I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Cambio climático. (BOE-A-2023-4378)
Ley 6/2022, de 5 de diciembre, del Cambio Climático y la Transición Ecológica de la Comunitat Valenciana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Artículo 153.
Sec. I. Pág. 25149
Sanciones.
Disposición adicional primera. Dotación de recursos.
Disposición adicional segunda. Constitución del Comité de Expertos en Cambio
Climático de la Comunitat Valenciana.
Disposición adicional tercera. Plan valenciano integrado de energía y cambio
climático.
Disposición adicional cuarta. Planes de cambio climático de las entidades locales.
Disposición adicional quinta. Directrices de incorporación de perspectiva climática.
Disposición adicional sexta. Evaluación de impacto ambiental.
Disposición adicional séptima. Planificación territorial.
Disposición adicional octava. Calendario de adaptación.
Disposición adicional novena. Fondo para la Transición Ecológica.
Disposición adicional décima. Formación de los gestores energéticos.
Disposición adicional undécima. Rehabilitación del parque edificado público.
Disposición adicional duodécima. Pacto de alcaldes y alcaldesas por el clima y la
energía.
Disposición adicional decimotercera. Posición del Consell ante el Estado o Europa.
Disposición adicional decimocuarta. Condiciones urbanísticas aplicables a la
rehabilitación de edificios con el fin de mejorar la eficiencia energética.
Disposición adicional decimoquinta. Aprobación del plan de políticas activas de
empleo para la transición ecológica.
Disposición transitoria primera. Otorgamiento de licencias.
Disposición transitoria segunda. Información de flotas de vehículos.
Disposición transitoria tercera. Auditorías energéticas al sector público.
Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria quinta.
Disposición derogatoria única.
Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Anexo I. Definiciones.
Anexo II. Porcentajes mínimos para incorporar en las renovaciones anuales de flota
de acuerdo con el artículo 63.2 de esta ley.
PREÁMBULO
El cambio climático asociado al rápido aumento de la temperatura de nuestro planeta
respecto a los niveles preindustriales constituye el mayor desafío global al que se
enfrenta la humanidad en su conjunto, con consecuencias potencialmente devastadoras
para las futuras generaciones. Hoy en día, no existe ninguna duda de que la principal
causa del calentamiento global son las emisiones de gases de efecto invernadero (de
ahora en adelante GEI) producidas por diferentes actividades humanas, derivadas del
modelo económico que impera en nuestra sociedad, como por ejemplo la producción
industrial, la generación de energía eléctrica mediante fuentes no renovables, el uso de
combustibles fósiles, el transporte o la actividad agropecuaria.
El calentamiento global es un problema de equilibrio medioambiental que incide en
ámbitos muy diferentes, desde conservación del patrimonio y los recursos naturales a la
economía, el acceso al agua, la alimentación, la salud, los aspectos sociales, el
comercio, la planificación territorial, las infraestructuras y la movilidad, entre otros.
Es un reto urgente que, por un lado, requiere de una transformación profunda del
modelo energético, productivo y de consumo y, por otro lado, de la prevención y
cve: BOE-A-2023-4378
Verificable en https://www.boe.es
I
Núm. 43
Lunes 20 de febrero de 2023
Artículo 153.
Sec. I. Pág. 25149
Sanciones.
Disposición adicional primera. Dotación de recursos.
Disposición adicional segunda. Constitución del Comité de Expertos en Cambio
Climático de la Comunitat Valenciana.
Disposición adicional tercera. Plan valenciano integrado de energía y cambio
climático.
Disposición adicional cuarta. Planes de cambio climático de las entidades locales.
Disposición adicional quinta. Directrices de incorporación de perspectiva climática.
Disposición adicional sexta. Evaluación de impacto ambiental.
Disposición adicional séptima. Planificación territorial.
Disposición adicional octava. Calendario de adaptación.
Disposición adicional novena. Fondo para la Transición Ecológica.
Disposición adicional décima. Formación de los gestores energéticos.
Disposición adicional undécima. Rehabilitación del parque edificado público.
Disposición adicional duodécima. Pacto de alcaldes y alcaldesas por el clima y la
energía.
Disposición adicional decimotercera. Posición del Consell ante el Estado o Europa.
Disposición adicional decimocuarta. Condiciones urbanísticas aplicables a la
rehabilitación de edificios con el fin de mejorar la eficiencia energética.
Disposición adicional decimoquinta. Aprobación del plan de políticas activas de
empleo para la transición ecológica.
Disposición transitoria primera. Otorgamiento de licencias.
Disposición transitoria segunda. Información de flotas de vehículos.
Disposición transitoria tercera. Auditorías energéticas al sector público.
Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria quinta.
Disposición derogatoria única.
Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Anexo I. Definiciones.
Anexo II. Porcentajes mínimos para incorporar en las renovaciones anuales de flota
de acuerdo con el artículo 63.2 de esta ley.
PREÁMBULO
El cambio climático asociado al rápido aumento de la temperatura de nuestro planeta
respecto a los niveles preindustriales constituye el mayor desafío global al que se
enfrenta la humanidad en su conjunto, con consecuencias potencialmente devastadoras
para las futuras generaciones. Hoy en día, no existe ninguna duda de que la principal
causa del calentamiento global son las emisiones de gases de efecto invernadero (de
ahora en adelante GEI) producidas por diferentes actividades humanas, derivadas del
modelo económico que impera en nuestra sociedad, como por ejemplo la producción
industrial, la generación de energía eléctrica mediante fuentes no renovables, el uso de
combustibles fósiles, el transporte o la actividad agropecuaria.
El calentamiento global es un problema de equilibrio medioambiental que incide en
ámbitos muy diferentes, desde conservación del patrimonio y los recursos naturales a la
economía, el acceso al agua, la alimentación, la salud, los aspectos sociales, el
comercio, la planificación territorial, las infraestructuras y la movilidad, entre otros.
Es un reto urgente que, por un lado, requiere de una transformación profunda del
modelo energético, productivo y de consumo y, por otro lado, de la prevención y
cve: BOE-A-2023-4378
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