición de la UCLM, autorizar la realización de visitas a instalaciones militares
pertenecientes al Ejército del Aire y del Espacio, que se consideren necesarias para el
desarrollo de los estudios de posgrado.
3. Corresponderá a la UCLM en lo relativo a las actividades encuadradas para la
realización de prácticas tuteladas:
a) Dar difusión a la oferta de prácticas propuesta por el MINISDEF.
b) Llevar a cabo los trámites pertinentes para la conformación de los acuerdos
individuales.
c) Elaborar el proyecto formativo de las prácticas en diferentes modalidades, en
coordinación con el MINISDEF, a realizar por los estudiantes, que deberá fijar los
objetivos educativos y las actividades a desarrollar. Asimismo, los contenidos de la
práctica se definirán de forma que aseguren la relación directa de las competencias a
adquirir con los estudios cursados.
4. En relación con la realización de estudios de posgrado, relacionados con el
grado de Ingeniería Industrial y Aeroespacial, el grado de Ingeniería Informática y el
grado de Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación, por parte del personal del
Ejército del Aire y del Espacio, la UCLM se compromete a:
a) Instrumentar las acciones necesarias para facilitar y reservar dos plazas, sin
coste económico para el personal del Ejército del Aire y del Espacio, para alguno de los
estudios de posgrado de Ingeniería Industrial y Aeroespacial, de Ingeniería Informática o
de Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación de la UCLM, en régimen de libre
concurrencia y cubiertas por los seguros que corresponden a los alumnos que cursan
estudios en la Universidad.
b) Nombrar un tutor académico de apoyo al estudiante. Por otra parte, el estudiante
será objeto de un seguimiento de aprovechamiento por parte de la Universidad y de sus
mandos superiores en el Ejército del Aire y del Espacio.
c) Posibilitar la asistencia de personal del MINISDEF a seminarios, cursos y
conferencias en las áreas de interés que se definan.
d) Instrumentar colaboraciones profesionales.
e) En todo momento el estudiante estará sometido a los mismos criterios
disciplinarios, académicos y de evaluación que el resto de alumnos del programa de
posgrado, sin perjuicio de que puedan establecerse excepciones o adaptaciones en
virtud de su condición de personal del Ejército del Aire y del Espacio, con la aprobación
de la jefatura de estudios correspondiente.
5. Ambas partes acuerdan desarrollar programas de intercambio académico,
técnico, científico y cultural, que comprenderá:
a) Desarrollo de proyectos de investigaciones conjuntos.
b) Estudios de posgrado o investigaciones.
c) Intercambio de profesores, investigadores y estudiantes.
d) Oferta de prácticas curriculares y extracurriculares para aquellas titulaciones que
se ajusten a los objetivos del presente convenio.
e) Intercambio de información, sin clasificación de seguridad, relativa a su
organización, estructura y funcionamiento con el fin de fomentar el conocimiento mutuo.
f) Impartición de cursos, seminarios, simposios, etc., en los que participen
profesores y miembros de las dos instituciones.
g) Intercambio de material bibliográfico, ediciones, etc., sin clasificación de
seguridad, así como su adecuada difusión a través de los canales que tengan
establecidos.
cve: BOE-A-2023-4776
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 45
Miércoles 22 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 27118
e) A petición de la UCLM, autorizar la realización de visitas a instalaciones militares
pertenecientes al Ejército del Aire y del Espacio, que se consideren necesarias para el
desarrollo de los estudios de posgrado.
3. Corresponderá a la UCLM en lo relativo a las actividades encuadradas para la
realización de prácticas tuteladas:
a) Dar difusión a la oferta de prácticas propuesta por el MINISDEF.
b) Llevar a cabo los trámites pertinentes para la conformación de los acuerdos
individuales.
c) Elaborar el proyecto formativo de las prácticas en diferentes modalidades, en
coordinación con el MINISDEF, a realizar por los estudiantes, que deberá fijar los
objetivos educativos y las actividades a desarrollar. Asimismo, los contenidos de la
práctica se definirán de forma que aseguren la relación directa de las competencias a
adquirir con los estudios cursados.
4. En relación con la realización de estudios de posgrado, relacionados con el
grado de Ingeniería Industrial y Aeroespacial, el grado de Ingeniería Informática y el
grado de Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación, por parte del personal del
Ejército del Aire y del Espacio, la UCLM se compromete a:
a) Instrumentar las acciones necesarias para facilitar y reservar dos plazas, sin
coste económico para el personal del Ejército del Aire y del Espacio, para alguno de los
estudios de posgrado de Ingeniería Industrial y Aeroespacial, de Ingeniería Informática o
de Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación de la UCLM, en régimen de libre
concurrencia y cubiertas por los seguros que corresponden a los alumnos que cursan
estudios en la Universidad.
b) Nombrar un tutor académico de apoyo al estudiante. Por otra parte, el estudiante
será objeto de un seguimiento de aprovechamiento por parte de la Universidad y de sus
mandos superiores en el Ejército del Aire y del Espacio.
c) Posibilitar la asistencia de personal del MINISDEF a seminarios, cursos y
conferencias en las áreas de interés que se definan.
d) Instrumentar colaboraciones profesionales.
e) En todo momento el estudiante estará sometido a los mismos criterios
disciplinarios, académicos y de evaluación que el resto de alumnos del programa de
posgrado, sin perjuicio de que puedan establecerse excepciones o adaptaciones en
virtud de su condición de personal del Ejército del Aire y del Espacio, con la aprobación
de la jefatura de estudios correspondiente.
5. Ambas partes acuerdan desarrollar programas de intercambio académico,
técnico, científico y cultural, que comprenderá:
a) Desarrollo de proyectos de investigaciones conjuntos.
b) Estudios de posgrado o investigaciones.
c) Intercambio de profesores, investigadores y estudiantes.
d) Oferta de prácticas curriculares y extracurriculares para aquellas titulaciones que
se ajusten a los objetivos del presente convenio.
e) Intercambio de información, sin clasificación de seguridad, relativa a su
organización, estructura y funcionamiento con el fin de fomentar el conocimiento mutuo.
f) Impartición de cursos, seminarios, simposios, etc., en los que participen
profesores y miembros de las dos instituciones.
g) Intercambio de material bibliográfico, ediciones, etc., sin clasificación de
seguridad, así como su adecuada difusión a través de los canales que tengan
establecidos.
cve: BOE-A-2023-4776
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 45