II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2023-4396)
Orden JUS/137/2023, de 25 de enero, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses y en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sexta.
Sec. II.B. Pág. 25351
Baremación del concurso.
1. Los méritos alegados y acreditados se valorarán con referencia a la fecha de
cierre del plazo de presentación de solicitudes de participación.
2. Se evaluarán los méritos de conformidad con el siguiente baremo:
A) Antigüedad, con un máximo de 60 puntos, a razón de 2 puntos por año completo
de servicios como titular en el Cuerpo de Médicos Forenses. Los periodos inferiores al
año se computarán proporcionalmente a razón de 0,00555556 por día, estableciéndose
los meses como de treinta días.
B) Conocimiento oral y escrito del catalán sólo para quienes soliciten alguno de los
puestos ubicados dentro del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Illes
Balears, con un máximo de 12 puntos. El conocimiento de dicho idioma se valorará de la
siguiente forma:
a) Certificado de nivel B2 o títulos homologados: 4 puntos.
b) Certificado de nivel C1 o títulos homologados: 8 puntos.
c) Certificado de nivel C2 o títulos homologados: 12 puntos.
Para valorar estos conocimientos se deberá aportar certificado expedido con arreglo
a la normativa en vigor en la Comunidad Autónoma de Illes Balears.
3. El presente concurso constará de una única fase en la que se valorarán los
méritos enumerados en los apartados A y B del baremo.
Séptima.
Adjudicación de puestos.
El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por
la puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la Base Sexta de esta
convocatoria.
En caso de empate en la puntuación total, incluido el idioma, se acudirá para dirimirlo
a la mayor antigüedad en el Cuerpo de que se trate y, de persistir el empate, al número
de orden obtenido en el proceso selectivo de acceso a dicho Cuerpo, incluido el idioma o
derecho propios.
Octava. Carácter de los destinos adjudicados.
1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24
de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y, en consecuencia, no generarán
derecho al abono de indemnizaciones por concepto alguno.
2. Los destinos serán irrenunciables según lo dispuesto en el artículo 53 del
Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del
Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Resolución del concurso.
1. El presente concurso será resuelto coordinadamente por el Ministerio de Justicia
y el órgano competente de la Comunidad Autónoma convocante del concurso. El plazo
para la resolución será de seis meses, contados desde el día siguiente a la finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
2. La Resolución expresará el puesto de origen del personal al que se adjudique
destino y su localidad, así como su situación administrativa, si esta es distinta a la de
activo, y el puesto adjudicado.
cve: BOE-A-2023-4396
Verificable en https://www.boe.es
Novena.
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sexta.
Sec. II.B. Pág. 25351
Baremación del concurso.
1. Los méritos alegados y acreditados se valorarán con referencia a la fecha de
cierre del plazo de presentación de solicitudes de participación.
2. Se evaluarán los méritos de conformidad con el siguiente baremo:
A) Antigüedad, con un máximo de 60 puntos, a razón de 2 puntos por año completo
de servicios como titular en el Cuerpo de Médicos Forenses. Los periodos inferiores al
año se computarán proporcionalmente a razón de 0,00555556 por día, estableciéndose
los meses como de treinta días.
B) Conocimiento oral y escrito del catalán sólo para quienes soliciten alguno de los
puestos ubicados dentro del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Illes
Balears, con un máximo de 12 puntos. El conocimiento de dicho idioma se valorará de la
siguiente forma:
a) Certificado de nivel B2 o títulos homologados: 4 puntos.
b) Certificado de nivel C1 o títulos homologados: 8 puntos.
c) Certificado de nivel C2 o títulos homologados: 12 puntos.
Para valorar estos conocimientos se deberá aportar certificado expedido con arreglo
a la normativa en vigor en la Comunidad Autónoma de Illes Balears.
3. El presente concurso constará de una única fase en la que se valorarán los
méritos enumerados en los apartados A y B del baremo.
Séptima.
Adjudicación de puestos.
El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por
la puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la Base Sexta de esta
convocatoria.
En caso de empate en la puntuación total, incluido el idioma, se acudirá para dirimirlo
a la mayor antigüedad en el Cuerpo de que se trate y, de persistir el empate, al número
de orden obtenido en el proceso selectivo de acceso a dicho Cuerpo, incluido el idioma o
derecho propios.
Octava. Carácter de los destinos adjudicados.
1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24
de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y, en consecuencia, no generarán
derecho al abono de indemnizaciones por concepto alguno.
2. Los destinos serán irrenunciables según lo dispuesto en el artículo 53 del
Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del
Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Resolución del concurso.
1. El presente concurso será resuelto coordinadamente por el Ministerio de Justicia
y el órgano competente de la Comunidad Autónoma convocante del concurso. El plazo
para la resolución será de seis meses, contados desde el día siguiente a la finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
2. La Resolución expresará el puesto de origen del personal al que se adjudique
destino y su localidad, así como su situación administrativa, si esta es distinta a la de
activo, y el puesto adjudicado.
cve: BOE-A-2023-4396
Verificable en https://www.boe.es
Novena.