III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-4485)
Resolución de 9 de febrero de 2023, del Instituto de Estudios Fiscales, por la que se publica el Convenio con el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias, para el otorgamiento de becas de investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 25882
cve: BOE-A-2023-4485
Verificable en https://www.boe.es
– Justificación de la entrega de fondos al beneficiario y aplicación de los mismos.
– Si no se llegase a hacer efectiva la entrega al beneficiario por alguna causa
justificada, devolución del importe recibido al IEF, así como remisión de un informe que
justifique dichos motivos, de conformidad con la legalidad vigente especialmente en lo
previsto en la Ley General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2206, por el que se
aprueba el Reglamento de la citada Ley.
– En el caso de renuncia a la beca concedida, el adjudicatario deberá presentar la
correspondiente solicitud fundamentada, dirigida al Director General del IEF, quien
resolverá, si procede, la devolución total o parcial de las cantidades percibidas o
solamente la anulación de los abonos pendientes.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 25882
cve: BOE-A-2023-4485
Verificable en https://www.boe.es
– Justificación de la entrega de fondos al beneficiario y aplicación de los mismos.
– Si no se llegase a hacer efectiva la entrega al beneficiario por alguna causa
justificada, devolución del importe recibido al IEF, así como remisión de un informe que
justifique dichos motivos, de conformidad con la legalidad vigente especialmente en lo
previsto en la Ley General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2206, por el que se
aprueba el Reglamento de la citada Ley.
– En el caso de renuncia a la beca concedida, el adjudicatario deberá presentar la
correspondiente solicitud fundamentada, dirigida al Director General del IEF, quien
resolverá, si procede, la devolución total o parcial de las cantidades percibidas o
solamente la anulación de los abonos pendientes.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X