III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-4626)
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Acciona Mobility, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44
Martes 21 de febrero de 2023
Normativa sobre almacenamiento de información
– Con carácter general, la información almacenada en determinadas ubicaciones de
los equipos se salvaguardará de forma automática en las unidades de disco de la
infraestructura en la nube provista por ACCIONA. Se recomienda a los usuarios
contrastar que estas copias están ejecutándose de forma correcta periódicamente, y en
caso contrario contactar con el soporte a usuario de TIC (servicedesk@acciona.com).
– ACCIONA puede poner a disposición de ciertos usuarios unidades de red
compartidas para contener las salvaguardadas periódicas de sus unidades locales. Debe
tenerse en cuenta que tales unidades corporativas son un recurso limitado y compartido
por todos los usuarios, por lo que sólo deberá salvaguardarse la información que se
considere estrictamente necesaria para el desempeño de la función profesional
encomendada.
– ACCIONA no se hace responsable de la información personal que pudiera haber
sido almacenada en el equipo y/o replicada en las unidades de disco de salvaguarda,
siendo el usuario el único responsable de la misma y de su perdurabilidad.
– Cualquier dispositivo que almacene información, las copias de seguridad o los
medios de almacenamiento que, por obsolescencia o degradación, pierdan su utilidad, y
especialmente aquellos que contengan información sensible, confidencial o protegida,
deberán entregarse a TIC para ser eliminados de forma segura para evitar accesos
ulteriores a dicha información.
– Salvo por necesidad de negocio explícita y aprobada, toda información de carácter
no público de la Compañía deberá permanecer almacenada en la infraestructura y
dispositivos TIC de ACCIONA habilitados para ello. Queda prohibido el almacenamiento
y/o compartición de información de ACCIONA con terceras partes con las que no exista
un acuerdo previo de confidencialidad e intercambio de información.
– Con carácter general, el uso de dispositivos extraíbles de almacenamiento masivo
(memorias USB, equipos grabadores de CDs y DVDs, discos portátiles, etc.) no está
autorizado. En caso de ser necesaria su utilización, deberá justificarse por el usuario y
requerirá la previa autorización del responsable directo del empleado y de la Dirección
TIC. Si debe compartirse información con terceros, la forma preferida será la
proporcionada por ACCIONA a tales efectos en cada momento.
– El usuario será responsable de toda la información extraída fuera de la
organización a través de dispositivos extraíbles de almacenamiento masivo (memorias
USB, CDs, DVDs, discos portátiles, etc.) o almacenamientos en la nube no
proporcionados por ACCIONA. Es imprescindible un uso responsable de los mismos,
especialmente cuando se trate información sensible, confidencial o protegida.
– Por razones de seguridad, los interfaces USB o similares, los equipos grabadores
de CDs y DVDs de los puestos de usuario podrán estar deshabilitados. Si fuese así y en
caso de ser necesaria su habilitación, deberá justificarse por el usuario y requerirá la
previa autorización del jefe de la unidad y de la Dirección TIC.
– En el caso de que a un usuario se le autorice el uso del interfaz USB de su puesto
de trabajo, las memorias USB utilizadas serán las proporcionadas por ACCIONA, que
serán conformes a las normas de seguridad de la organización. Estas memorias USB
serán de uso exclusivo en los puestos de usuario de la Compañía.
– Se recuerda que las memorias USB están destinadas a un uso exclusivamente
profesional, como herramienta de transporte de ficheros, no como herramienta de
almacenamiento. Siempre que sea posible estas unidades de almacenamiento se
deberán cifrar por parte del usuario. Cuando finalice la necesidad de uso, los ficheros
deberán eliminarse.
