II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2023-4411)
Orden de 25 de enero de 2023, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo genéricos en los los Institutos de Medicina Legal de Andalucía, para el Cuerpo de Médicos Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43

Lunes 20 de febrero de 2023

Sec. II.B. Pág. 25496

2. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de diez días hábiles siguientes al
de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» o diario
oficial de la comunidad autónoma simultáneamente y dirigidas al Servicio de Gestión de
Recursos Humanos de la Secretaría General de Servicios Judiciales, debiendo tener
entrada en el Registro General de la Consejería de Justicia, Administración Local
y Función Pública, plaza Nueva, núm. 1, 41071 Sevilla.
Si dicha simultaneidad no fuese posible, los términos y plazos establecidos se contarán,
en todo caso, a partir de la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
3. Las solicitudes podrán presentarse también por cualquiera de las formas que
establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si las solicitudes se presentaran
a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y
selladas por el funcionario correspondiente antes de ser certificadas.
4. Los funcionarios destinados en órganos de las comunidades autónomas con
competencias asumidas, presentarán su solicitud en el órgano correspondiente de dicha
comunidad, y los destinados en el ámbito competencia del Ministerio, la presentarán en
el Ministerio de Justicia.
5. La solicitud para tomar parte en este concurso será única para cada funcionario
participante, aunque se soliciten plazas radicadas en el territorio de las comunidades
autónomas con competencias transferidas que, por tanto, figuren en las convocatorias
que simultáneamente a esta se realicen por los gobiernos autónomos.
Si se presentara más de una solicitud de participación solo se tendrá en
consideración la última.
6. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el
plazo de presentación de las mismas.
7. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el
período de presentación de instancias.
8. Con la solicitud se adjuntarán los siguientes documentos:
a) Fotocopia de la resolución por la que se le adjudicó la última plaza desempeñada
en propiedad.
b) El concursante en situación de excedencia aportará fotocopia compulsada de la
resolución por la que se le concedió la excedencia.
9. Una vez recibida la solicitud, el órgano competente del último destino expedirá
una certificación original actualizada de los servicios prestados en el Cuerpo de Médicos
Forenses y desglose de los períodos desde la fecha de inicio (día, mes, año) hasta la
fecha final (día, mes, año) y la unirá a la instancia.
Asimismo, dicho órgano de personal rellenará en la cabecera de la instancia o en hoja
anexa la puntuación por idioma e indicará si el funcionario lleva en su actual destino el
periodo legalmente establecido en el artículo 46 del Reglamento de Ingreso, Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la
Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, y si
está incurso en alguna de las situaciones previstas en el artículo 43.2 de dicha norma.
Peticiones condicionadas.

Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian para un mismo
municipio, partido judicial o provincia dos funcionarios, podrán condicionar su petición al
hecho de que ambos obtengan destino en el mismo municipio, partido judicial o
provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones condicionadas
efectuadas por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición condicionada
deberán concretarlo en su instancia en el apartado C, especificando el nombre y
apellidos y NIF de la persona con quien condiciona y acompañando fotocopia de la
solicitud del otro funcionario. Si alguno de los concursantes no lo indicase en el
apartado C, quedarán anuladas ambas instancias.

cve: BOE-A-2023-4411
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Quinta.