III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-4632)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Cultura y Deporte, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Madrid y el Ateneo Científico, Literario y Artístico de Madrid, para la creación de la Comisión Interadministrativa del Acontecimiento de Excepcional Interés Público "Bicentenario del Ateneo de Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Martes 21 de febrero de 2023
Decimoquinta.

Sec. III. Pág. 26639

Protección de datos y confidencialidad.

Todas las actuaciones derivadas del presente convenio se realizarán con sujeción a
lo regulado por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE y a lo previsto por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y
demás normativa que sea de aplicación en materia de protección de datos. Cualquier
comunicación de datos de carácter personal al objeto de cumplir las finalidades
expuestas en el presente convenio requerirá el previo y expreso consentimiento de las
partes afectadas.
Las partes deberán garantizar el carácter confidencial de la información a la que
tengan acceso con ocasión de la realización de las actividades, salvo por las
comunicaciones que se acuerden al respecto según lo previsto en el mismo, debiendo en
consecuencia mantener todo ello de manera reservada, sin perjuicio de la información
que deba publicarse en cumplimiento de lo establecido por la normativa de aplicación en
materia de transparencia y acceso a la información pública.
Decimosexta.

Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa siendo el régimen jurídico
aplicable el establecido en los arts. 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, y se rige por lo dispuesto en los artículos 3.2 de
la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid y 57 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
El objeto del convenio no tiene carácter contractual, y lo constituye el acuerdo entre
ambas partes firmantes para la consecución de un fin común, por lo que en ningún caso,
tiene por objeto una prestación propia de los contratos, estando excluido de la Ley de
Contratos del Sector Público 9/2017, de 8 de noviembre, según lo dispuesto en su
artículo 6.2. No obstante, las dudas y lagunas que pudieran surgir en su ejecución se
resolverán de acuerdo con los principios establecidos en dicho texto legal, de acuerdo
con lo previsto en su artículo 4.
El conocimiento y resolución de todas las cuestiones que se pudieran plantear en
orden a su cumplimiento, interpretación, resolución y efectos, a falta de acuerdo entre las
partes se someterán a la comisión interadministrativa.
En caso de discrepancia, las partes se someterán a la jurisdicción contenciosoadministrativa de Madrid.

cve: BOE-A-2023-4632
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, las partes suscriben el presente convenio en la fecha
que se indica a continuación.–El Ministro de Cultura y Deporte, Miquel Octavi Iceta i
Llorens.–La Subsecretaria de Hacienda y Función Pública, María del Pilar Paneque
Sosa.–La Presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Natividad Díaz Ayuso.–El
Alcalde del Ayuntamiento de Madrid, José Luís Martinez Almeida-Navasqüés.–El
Presidente del Ateneo Científico, Literario y Artístico de Madrid, Luis Arroyo Martínez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X