III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-4791)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del III Convenio colectivo de Supersol Spain, SLU, Cashdiplo, SLU, y Superdistribución Ceuta, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Miércoles 22 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 27195

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
4791

Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del III Convenio
colectivo de Supersol Spain, SLU, Cashdiplo, SLU, y Superdistribución
Ceuta, SLU.

Visto el texto del acuerdo de modificación del artículo 9.bis del III Convenio colectivo
de las empresas Supersol Spain, S.L.U., Cashdiplo, S.L.U. y Superdistribución Ceuta,
S.L.U. (Código de convenio n.º: 90100103012013), publicado en el BOE de 19 de febrero
de 2019 –modificado BOE 23 de noviembre de 2021–, acuerdo de modificación que fue
suscrito, con fecha 20 de diciembre de 2022, de una parte por los designados por la
Dirección de dichas empresas, en representación de las mismas, y de otra por los
sindicatos UGT, CCOO, CGT, CSATT Y UNTS, en representación de los trabajadores
afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación en el correspondiente
Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con
notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de enero de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.

En Madrid, a 20 de diciembre de 2022, siendo las 12.00 horas, se reúnen previa
convocatoria, las personas relacionadas al margen, en representación de las
Organizaciones Sindicales y Empresariales, que reúnen la condición de legitimación
inicial para la negociación, a fin de constituir la comisión negociadora para la revisión al
amparo de lo dispuesto en el artículo 86.1 párrafo segundo del Estatuto de los
Trabajadores el III Convenio Colectivo de Supersol Spain, S.L.U., Cashdiplo, S.L.U. y
Superdistribución Ceuta S.L.U.
Por la Dirección de las empresas:
Gema Aunión.
Manuel de Miguel.
Isabel Avivar.
Juan Antonio Sánchez.

cve: BOE-A-2023-4791
Verificable en https://www.boe.es

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DE MODIFICACIÓN DEL III CONVENIO
COLECTIVO DE LAS EMPRESAS SUPERSOL SPAIN, S.L.U., CASHDIPLO, S.L.U.
Y SUPERDISTRIBUCIÓN CEUTA, S.L.U.