III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-4783)
Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Secretaría General de Fondos Europeos, por la que se publica el Convenio con el Instituto de Estudios Fiscales, O.A., para el desarrollo de actuaciones formativas en materia de ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45
Miércoles 22 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 27143
c) Facilitar el uso de sus medios técnicos tales como plataforma virtual, medios
electrónicos y audiovisuales y demás que sean necesarios para el correcto
funcionamiento de las actividades programadas.
d) Realizar la tramitación y el pago de los gastos originados por la ejecución de las
actuaciones que se vayan a llevar a cabo.
Tercera. Resultados y evaluación.
Además de las obligaciones propias derivadas del cumplimiento del PRTR conforme
con la normativa vigente a los efectos del sistema de información gestión y seguimiento
del PRTR, el IEF elaborará y presentará a la SGFE, en todo caso antes del 30 de junio,
un informe de seguimiento de la formación desarrollada, en el que evaluará la formación
impartida en ese periodo. También elaborará, a la finalización del convenio un informe
final.
Cuarta.
Compromisos económicos.
Los gastos derivados de la ejecución de las actuaciones contenidas en este convenio
serán a cargo de la Secretaría General de Fondos Europeos, por un importe máximo
de 110.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.50.72.93KE.290, de los
Presupuestos Generales para 2023, de la forma que se indica en los siguientes párrafos.
Dicha cantidad se abonará al IEF, mediante la correspondiente transferencia
bancaria que la Secretaría General de Fondos Europeos efectuará en la cuenta corriente
que el IEF designe al efecto.
El importe presupuestado podrá ser abonado en dos pagos diferenciados. En primer
lugar, podrá realizarse un pago a la entrega del informe de seguimiento, que deberá
presentarse con anterioridad al 30 de junio de 2023. El segundo pago se ejecutará en
todo caso una vez entregado el informe final, que deberá presentarse antes del 15 de
diciembre de 2023.
Quinta. Seguimiento y control.
Se constituirá una Comisión Mixta de seguimiento del presente convenio, de carácter
paritario, presidida por un funcionario de la Secretaría General de Fondos Europeos y
con representantes de la Secretaría General de Fondos Europeos y el IEF. Esta
Comisión será la encargada de efectuar el seguimiento, la vigilancia y el control de la
ejecución del convenio, y de los compromisos adquiridos.
La Comisión Mixta estará compuesta al menos por los siguientes representantes de
cada una de las partes:
Esta comisión se reunirá al menos una vez antes del 30 de junio de 2023, y analizará
y validará, entre otros, el informe de seguimiento contenido en la cláusula tercera y
solucionará los conflictos que pudieran surgir en la interpretación de las dudas y
controversias, así como de cumplimiento, que se planteen en el desarrollo del presente
convenio.
Además de analizar el informe de seguimiento, se realizará una última reunión de
análisis y validación del informe final que emitirá el IEF, en aras a realizar
adecuadamente un seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los
compromisos de los firmantes. El informe final será presentado en todo caso con
anterioridad al 15 de diciembre de 2023. De cada reunión se levantará acta.
Además, la Comisión Mixta de Seguimiento decidirá por unanimidad las
consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos
cve: BOE-A-2023-4783
Verificable en https://www.boe.es
– Por parte de la SGFE, el Director de Gabinete de la Secretaría General o persona
en quien delegue.
– Por parte del IEF, el Director de la Escuela de Hacienda Pública o la persona en
quien delegue.
Núm. 45
Miércoles 22 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 27143
c) Facilitar el uso de sus medios técnicos tales como plataforma virtual, medios
electrónicos y audiovisuales y demás que sean necesarios para el correcto
funcionamiento de las actividades programadas.
d) Realizar la tramitación y el pago de los gastos originados por la ejecución de las
actuaciones que se vayan a llevar a cabo.
Tercera. Resultados y evaluación.
Además de las obligaciones propias derivadas del cumplimiento del PRTR conforme
con la normativa vigente a los efectos del sistema de información gestión y seguimiento
del PRTR, el IEF elaborará y presentará a la SGFE, en todo caso antes del 30 de junio,
un informe de seguimiento de la formación desarrollada, en el que evaluará la formación
impartida en ese periodo. También elaborará, a la finalización del convenio un informe
final.
Cuarta.
Compromisos económicos.
Los gastos derivados de la ejecución de las actuaciones contenidas en este convenio
serán a cargo de la Secretaría General de Fondos Europeos, por un importe máximo
de 110.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.50.72.93KE.290, de los
Presupuestos Generales para 2023, de la forma que se indica en los siguientes párrafos.
Dicha cantidad se abonará al IEF, mediante la correspondiente transferencia
bancaria que la Secretaría General de Fondos Europeos efectuará en la cuenta corriente
que el IEF designe al efecto.
El importe presupuestado podrá ser abonado en dos pagos diferenciados. En primer
lugar, podrá realizarse un pago a la entrega del informe de seguimiento, que deberá
presentarse con anterioridad al 30 de junio de 2023. El segundo pago se ejecutará en
todo caso una vez entregado el informe final, que deberá presentarse antes del 15 de
diciembre de 2023.
Quinta. Seguimiento y control.
Se constituirá una Comisión Mixta de seguimiento del presente convenio, de carácter
paritario, presidida por un funcionario de la Secretaría General de Fondos Europeos y
con representantes de la Secretaría General de Fondos Europeos y el IEF. Esta
Comisión será la encargada de efectuar el seguimiento, la vigilancia y el control de la
ejecución del convenio, y de los compromisos adquiridos.
La Comisión Mixta estará compuesta al menos por los siguientes representantes de
cada una de las partes:
Esta comisión se reunirá al menos una vez antes del 30 de junio de 2023, y analizará
y validará, entre otros, el informe de seguimiento contenido en la cláusula tercera y
solucionará los conflictos que pudieran surgir en la interpretación de las dudas y
controversias, así como de cumplimiento, que se planteen en el desarrollo del presente
convenio.
Además de analizar el informe de seguimiento, se realizará una última reunión de
análisis y validación del informe final que emitirá el IEF, en aras a realizar
adecuadamente un seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los
compromisos de los firmantes. El informe final será presentado en todo caso con
anterioridad al 15 de diciembre de 2023. De cada reunión se levantará acta.
Además, la Comisión Mixta de Seguimiento decidirá por unanimidad las
consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos
cve: BOE-A-2023-4783
Verificable en https://www.boe.es
– Por parte de la SGFE, el Director de Gabinete de la Secretaría General o persona
en quien delegue.
– Por parte del IEF, el Director de la Escuela de Hacienda Pública o la persona en
quien delegue.