I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Desarrollo sostenible y solidaridad global. (BOE-A-2023-4512)
Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44
Martes 21 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 26097
I. DISPOSICIONES GENERALES
JEFATURA DEL ESTADO
4512
Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y
la Solidaridad Global.
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la
siguiente ley:
PREÁMBULO
El fundamento de la política de cooperación para el desarrollo sostenible de España
se encuentra en la Constitución Española de 1978, cuyo preámbulo proclama su
voluntad de colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz
cooperación, entre todos los pueblos de la Tierra, así como en el Tratado de la Unión
Europea y en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que define la política
de cooperación para el desarrollo como competencia compartida entre la Unión y los
Estados miembros. Con ello, la cooperación para el desarrollo se configura como política
de Estado, basada en una concepción abierta y solidaria de la ciudadanía y de la
sociedad internacional para responder colectivamente a los retos globales.
La política de cooperación se inscribe en la redefinición de las relaciones exteriores
de la España democrática con Iberoamérica y en el marco de Naciones Unidas y de la
Unión Europea. En su conformación hay que destacar la adhesión a la Unión Europea
en 1986, la creación de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI)
en 1988; la adhesión al Comité de Ayuda al Desarrollo (en lo sucesivo, CAD) de la
OCDE en 1991; el ingreso en los bancos regionales de desarrollo; la participación en la
Comunidad Iberoamericana, así como en iniciativas multilaterales innovadoras sobre
bienes públicos globales y regionales; y el progresivo despliegue de la cooperación
bilateral a distintos países.
En esa andadura, la cooperación española ha contado con un amplio respaldo social
y político, y se ha institucionalizado como política pública con el impulso del Congreso de
los Diputados y el Senado, la sociedad civil y las Organizaciones no Gubernamentales
(en adelante, ONG), incorporando a las comunidades autónomas y los entes locales,
siendo la cooperación descentralizada uno de sus rasgos distintivos. La adopción de la
Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, vigente
hasta ahora, fue un hito clave, al definir la cooperación para el desarrollo como política
pública, diferenciada de la política exterior, y por introducir el principio de coherencia de
políticas para el desarrollo, acorde a lo establecido en el entonces vigente Tratado de la
Unión Europea, y el Plan Director como instrumento de planificación.
El desarrollo de la Ley 23/1998, de 7 de julio, incluyó nuevos instrumentos, como los
microcréditos (2000), la conversión de deuda (2006), y el Fondo para la Promoción del
Desarrollo (en lo sucesivo, FONPRODE) (2010). Se reguló el estatuto del cooperante
(2006), y se aprobó un nuevo estatuto de la Agencia Española de Cooperación
Internacional (2000, aunque creada en 1988), después Agencia Española de
Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante, AECID) (2007); se estableció
la Comisión Interterritorial de Cooperación para el Desarrollo (2000), y se reformó el
cve: BOE-A-2023-4512
Verificable en https://www.boe.es
I
Núm. 44
Martes 21 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 26097
I. DISPOSICIONES GENERALES
JEFATURA DEL ESTADO
4512
Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y
la Solidaridad Global.
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la
siguiente ley:
PREÁMBULO
El fundamento de la política de cooperación para el desarrollo sostenible de España
se encuentra en la Constitución Española de 1978, cuyo preámbulo proclama su
voluntad de colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz
cooperación, entre todos los pueblos de la Tierra, así como en el Tratado de la Unión
Europea y en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que define la política
de cooperación para el desarrollo como competencia compartida entre la Unión y los
Estados miembros. Con ello, la cooperación para el desarrollo se configura como política
de Estado, basada en una concepción abierta y solidaria de la ciudadanía y de la
sociedad internacional para responder colectivamente a los retos globales.
La política de cooperación se inscribe en la redefinición de las relaciones exteriores
de la España democrática con Iberoamérica y en el marco de Naciones Unidas y de la
Unión Europea. En su conformación hay que destacar la adhesión a la Unión Europea
en 1986, la creación de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI)
en 1988; la adhesión al Comité de Ayuda al Desarrollo (en lo sucesivo, CAD) de la
OCDE en 1991; el ingreso en los bancos regionales de desarrollo; la participación en la
Comunidad Iberoamericana, así como en iniciativas multilaterales innovadoras sobre
bienes públicos globales y regionales; y el progresivo despliegue de la cooperación
bilateral a distintos países.
En esa andadura, la cooperación española ha contado con un amplio respaldo social
y político, y se ha institucionalizado como política pública con el impulso del Congreso de
los Diputados y el Senado, la sociedad civil y las Organizaciones no Gubernamentales
(en adelante, ONG), incorporando a las comunidades autónomas y los entes locales,
siendo la cooperación descentralizada uno de sus rasgos distintivos. La adopción de la
Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, vigente
hasta ahora, fue un hito clave, al definir la cooperación para el desarrollo como política
pública, diferenciada de la política exterior, y por introducir el principio de coherencia de
políticas para el desarrollo, acorde a lo establecido en el entonces vigente Tratado de la
Unión Europea, y el Plan Director como instrumento de planificación.
El desarrollo de la Ley 23/1998, de 7 de julio, incluyó nuevos instrumentos, como los
microcréditos (2000), la conversión de deuda (2006), y el Fondo para la Promoción del
Desarrollo (en lo sucesivo, FONPRODE) (2010). Se reguló el estatuto del cooperante
(2006), y se aprobó un nuevo estatuto de la Agencia Española de Cooperación
Internacional (2000, aunque creada en 1988), después Agencia Española de
Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante, AECID) (2007); se estableció
la Comisión Interterritorial de Cooperación para el Desarrollo (2000), y se reformó el
cve: BOE-A-2023-4512
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