II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública. (BOE-A-2023-4695)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 26895
sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por promoción
interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
El proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización del mismo,
tanto los aspirantes del sistema general de acceso libre que hayan superado la fase de
oposición, como los del sistema de promoción interna que hayan superado las fases de
oposición y concurso, serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad
convocante.
2.2 El carácter independiente de ambos sistemas de acceso determina la
imposibilidad de acumulación de eventuales plazas vacantes en cualquiera de ellos.
2.3 Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo, o realizar
algún ejercicio del mismo, a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente
acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la
superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas
de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del
proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en
todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de
aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.
2.4 La fase de oposición tendrá una duración máxima de doce meses, y el primer
ejercicio se celebrará en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la
publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Una vez publicada la lista provisional de personas admitidas, el Tribunal hará público
un cronograma aproximado del desarrollo del proceso, estableciendo fechas estimadas
para la celebración de las distintas pruebas.
2.5 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración del
segundo y sucesivos ejercicios se harán públicos, al menos con doce horas de
antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro
horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se difundirán por el Tribunal calificador,
en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública (www.hacienda.gob.es),
así como en cualquier otro medio que resulte conveniente para facilitar su máxima
divulgación.
En todo caso, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo
del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales,
conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. En el caso de que un
ejercicio o prueba cuente con una fase de lecturas públicas ante el Tribunal calificador,
ha de entenderse que su total conclusión se produce una vez finalizadas estas.
2.6 El desarrollo de los diferentes sistemas de acceso podrá ser coincidente en el
tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de ejercicios,
desarrollo de cursos selectivos, período de prácticas o cualquier otra fase previa al
nombramiento como funcionario de carrera.
2.7 Con el fin de dotar de celeridad y agilidad al desarrollo del presente proceso
selectivo, se posibilita la realización de pruebas coincidentes en el tiempo, incluida la
realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos o periodos de
prácticas, a criterio del Tribunal calificador.
2.8 La Secretaría de Estado de Función Pública nombrará funcionarios de carrera y
asignará destino inicial a las personas aspirantes que hubieran superado el proceso
selectivo. Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el
«Boletín Oficial del Estado».
3.
Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta convocatoria.
cve: BOE-A-2023-4695
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 45
Miércoles 22 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 26895
sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por promoción
interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
El proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización del mismo,
tanto los aspirantes del sistema general de acceso libre que hayan superado la fase de
oposición, como los del sistema de promoción interna que hayan superado las fases de
oposición y concurso, serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad
convocante.
2.2 El carácter independiente de ambos sistemas de acceso determina la
imposibilidad de acumulación de eventuales plazas vacantes en cualquiera de ellos.
2.3 Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo, o realizar
algún ejercicio del mismo, a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente
acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la
superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas
de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del
proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en
todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de
aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.
2.4 La fase de oposición tendrá una duración máxima de doce meses, y el primer
ejercicio se celebrará en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la
publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Una vez publicada la lista provisional de personas admitidas, el Tribunal hará público
un cronograma aproximado del desarrollo del proceso, estableciendo fechas estimadas
para la celebración de las distintas pruebas.
2.5 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración del
segundo y sucesivos ejercicios se harán públicos, al menos con doce horas de
antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro
horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se difundirán por el Tribunal calificador,
en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública (www.hacienda.gob.es),
así como en cualquier otro medio que resulte conveniente para facilitar su máxima
divulgación.
En todo caso, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo
del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales,
conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. En el caso de que un
ejercicio o prueba cuente con una fase de lecturas públicas ante el Tribunal calificador,
ha de entenderse que su total conclusión se produce una vez finalizadas estas.
2.6 El desarrollo de los diferentes sistemas de acceso podrá ser coincidente en el
tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de ejercicios,
desarrollo de cursos selectivos, período de prácticas o cualquier otra fase previa al
nombramiento como funcionario de carrera.
2.7 Con el fin de dotar de celeridad y agilidad al desarrollo del presente proceso
selectivo, se posibilita la realización de pruebas coincidentes en el tiempo, incluida la
realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos o periodos de
prácticas, a criterio del Tribunal calificador.
2.8 La Secretaría de Estado de Función Pública nombrará funcionarios de carrera y
asignará destino inicial a las personas aspirantes que hubieran superado el proceso
selectivo. Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el
«Boletín Oficial del Estado».
3.
Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta convocatoria.
cve: BOE-A-2023-4695
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 45