II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD DE MADRID. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2023-4416)
Resolución de 25 de enero de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Justicia, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo genéricos en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid, para el Cuerpo de Médicos Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 25532
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de
la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Sexta.
Baremación del concurso.
1. Los méritos alegados y acreditados se valorarán con referencia a la fecha de
cierre del plazo de presentación de solicitudes de participación.
2. Se evaluarán los méritos de conformidad con el siguiente baremo:
Antigüedad, con un máximo de 60 puntos, a razón de 2 puntos por año completo de
servicios como titular en el Cuerpo de Médicos Forenses. Los periodos inferiores al año
se computarán proporcionalmente a razón de 0,00555556 por día, estableciéndose los
meses como de treinta días.
3. El presente concurso constará de una única fase en la que se valorarán los
méritos enumerados.
Séptima. Adjudicación de puestos.
El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por
la puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la base sexta de esta
convocatoria.
En caso de empate en la puntuación total, incluido el idioma, se acudirá para dirimirlo
a la mayor antigüedad en el cuerpo de que se trate y, de persistir el empate, al número
de orden obtenido en el proceso selectivo de acceso a dicho cuerpo, incluido el idioma o
derecho propios.
Octava.
Carácter de los destinos adjudicados.
1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24
de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y, en consecuencia, no generarán
derecho al abono de indemnizaciones por concepto alguno.
2. Los destinos serán irrenunciables según lo dispuesto en el artículo 53 del
Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del
Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Novena. Resolución del concurso.
1. El presente concurso será resuelto coordinadamente por el Ministerio de Justicia
y el órgano competente de la comunidad autónoma convocante del concurso. El plazo
para la resolución será de seis meses, contados desde el día siguiente a la finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
2. La resolución expresará el puesto de origen de los interesados a quienes se les
adjudique destino y su localidad, así como su situación administrativa, si ésta es distinta
al de activo, y el puesto adjudicado a cada funcionario.
Recursos.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Ilma. Sra.
Viceconsejera de Justicia y Victimas en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de
su publicación de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Madrid, 25 de enero de 2023.–La Directora de Recursos Humanos y Relaciones con
la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.
cve: BOE-A-2023-4416
Verificable en https://www.boe.es
Décima.
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 25532
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de
la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Sexta.
Baremación del concurso.
1. Los méritos alegados y acreditados se valorarán con referencia a la fecha de
cierre del plazo de presentación de solicitudes de participación.
2. Se evaluarán los méritos de conformidad con el siguiente baremo:
Antigüedad, con un máximo de 60 puntos, a razón de 2 puntos por año completo de
servicios como titular en el Cuerpo de Médicos Forenses. Los periodos inferiores al año
se computarán proporcionalmente a razón de 0,00555556 por día, estableciéndose los
meses como de treinta días.
3. El presente concurso constará de una única fase en la que se valorarán los
méritos enumerados.
Séptima. Adjudicación de puestos.
El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por
la puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la base sexta de esta
convocatoria.
En caso de empate en la puntuación total, incluido el idioma, se acudirá para dirimirlo
a la mayor antigüedad en el cuerpo de que se trate y, de persistir el empate, al número
de orden obtenido en el proceso selectivo de acceso a dicho cuerpo, incluido el idioma o
derecho propios.
Octava.
Carácter de los destinos adjudicados.
1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24
de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y, en consecuencia, no generarán
derecho al abono de indemnizaciones por concepto alguno.
2. Los destinos serán irrenunciables según lo dispuesto en el artículo 53 del
Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del
Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Novena. Resolución del concurso.
1. El presente concurso será resuelto coordinadamente por el Ministerio de Justicia
y el órgano competente de la comunidad autónoma convocante del concurso. El plazo
para la resolución será de seis meses, contados desde el día siguiente a la finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
2. La resolución expresará el puesto de origen de los interesados a quienes se les
adjudique destino y su localidad, así como su situación administrativa, si ésta es distinta
al de activo, y el puesto adjudicado a cada funcionario.
Recursos.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Ilma. Sra.
Viceconsejera de Justicia y Victimas en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de
su publicación de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Madrid, 25 de enero de 2023.–La Directora de Recursos Humanos y Relaciones con
la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.
cve: BOE-A-2023-4416
Verificable en https://www.boe.es
Décima.