II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos. (BOE-A-2023-4400)
Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se aprueba el programa y el desarrollo del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de promoción interna, en el Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
2.
Sec. II.B. Pág. 25418
Fase de concurso para las tres secciones
En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que solo se aplicará a quienes
hayan superado la fase de oposición, se valorarán hasta un máximo de 30 puntos los
siguientes méritos referidos a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado»:
2.1
Personal funcionario de carrera.
2.1.1 Antigüedad. Por los servicios efectivos prestados en cualquier Cuerpo o
Escala de la Administración General del Estado, en Cuerpos o Escalas Postales y
Telegráficos o en Cuerpos o Escalas del resto de las Administraciones incluidas en el
artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino
definitivo en la Administración General del Estado, teniendo en cuenta los servicios
efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado» al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, se
otorgarán 0,60 puntos por cada año completo de servicio, hasta un máximo de 18
puntos.
2.1.2 Grado personal consolidado. Según el grado personal que se tenga
consolidado y formalizado a través de acuerdo de reconocimiento de grado por la
autoridad competente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 6 puntos:
Hasta el grado 14 inclusive: 3 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,25 puntos.
2.1.3 Cursos de formación. La superación o impartición de cursos de formación
relacionados con las funciones que se desempeñarán en la respectiva sección del
Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, acreditados por el funcionario,
se valorarán por el Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se
podrá obtener por este apartado será de 6 puntos. Los cursos deberán tener una
duración igual o superior a quince horas lectivas y haber sido convocados, impartidos u
homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de
Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores
dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones
Públicas. Los cursos deberán acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia
y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o impartición.
La certificación de los méritos para la fase de concurso deberá realizarse según el
modelo incluido como anexo a la convocatoria.
Personal laboral fijo.
2.2.1 Antigüedad. Servicios prestados como personal laboral fijo en la
Administración General del Estado o en Organismos Públicos, Agencias y demás
Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o
dependientes de la Administración General del Estado, la puntuación máxima será de 18
puntos a razón de 0,60 puntos por año completo de servicios.
2.2.2 Trabajo desarrollado. Por el tiempo de servicios efectivos prestados como
personal laboral fijo en puestos del grupo y especialidad 2G-Archivos, bibliotecas y
museos del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración
General del Estado vigente o de categoría profesional equivalente del III Convenio Único
para el Personal Laboral de la Administración General del Estado, siempre y cuando los
puestos en los que se han desempeñado dichas funciones hayan quedado encuadrados
en el grupo y especialidad 2G-Archivos, bibliotecas y museos del IV Convenio colectivo
cve: BOE-A-2023-4400
Verificable en https://www.boe.es
2.2
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
2.
Sec. II.B. Pág. 25418
Fase de concurso para las tres secciones
En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que solo se aplicará a quienes
hayan superado la fase de oposición, se valorarán hasta un máximo de 30 puntos los
siguientes méritos referidos a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado»:
2.1
Personal funcionario de carrera.
2.1.1 Antigüedad. Por los servicios efectivos prestados en cualquier Cuerpo o
Escala de la Administración General del Estado, en Cuerpos o Escalas Postales y
Telegráficos o en Cuerpos o Escalas del resto de las Administraciones incluidas en el
artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino
definitivo en la Administración General del Estado, teniendo en cuenta los servicios
efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado» al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, se
otorgarán 0,60 puntos por cada año completo de servicio, hasta un máximo de 18
puntos.
2.1.2 Grado personal consolidado. Según el grado personal que se tenga
consolidado y formalizado a través de acuerdo de reconocimiento de grado por la
autoridad competente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 6 puntos:
Hasta el grado 14 inclusive: 3 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,25 puntos.
2.1.3 Cursos de formación. La superación o impartición de cursos de formación
relacionados con las funciones que se desempeñarán en la respectiva sección del
Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, acreditados por el funcionario,
se valorarán por el Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se
podrá obtener por este apartado será de 6 puntos. Los cursos deberán tener una
duración igual o superior a quince horas lectivas y haber sido convocados, impartidos u
homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de
Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores
dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones
Públicas. Los cursos deberán acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia
y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o impartición.
La certificación de los méritos para la fase de concurso deberá realizarse según el
modelo incluido como anexo a la convocatoria.
Personal laboral fijo.
2.2.1 Antigüedad. Servicios prestados como personal laboral fijo en la
Administración General del Estado o en Organismos Públicos, Agencias y demás
Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o
dependientes de la Administración General del Estado, la puntuación máxima será de 18
puntos a razón de 0,60 puntos por año completo de servicios.
2.2.2 Trabajo desarrollado. Por el tiempo de servicios efectivos prestados como
personal laboral fijo en puestos del grupo y especialidad 2G-Archivos, bibliotecas y
museos del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración
General del Estado vigente o de categoría profesional equivalente del III Convenio Único
para el Personal Laboral de la Administración General del Estado, siempre y cuando los
puestos en los que se han desempeñado dichas funciones hayan quedado encuadrados
en el grupo y especialidad 2G-Archivos, bibliotecas y museos del IV Convenio colectivo
cve: BOE-A-2023-4400
Verificable en https://www.boe.es
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