4.4
Normativa sobre uso de Internet
– Los empleados cuyas funciones lo requieran, dispondrán de acceso a Internet
como herramienta de productividad y conocimiento, para el desempeño de su actividad
profesional.
cve: BOE-A-2023-4626
Verificable en https://www.boe.es
4.3
Sec. III. Pág. 26561
Núm. 44
Martes 21 de febrero de 2023
Normativa sobre almacenamiento de información
– Con carácter general, la información almacenada en determinadas ubicaciones de
los equipos se salvaguardará de forma automática en las unidades de disco de la
infraestructura en la nube provista por ACCIONA. Se recomienda a los usuarios
contrastar que estas copias están ejecutándose de forma correcta periódicamente, y en
caso contrario contactar con el soporte a usuario de TIC (servicedesk@acciona.com).
– ACCIONA puede poner a disposición de ciertos usuarios unidades de red
compartidas para contener las salvaguardadas periódicas de sus unidades locales. Debe
tenerse en cuenta que tales unidades corporativas son un recurso limitado y compartido
por todos los usuarios, por lo que sólo deberá salvaguardarse la información que se
considere estrictamente necesaria para el desempeño de la función profesional
encomendada.
– ACCIONA no se hace responsable de la información personal que pudiera haber
sido almacenada en el equipo y/o replicada en las unidades de disco de salvaguarda,
siendo el usuario el único responsable de la misma y de su perdurabilidad.
– Cualquier dispositivo que almacene información, las copias de seguridad o los
medios de almacenamiento que, por obsolescencia o degradación, pierdan su utilidad, y
especialmente aquellos que contengan información sensible, confidencial o protegida,
deberán entregarse a TIC para ser eliminados de forma segura para evitar accesos
ulteriores a dicha información.
– Salvo por necesidad de negocio explícita y aprobada, toda información de carácter
no público de la Compañía deberá permanecer almacenada en la infraestructura y
dispositivos TIC de ACCIONA habilitados para ello. Queda prohibido el almacenamiento
y/o compartición de información de ACCIONA con terceras partes con las que no exista
un acuerdo previo de confidencialidad e intercambio de información.
– Con carácter general, el uso de dispositivos extraíbles de almacenamiento masivo
(memorias USB, equipos grabadores de CDs y DVDs, discos portátiles, etc.) no está
autorizado. En caso de ser necesaria su utilización, deberá justificarse por el usuario y
requerirá la previa autorización del responsable directo del empleado y de la Dirección
TIC. Si debe compartirse información con terceros, la forma preferida será la
proporcionada por ACCIONA a tales efectos en cada momento.
– El usuario será responsable de toda la información extraída fuera de la
organización a través de dispositivos extraíbles de almacenamiento masivo (memorias
USB, CDs, DVDs, discos portátiles, etc.) o almacenamientos en la nube no
proporcionados por ACCIONA. Es imprescindible un uso responsable de los mismos,
especialmente cuando se trate información sensible, confidencial o protegida.
– Por razones de seguridad, los interfaces USB o similares, los equipos grabadores
de CDs y DVDs de los puestos de usuario podrán estar deshabilitados. Si fuese así y en
caso de ser necesaria su habilitación, deberá justificarse por el usuario y requerirá la
previa autorización del jefe de la unidad y de la Dirección TIC.
– En el caso de que a un usuario se le autorice el uso del interfaz USB de su puesto
de trabajo, las memorias USB utilizadas serán las proporcionadas por ACCIONA, que
serán conformes a las normas de seguridad de la organización. Estas memorias USB
serán de uso exclusivo en los puestos de usuario de la Compañía.
– Se recuerda que las memorias USB están destinadas a un uso exclusivamente
profesional, como herramienta de transporte de ficheros, no como herramienta de
almacenamiento. Siempre que sea posible estas unidades de almacenamiento se
deberán cifrar por parte del usuario. Cuando finalice la necesidad de uso, los ficheros
deberán eliminarse.
4.4
Normativa sobre uso de Internet
– Los empleados cuyas funciones lo requieran, dispondrán de acceso a Internet
como herramienta de productividad y conocimiento, para el desempeño de su actividad
profesional.
cve: BOE-A-2023-4626
Verificable en https://www.boe.es
4.3
Sec. III. Pág. 26561