III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Convenios de cooperación transfronteriza. (BOE-A-2023-4367)
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Convenio de cooperación transfronteriza de la Comunidad de Trabajo de la "Eurorregión Alentejo-Centro-Extremadura (EUROACE)".
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 18 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 25085
Que el fortalecimiento de las relaciones de vecindad a lo largo de las últimas
décadas, ha contribuido de manera decisiva en el proceso de crecimiento económico y la
mejora de las condiciones de vida de sus habitantes, contribuyendo de esta forma a
acercar las poblaciones de ambos lados de la frontera y a superar tanto los límites
administrativas que marca la frontera, como el impacto negativo del efecto frontera, que
dificultan la integración social y el desarrollo integral de los territorios limítrofes;
Que compartir fronteras significa también propiciar la dinamización de los recursos
propios de las tres regiones, así como nuevas oportunidades de desarrollo conjunto, lo
que para Alentejo, Centro y Extremadura implica aprovechar ventajas competitivas como
la privilegiada ubicación geográfica que comparten las tres regiones, enclave
geoestratégico entre las capitales ibéricas y las ciudades de Oporto y Sevilla;
Que el espacio de cooperación creado entre las regiones de Alentejo, Centro y
Extremadura constituye un instrumento fundamental para participar de forma conjunta en
los programas y acciones comunitarias desarrolladas en el marco de la Cooperación
Territorial Europea, uno de los objetivos de la política de cohesión;
Que la iniciativa INTERREG ha sido decisiva en Alentejo, Centro y Extremadura,
financiando proyectos de cooperación transfronteriza de diferentes tipologías, teniendo
siempre como premisa el objetivo común de implicar a los diferentes agentes públicos y
privados de las tres regiones, y que han contribuido a mejorar la accesibilidad, la
protección del medio ambiente y a extender la economía del conocimiento, pero también
han ido incorporando nuevos ámbitos en la cooperación, como lucha contra la violencia
de género o la cooperación al desarrollo, entre otros;
Que el «Convenio Marco Europeo sobre la Cooperación Transfronteriza entre
Comunidades o Autoridades Territoriales», adoptado en Madrid el 21 de mayo de 1980 y
ratificado por España y Portugal, favorece la cooperación entre regiones fronterizas para
adaptarse a la realidad de una Europa sin fronteras internas;
Que España y Portugal firmaron, el 3 de octubre de 2002, en Valencia, el «Tratado
entre el Reino de España y la República Portuguesa sobre la Cooperación
Transfronteriza entre Entidades e Instancias Territoriales» (en adelante Tratado de
Valencia), que tiene como objetivo promover y regular jurídicamente las formas de
cooperación que se rigen por el Derecho público;
Que en el territorio de las tres regiones han surgido diversas dinámicas
transfronterizas de base local que, estando organizadas según diferentes tipologías de
organismos de cooperación, suponen una contribución imprescindible para lograr una
articulación armoniosa de los territorios de Alentejo, Centro y Extremadura;
Que las experiencias desarrolladas de forma independiente y paralela en una fase
inicial a través, por un lado, de la Comunidad de Trabajo «Alentejo-Extremadura»,
creada mediante el Protocolo de Cooperación de 27 enero de 1992 y, por otro lado, de la
Comunidad de Trabajo «Extremadura-Centro», mediante el Protocolo de Cooperación
de 27 de mayo de 1994, dieron paso a una dinámica de colaboración tripartita, con
resultados muy positivos en cuanto a la eficacia y eficiencia del proceso de cooperación
entre las tres regiones, a través de la constitución de la Comunidad de Trabajo de la
«Eurorregión Alentejo-Centro-Extremadura» con el Convenio de cooperación
transfronteriza suscrito en Vila Velha de Ródão el 21 de septiembre de 2009;
Que habiendo transcurrido más de una década desde la constitución de la
Comunidad de Trabajo de la «Eurorregión Alentejo-Centro-Extremadura», tanto en
Europa como en los países ibéricos y en las regiones de Alentejo, Centro y Extremadura,
se han registrado cambios profundos, evidenciándose más que nunca la necesidad de la
cooperación para lograr vencer los desafíos a los que nos enfrentamos, buscando
soluciones conjuntas a problemas comunes tales como el cambio climático, las
enfermedades, los incendios, la desertificación, la pérdida de diversidad o la
despoblación de nuestros territorios;
Que en este contexto, se hace necesario promover, en el ámbito de sus respectivas
competencias y dentro del respeto hacia sus respectivos Derechos internos, la
