III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2023-4494)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión con la Comunidad Foral de Navarra, para el desarrollo de una infraestructura ferroviaria.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43

Lunes 20 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 25976

Sexto.
Dada la complejidad que reviste la ejecución de las distintas actividades relacionadas
con el diseño y la ejecución de una nueva infraestructura ferroviaria, por razones de
eficacia, se considera conveniente por el Gobierno de Navarra que le confiera a ADIF,
como entidad especializada en la construcción de infraestructuras ferroviarias, una
encomienda de gestión de las reguladas en la normativa indicada en el punto cuarto
anterior.
Todo ello en atención a la experiencia profesional y la alta especialización técnica del
personal de ADIF y a que dispone de los medios necesarios, propios y/o externos, para
realizar las actividades de carácter material y técnico de asesoramiento ferroviario
previstas en el presente Convenio de encomienda.
Séptimo.
Que mediante Acuerdo de Gobierno de Navarra de 26 de octubre de 2022 se ha
autorizado al Director General de Obras Públicas e Infraestructuras la adquisición del
compromiso de gasto para la suscripción de este Convenio de encomienda de gestión.
Por lo expuesto, y de conformidad con el artículo 11.1 y 3 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y con el artículo 14 de la Ley
Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra
y del Sector Público Institucional Foral, las partes firmantes acuerdan formalizar el
presente convenio de encomienda de gestión, con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

objeto de la encomienda.

El presente convenio tiene como objeto regular las condiciones de la encomienda
de gestión efectuada por la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras del
Departamento de Cohesión Territorial de la Administración de la Comunidad Foral de
Navarra a ADIF, para la realización de actividades de carácter material y técnico en el
desarrollo de una infraestructura ferroviaria en la Comunidad Foral de Navarra denominada
«Línea ferroviaria entre los Polígonos Industriales de Landaben y Arazuri-Orkoien».
Segunda.

Titularidad de las actividades encomendadas.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, esta encomienda no supone la cesión de la
titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo
responsabilidad del órgano encomendante, la Dirección General de Obras Públicas e
Infraestructuras del Departamento de Cohesión Territorial de la Administración de la
Comunidad Foral de Navarra, dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico
den soporte o en los que se integre la concreta actividad técnica objeto de encomienda.
Ámbito de aplicación. Contenido del convenio.

En el marco de la colaboración definida en la presente encomienda de gestión, los
trabajos se materializarán en los siguientes ámbitos y fases de Proyecto y Obra:
1.

Fase de desarrollo y aprobación de proyecto.

Esta fase comprende los trabajos a desarrollar por ADIF, no participando en la fase
de valoración y adjudicación de los contratos.

cve: BOE-A-2023-4494
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.