III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-4495)
Resolución de 7 de febrero de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Confederación Española de Organizaciones Empresariales, para la coordinación de actuaciones en materia de apoyo a la internacionalización de la empresa española.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43

Lunes 20 de febrero de 2023
Segunda.

Sec. III. Pág. 25985

Líneas de actuación.

Las Partes, para dar cumplimiento al objeto del presente convenio, acuerdan las
siguientes líneas de actuación:
– Mantener un diálogo permanente entre ambas instituciones en todo lo relativo al
marco general de apoyo a la internacionalización de la empresa española.
– Intensificar el intercambio de información entre las Partes con el objeto de mejorar
el conocimiento de sus respectivas actividades, así como de la problemática general de
las empresas y sectores en relación con los mercados exteriores.
– Colaborar en la difusión de las actividades y los programas de apoyo a la
internacionalización de la empresa española entre sus organizaciones miembros, tanto
territoriales como sectoriales, con el objetivo de impulsar el conocimiento y la
participación, tanto a título individual como asociativo, de las empresas españolas.
– Trabajar conjuntamente en el diseño de actividades cuyo objetivo sea abrir
mercados a sectores españoles no presentes aún en los mismos, que hayan sido
identificados como prioritarios para la inversión e implantación española, estando todas
las actuaciones alineadas con los ejes y medidas recogidas en el Plan Bienal de la
Estrategia de Internacionalización de la Economía Española de la SEC. Todo ello, sin
perjuicio de continuar ofreciendo apoyo a los sectores ya establecidos en mercados
exteriores, a través de la organización de actividades empresariales.
– Servir de marco de colaboración institucional para ofrecer apoyo en la
organización y desarrollo de los viajes o visitas oficiales o de Estado, en las que
participen o intervengan las Oficinas Económicas y Comerciales de las Embajadas de
España en el exterior (en adelante, Ofecomes), en su condición de centros de actuación
de ICEX en el extranjero.
– Colaborar en el desarrollo de los Planes de Actuación Sectorial Estratégica
impulsados por la SEC junto con ICEX, incluyendo la participación de las Oficinas
Económicas y Comerciales, alineados con los planes bienales de la Estrategia
Internacional de la Economía Española.
– Colaborar en la identificación y difusión de oportunidades de inversión, de
cooperación empresarial y en la búsqueda de potenciales socios en el exterior para las
empresas españolas, prestando especial atención a las pymes. Para ello, la CEOE
ofrecerá a ICEX su red de contactos empresariales en todo el mundo y pondrá a su
disposición toda la información recabada.
– Realizar cualquier otra actividad que, en el marco de los objetivos del presente
convenio, pueda acordarse entre las Partes.
Tercera. Ámbitos de actuación.

– Primero: Elaboración de estudios, informes o notas sobre aspectos relacionados con el
proceso de internacionalización de las empresas españolas, prestando especial atención a la
identificación de obstáculos o barreras en la actividad comercial o inversora internacional.
– Segundo: Organización, desarrollo y seguimiento de Encuentros Empresariales,
Jornadas, Conferencias o Seminarios en España y en el exterior, dirigidos a las empresas
españolas, sobre oportunidades de negocio en determinados mercados o sobre aspectos
clave del proceso de internacionalización y, a la vez, para poner en contacto a potenciales
socios en otros países, con autoridades extranjeras o para profundizar en el conocimiento de
la realidad de los sectores productivos de otros mercados.
– Tercero: Apoyo a la organización de viajes y visitas oficiales de Estado o de
Gobierno a otros países. En este ámbito se recogen todas las actividades a desarrollar
en el marco de los viajes de Estado o de Gobierno y en las que es esencial la

cve: BOE-A-2023-4495
Verificable en https://www.boe.es

3.1 Las actividades que las Partes acuerden realizar para la ejecución de las líneas
de actuación fijadas en la cláusula anterior quedarán encuadradas dentro de los
siguientes tres grandes ámbitos de actuación: