II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2023-4415)
Resolución 14/2023, de 25 de enero, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo genéricos en el Instituto Navarro de Medicina Legal y Ciencias Forenses, para el Cuerpo de Médicos Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43

Lunes 20 de febrero de 2023

Sec. II.B. Pág. 25525

de la solicitud de la otra persona. Si alguna de las personas peticionarias no lo indicase
en el apartado C, quedarán anuladas ambas instancias.
Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia, se entiende que se acogen a
la petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso, Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de
la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Sexta.

Baremación del concurso.

1. Los méritos alegados y acreditados se valorarán con referencia a la fecha de
cierre del plazo de presentación de solicitudes de participación.
2. Se evaluarán los méritos de conformidad con el siguiente baremo:
A) Antigüedad, con un máximo de 60 puntos, a razón de 2 puntos por año completo
de servicios como titular en el Cuerpo de Médicos Forenses. Los periodos inferiores al
año se computarán proporcionalmente a razón de 0,00555556 por día, estableciéndose
los meses como de treinta días.
B) Conocimiento oral y escrito del Euskera con un máximo de 12 puntos. En las
zonas vascófona y mixta que determina el artículo 5 de la Ley Foral 18/1986, de 15 de
diciembre, del Euskera, el conocimiento oral y escrito de dicho idioma supone el
reconocimiento, a estos solos efectos, de hasta 12 puntos, según el nivel de
conocimientos acreditado en los siguientes términos:
a) Certificado de nivel B1 o títulos homologados: 4 puntos
b) Certificado de nivel B2 o títulos homologados: 8 puntos
c) Certificado de nivel C1 o títulos homologados: 12 puntos
Para valorar estos conocimientos se deberá aportar certificado expedido por el
órgano competente en la materia. Dichos certificados no serán acumulativos, por lo que,
en caso de que el concursante posea títulos de varios niveles, sólo se valorará el
superior.
3. El presente concurso constará de una única fase en la que se valorarán los
méritos enumerados en los apartados A y B) del baremo.
Séptima.

Adjudicación de puestos.

El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por
la puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la Base Sexta de esta
convocatoria.
En caso de empate en la puntuación total, incluido el idioma, se acudirá para dirimirlo
a la mayor antigüedad en el cuerpo de que se trate y, de persistir el empate, al número
de orden obtenido en el proceso selectivo de acceso a dicho cuerpo, incluido el idioma o
derecho propios.

1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24
de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y, en consecuencia, no generarán
derecho al abono de indemnizaciones por concepto alguno.
2. Los destinos serán irrenunciables según lo dispuesto en el artículo 53 del
Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del
Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

cve: BOE-A-2023-4415
Verificable en https://www.boe.es

Octava. Carácter de los destinos adjudicados.