actualización de la Comunidad de Trabajo de la «Eurorregión Alentejo-Centro-
cve: BOE-A-2023-4367
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 42
Sábado 18 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 25085
Que el fortalecimiento de las relaciones de vecindad a lo largo de las últimas
décadas, ha contribuido de manera decisiva en el proceso de crecimiento económico y la
mejora de las condiciones de vida de sus habitantes, contribuyendo de esta forma a
acercar las poblaciones de ambos lados de la frontera y a superar tanto los límites
administrativas que marca la frontera, como el impacto negativo del efecto frontera, que
dificultan la integración social y el desarrollo integral de los territorios limítrofes;
Que compartir fronteras significa también propiciar la dinamización de los recursos
propios de las tres regiones, así como nuevas oportunidades de desarrollo conjunto, lo
que para Alentejo, Centro y Extremadura implica aprovechar ventajas competitivas como
la privilegiada ubicación geográfica que comparten las tres regiones, enclave
geoestratégico entre las capitales ibéricas y las ciudades de Oporto y Sevilla;
Que el espacio de cooperación creado entre las regiones de Alentejo, Centro y
Extremadura constituye un instrumento fundamental para participar de forma conjunta en
los programas y acciones comunitarias desarrolladas en el marco de la Cooperación
Territorial Europea, uno de los objetivos de la política de cohesión;
Que la iniciativa INTERREG ha sido decisiva en Alentejo, Centro y Extremadura,
financiando proyectos de cooperación transfronteriza de diferentes tipologías, teniendo
siempre como premisa el objetivo común de implicar a los diferentes agentes públicos y
privados de las tres regiones, y que han contribuido a mejorar la accesibilidad, la
protección del medio ambiente y a extender la economía del conocimiento, pero también
han ido incorporando nuevos ámbitos en la cooperación, como lucha contra la violencia
de género o la cooperación al desarrollo, entre otros;
Que el «Convenio Marco Europeo sobre la Cooperación Transfronteriza entre
Comunidades o Autoridades Territoriales», adoptado en Madrid el 21 de mayo de 1980 y
ratificado por España y Portugal, favorece la cooperación entre regiones fronterizas para
adaptarse a la realidad de una Europa sin fronteras internas;
Que España y Portugal firmaron, el 3 de octubre de 2002, en Valencia, el «Tratado
entre el Reino de España y la República Portuguesa sobre la Cooperación
Transfronteriza entre Entidades e Instancias Territoriales» (en adelante Tratado de
Valencia), que tiene como objetivo promover y regular jurídicamente las formas de
cooperación que se rigen por el Derecho público;
Que en el territorio de las tres regiones han surgido diversas dinámicas
transfronterizas de base local que, estando organizadas según diferentes tipologías de
organismos de cooperación, suponen una contribución imprescindible para lograr una
articulación armoniosa de los territorios de Alentejo, Centro y Extremadura;
Que las experiencias desarrolladas de forma independiente y paralela en una fase
inicial a través, por un lado, de la Comunidad de Trabajo «Alentejo-Extremadura»,
creada mediante el Protocolo de Cooperación de 27 enero de 1992 y, por otro lado, de la
Comunidad de Trabajo «Extremadura-Centro», mediante el Protocolo de Cooperación
de 27 de mayo de 1994, dieron paso a una dinámica de colaboración tripartita, con
resultados muy positivos en cuanto a la eficacia y eficiencia del proceso de cooperación
entre las tres regiones, a través de la constitución de la Comunidad de Trabajo de la
«Eurorregión Alentejo-Centro-Extremadura» con el Convenio de cooperación
transfronteriza suscrito en Vila Velha de Ródão el 21 de septiembre de 2009;
Que habiendo transcurrido más de una década desde la constitución de la
Comunidad de Trabajo de la «Eurorregión Alentejo-Centro-Extremadura», tanto en
Europa como en los países ibéricos y en las regiones de Alentejo, Centro y Extremadura,
se han registrado cambios profundos, evidenciándose más que nunca la necesidad de la
cooperación para lograr vencer los desafíos a los que nos enfrentamos, buscando
soluciones conjuntas a problemas comunes tales como el cambio climático, las
enfermedades, los incendios, la desertificación, la pérdida de diversidad o la
despoblación de nuestros territorios;
Que en este contexto, se hace necesario promover, en el ámbito de sus respectivas
competencias y dentro del respeto hacia sus respectivos Derechos internos, la
actualización de la Comunidad de Trabajo de la «Eurorregión Alentejo-Centro-
cve: BOE-A-2023-4367
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 42