II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública. (BOE-A-2023-4695)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de febrero de 2023

Sec. II.B. Pág. 26907

General del Estado vigente, así como el tiempo de servicios efectivos prestados como
personal laboral fijo en una categoría y grupo equivalentes de otros convenios de
Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad
jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y
desarrollando funciones coincidentes con las propias de los arquitectos, hasta la fecha
de publicación de esta convocatoria:
– Se otorgarán 0,25 puntos por cada año de servicios.
– Puntuación máxima en la valoración de la permanencia o tiempo de trabajo: 4
puntos.
c) Cursos de formación: Los cursos de formación se valorarán hasta un máximo
de 4 puntos.
Los cursos susceptibles de valoración serán los recibidos en el marco de la
formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros oficiales de
idiomas.
No se valorarán los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, los de
doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas,
seminarios, simposios, máster y similares, así como aquellos que no acrediten una
duración mínima de quince horas.
Además, respecto de los cursos recibidos, únicamente serán objeto de valoración
cuando aparezcan reflejados en el anexo V. En caso de que no figure la duración de los
cursos y la fecha de realización no podrán ser objeto de valoración.
Por la realización como asistente de los cursos de formación con una duración
mínima acreditada de quince horas, siempre que se haya expedido diploma o certificado
de asistencia o de aprovechamiento, hasta 4 puntos, con la siguiente distribución:
– Para cursos de formación con una duración de quince a veinticinco horas: 1
puntos.
– Para cursos de formación con una duración superior a veinticinco horas: 1,25
puntos.
Cada curso solo podrá ser valorado una vez, independientemente del número de
veces que se haya realizado, en cuyo caso se otorgará la puntuación más alta que le
pueda corresponder.
El plazo máximo de validez de los cursos será de diez años inmediatamente
anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.
La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición.
II.3 Curso selectivo.El curso selectivo se calificará con una puntuación máxima
de 30 puntos por el total de los trabajos, necesitándose para aprobar obtener 15 puntos
como mínimo.
III. Superación del proceso selectivo y elección de destinos
La suma de las puntuaciones de la fase de oposición o de concurso-oposición con la
obtenida en el curso selectivo determinará la calificación final del proceso selectivo y la
prioridad para la elección de destino.
En caso de empate, para los aspirantes que concurran por el sistema general de
acceso libre, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en la
fase de oposición; y en caso de persistir el empate, a la correspondiente, por este orden,
al segundo, tercero, y cuarto ejercicio de la fase de oposición, por este orden. Si
persistiera el empate se seguirá el orden alfabético mencionado en la base específica 9.
Para los aspirantes que concurran por el sistema de promoción interna, la prelación
en caso de empate se establecerá atendiendo a la mayor antigüedad global (servicios

cve: BOE-A-2023-4695
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Núm. 45