II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo de Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda Pública. (BOE-A-2023-4696)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda Pública.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45
Miércoles 22 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 26939
Los cursos susceptibles de valoración serán los impartidos o recibidos en el marco
de la formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros oficiales de
idiomas.
No se valorarán los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, los del
doctorado, derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas,
seminarios, simposios, másteres y similares, así como aquellos que no acrediten una
duración mínima de quince horas.
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma
materia, aunque se haya repetido su participación.
Se otorgarán de 1 a 4 puntos por cada curso, hasta un máximo de 12 puntos, de
acuerdo con la siguiente escala lectiva:
–
–
–
–
Curso de 15 a 20 horas: 1 punto.
Curso de 20 a 25 horas: 2 puntos.
Curso de 26 a 40 horas: 3 puntos.
Curso de más de 40 horas: 4 puntos.
La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposición.
II.3
Curso selectivo
El curso selectivo se calificará con una puntuación máxima de 30 puntos por el total
de los trabajos, necesitándose para aprobar obtener 15 puntos como mínimo.
III. Superación del proceso selectivo y elección de destinos
La suma de las puntuaciones de la fase de oposición o de concurso-oposición con la
obtenida en el curso selectivo determinará la calificación final del proceso selectivo y la
prioridad para la elección de destino.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
alcanzada en la fase de oposición; y en caso de persistir el empate, a la correspondiente,
por este orden, al primero, segundo y tercer ejercicio de la fase de oposición.
ANEXO II
Programa
Derecho Constitucional, Administrativo y Comunitario
Tema 1. Instituciones de la Unión Europea: El Consejo, la Comisión, el Parlamento.
El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Cuentas. El ordenamiento jurídico comunitario y
sus fuentes.
Tema 2. La Constitución Española de 1978: Características y estructura. La
Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional.
La reforma constitucional. Órganos constitucionales de control: El Tribunal de cuentas y
el Defensor del Pueblo.
Tema 3. La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. La
Administración Local. La coordinación entre las distintas Administraciones Públicas. Los
ordenamientos de las Comunidades Autónomas. Competencias normativas del Estado y
de las Comunidades Autónomas. Las competencias normativas de las Corporaciones
Locales.
Tema 4. La Administración y el Derecho administrativo. Las fuentes del Derecho
Administrativo. La Constitución. Leyes Orgánicas. Leyes Ordinarias. Disposiciones del
Gobierno con fuerza de ley: Decretos-leyes y Decretos Legislativos. El Reglamento:
Concepto, caracteres y clases. Límites de los Reglamentos. Reglamentos ilegales.
cve: BOE-A-2023-4696
Verificable en https://www.boe.es
I.
Núm. 45
Miércoles 22 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 26939
Los cursos susceptibles de valoración serán los impartidos o recibidos en el marco
de la formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros oficiales de
idiomas.
No se valorarán los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, los del
doctorado, derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas,
seminarios, simposios, másteres y similares, así como aquellos que no acrediten una
duración mínima de quince horas.
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma
materia, aunque se haya repetido su participación.
Se otorgarán de 1 a 4 puntos por cada curso, hasta un máximo de 12 puntos, de
acuerdo con la siguiente escala lectiva:
–
–
–
–
Curso de 15 a 20 horas: 1 punto.
Curso de 20 a 25 horas: 2 puntos.
Curso de 26 a 40 horas: 3 puntos.
Curso de más de 40 horas: 4 puntos.
La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposición.
II.3
Curso selectivo
El curso selectivo se calificará con una puntuación máxima de 30 puntos por el total
de los trabajos, necesitándose para aprobar obtener 15 puntos como mínimo.
III. Superación del proceso selectivo y elección de destinos
La suma de las puntuaciones de la fase de oposición o de concurso-oposición con la
obtenida en el curso selectivo determinará la calificación final del proceso selectivo y la
prioridad para la elección de destino.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
alcanzada en la fase de oposición; y en caso de persistir el empate, a la correspondiente,
por este orden, al primero, segundo y tercer ejercicio de la fase de oposición.
ANEXO II
Programa
Derecho Constitucional, Administrativo y Comunitario
Tema 1. Instituciones de la Unión Europea: El Consejo, la Comisión, el Parlamento.
El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Cuentas. El ordenamiento jurídico comunitario y
sus fuentes.
Tema 2. La Constitución Española de 1978: Características y estructura. La
Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional.
La reforma constitucional. Órganos constitucionales de control: El Tribunal de cuentas y
el Defensor del Pueblo.
Tema 3. La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. La
Administración Local. La coordinación entre las distintas Administraciones Públicas. Los
ordenamientos de las Comunidades Autónomas. Competencias normativas del Estado y
de las Comunidades Autónomas. Las competencias normativas de las Corporaciones
Locales.
Tema 4. La Administración y el Derecho administrativo. Las fuentes del Derecho
Administrativo. La Constitución. Leyes Orgánicas. Leyes Ordinarias. Disposiciones del
Gobierno con fuerza de ley: Decretos-leyes y Decretos Legislativos. El Reglamento:
Concepto, caracteres y clases. Límites de los Reglamentos. Reglamentos ilegales.
cve: BOE-A-2023-4696
Verificable en https://www.boe.es
I.