II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2023-4396)
Orden JUS/137/2023, de 25 de enero, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses y en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 25348
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE JUSTICIA
4396
Orden JUS/137/2023, de 25 de enero, por la que se convoca concurso para
la provisión de puestos de trabajo en los Institutos de Medicina Legal y
Ciencias Forenses y en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias
Forenses.
De conformidad con lo establecido en el artículo 531 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial y en los artículos 43 a 48 y 51 a 53 del Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al
Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de
diciembre, se anuncia concurso de traslado para la provisión de puestos genéricos vacantes
que se citan en el anexo I, entre el personal funcionario del Cuerpo de Médicos Forenses,
de acuerdo con las siguientes bases:
Primera.
Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, por concurso de traslado, de
los puestos de trabajo genéricos vacantes incluidos en las Relaciones de Puestos de
Trabajo de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses y del Instituto Nacional
de Toxicología y Ciencias Forenses del ámbito del Ministerio de Justicia.
En todo lo no previsto concretamente en la presente convocatoria, en la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al
Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de
diciembre, se aplicará lo dispuesto en la legislación general sobre la función pública.
Requisitos y condiciones de participación.
1. Podrá tomar parte en este concurso el personal funcionario de carrera
perteneciente al Cuerpo de Médicos Forenses, cualquiera que sea el ámbito territorial en
que estén destinados, que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos
determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación
de las solicitudes de participación y las mantengan hasta la resolución definitiva del
concurso.
2. Sólo podrán tomar parte en este concurso si en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes hubieran transcurrido dos años desde que se dictó la
resolución por la que se convocó el concurso de traslado en el que se les adjudicó
destino definitivo, o la resolución en la que se les adjudicó destino definitivo, si se trata
de personal funcionario de nuevo ingreso.
Para el cómputo de los años se considerará como primer año el año natural en que
se dictaron las resoluciones de que se trate, con independencia de su fecha, y como
segundo año, el año natural siguiente.
El personal funcionario que no tenga destino definitivo está obligado a participar en
los concursos de acuerdo con la normativa vigente, estando excluido de dicha limitación
temporal.
3. No podrán tomar parte en este concurso:
a)
El personal declarado suspenso en firme, mientras dure la suspensión.
cve: BOE-A-2023-4396
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 25348
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE JUSTICIA
4396
Orden JUS/137/2023, de 25 de enero, por la que se convoca concurso para
la provisión de puestos de trabajo en los Institutos de Medicina Legal y
Ciencias Forenses y en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias
Forenses.
De conformidad con lo establecido en el artículo 531 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial y en los artículos 43 a 48 y 51 a 53 del Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al
Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de
diciembre, se anuncia concurso de traslado para la provisión de puestos genéricos vacantes
que se citan en el anexo I, entre el personal funcionario del Cuerpo de Médicos Forenses,
de acuerdo con las siguientes bases:
Primera.
Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, por concurso de traslado, de
los puestos de trabajo genéricos vacantes incluidos en las Relaciones de Puestos de
Trabajo de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses y del Instituto Nacional
de Toxicología y Ciencias Forenses del ámbito del Ministerio de Justicia.
En todo lo no previsto concretamente en la presente convocatoria, en la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al
Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de
diciembre, se aplicará lo dispuesto en la legislación general sobre la función pública.
Requisitos y condiciones de participación.
1. Podrá tomar parte en este concurso el personal funcionario de carrera
perteneciente al Cuerpo de Médicos Forenses, cualquiera que sea el ámbito territorial en
que estén destinados, que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos
determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación
de las solicitudes de participación y las mantengan hasta la resolución definitiva del
concurso.
2. Sólo podrán tomar parte en este concurso si en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes hubieran transcurrido dos años desde que se dictó la
resolución por la que se convocó el concurso de traslado en el que se les adjudicó
destino definitivo, o la resolución en la que se les adjudicó destino definitivo, si se trata
de personal funcionario de nuevo ingreso.
Para el cómputo de los años se considerará como primer año el año natural en que
se dictaron las resoluciones de que se trate, con independencia de su fecha, y como
segundo año, el año natural siguiente.
El personal funcionario que no tenga destino definitivo está obligado a participar en
los concursos de acuerdo con la normativa vigente, estando excluido de dicha limitación
temporal.
3. No podrán tomar parte en este concurso:
a)
El personal declarado suspenso en firme, mientras dure la suspensión.
cve: BOE-A-2023-4396
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.