I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Infraestructuras ferroviarias. (BOE-A-2023-4324)
Orden TMA/135/2023, de 15 de febrero, por la que se aprueban la instrucción ferroviaria para el proyecto y construcción del subsistema de infraestructura (IFI) y la instrucción ferroviaria para el proyecto y construcción del subsistema de energía (IFE) y se modifican la Orden FOM/1630/2015, de 14 de julio, por la que se aprueba la Instrucción ferroviaria de gálibos y la Orden FOM/2015/2016, de 30 de diciembre, por la que se aprueba el Catálogo Oficial de Señales de Circulación Ferroviaria en la Red Ferroviaria de Interés General.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42
Sábado 18 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 24531
las fuerzas transversales ejercidas sobre la vía por un eje montado, para unas
condiciones de ensayo definidas. La resistencia transversal de la vía será coherente con
esos valores.
(b) La fuerza cuasi-estática de guiado, Yqst, ejercida sobre la vía por un eje
montado. La Orden TMA/576/2020, de 22 de junio (IF MR ALC-20) fija un límite de la
fuerza cuasi-estática de guiado Yqst, para radios y condiciones de ensayo definidos. La
resistencia transversal de la vía será coherente con esos valores.
4.1.4.5
Resistencia de las estructuras frente a las cargas del tráfico.
Se incluyen las siguientes instrucciones adicionales en relación con el apartado 4.2.7
de la ETI de infraestructura:
Solamente para estructuras nuevas en líneas nuevas o existentes:
Deben aplicarse los requisitos de la Instrucción de acciones a considerar en puentes
de ferrocarril vigente, y los de la Instrucción sobre las inspecciones técnicas en los
puentes de ferrocarril vigente.
4.1.4.5.1
Cargas verticales.
Se incluyen las siguientes instrucciones
apartado 4.2.7.1.1 de la ETI de infraestructura:
adicionales
en
relación
con
el
Solamente para estructuras nuevas en líneas nuevas o existentes:
Se diseñarán las estructuras para que soporten las cargas verticales, de acuerdo con
los modelos de cargas definidos en la Instrucción de acciones a considerar en puentes
de ferrocarril vigente, multiplicadas por el factor alfa (α).
4.1.4.5.2
Mayoración por efectos dinámicos de las cargas verticales.
Se incluyen las siguientes instrucciones
apartado 4.2.7.1.2 de la ETI de infraestructura:
adicionales
en
relación
con
el
Los efectos de los modelos de las cargas estáticas se aumentarán con el coeficiente
de impacto (Φ) definido en la Instrucción de acciones a considerar en puentes de
ferrocarril vigente.
La necesidad de realizar el análisis dinámico de un puente se determinará según lo
establecido en la Instrucción de acciones a considerar en puentes de ferrocarril vigente.
Cuando sea necesario, para tráfico de viajeros, el análisis dinámico se efectuará
utilizando los modelos de carga HSLM y las velocidades correspondientes, establecidos
en la Instrucción de acciones a considerar en puentes de ferrocarril vigente.
Se permite proyectar los puentes nuevos de modo que puedan ser compatibles
adicionalmente con algún tipo específico de trenes de viajeros que no sea conforme con
los límites de validez del modelo de cargas HSLM definido en la Instrucción de acciones
a considerar en puentes de ferrocarril vigente (por ejemplo, debido a cargas por eje
superiores, diferente separación entre los ejes del mismo bogie, etc.).
El análisis dinámico se podrá llevar a cabo siguiendo los procedimientos y modelos
descritos en el documento «Documentos complementarios no contradictorios para la
aplicación de los eurocódigos para el cálculo de puentes de ferrocarril».
cve: BOE-A-2023-4324
Verificable en https://www.boe.es
Solamente para estructuras nuevas en líneas nuevas o existentes:
Núm. 42
Sábado 18 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 24531
las fuerzas transversales ejercidas sobre la vía por un eje montado, para unas
condiciones de ensayo definidas. La resistencia transversal de la vía será coherente con
esos valores.
(b) La fuerza cuasi-estática de guiado, Yqst, ejercida sobre la vía por un eje
montado. La Orden TMA/576/2020, de 22 de junio (IF MR ALC-20) fija un límite de la
fuerza cuasi-estática de guiado Yqst, para radios y condiciones de ensayo definidos. La
resistencia transversal de la vía será coherente con esos valores.
4.1.4.5
Resistencia de las estructuras frente a las cargas del tráfico.
Se incluyen las siguientes instrucciones adicionales en relación con el apartado 4.2.7
de la ETI de infraestructura:
Solamente para estructuras nuevas en líneas nuevas o existentes:
Deben aplicarse los requisitos de la Instrucción de acciones a considerar en puentes
de ferrocarril vigente, y los de la Instrucción sobre las inspecciones técnicas en los
puentes de ferrocarril vigente.
4.1.4.5.1
Cargas verticales.
Se incluyen las siguientes instrucciones
apartado 4.2.7.1.1 de la ETI de infraestructura:
adicionales
en
relación
con
el
Solamente para estructuras nuevas en líneas nuevas o existentes:
Se diseñarán las estructuras para que soporten las cargas verticales, de acuerdo con
los modelos de cargas definidos en la Instrucción de acciones a considerar en puentes
de ferrocarril vigente, multiplicadas por el factor alfa (α).
4.1.4.5.2
Mayoración por efectos dinámicos de las cargas verticales.
Se incluyen las siguientes instrucciones
apartado 4.2.7.1.2 de la ETI de infraestructura:
adicionales
en
relación
con
el
Los efectos de los modelos de las cargas estáticas se aumentarán con el coeficiente
de impacto (Φ) definido en la Instrucción de acciones a considerar en puentes de
ferrocarril vigente.
La necesidad de realizar el análisis dinámico de un puente se determinará según lo
establecido en la Instrucción de acciones a considerar en puentes de ferrocarril vigente.
Cuando sea necesario, para tráfico de viajeros, el análisis dinámico se efectuará
utilizando los modelos de carga HSLM y las velocidades correspondientes, establecidos
en la Instrucción de acciones a considerar en puentes de ferrocarril vigente.
Se permite proyectar los puentes nuevos de modo que puedan ser compatibles
adicionalmente con algún tipo específico de trenes de viajeros que no sea conforme con
los límites de validez del modelo de cargas HSLM definido en la Instrucción de acciones
a considerar en puentes de ferrocarril vigente (por ejemplo, debido a cargas por eje
superiores, diferente separación entre los ejes del mismo bogie, etc.).
El análisis dinámico se podrá llevar a cabo siguiendo los procedimientos y modelos
descritos en el documento «Documentos complementarios no contradictorios para la
aplicación de los eurocódigos para el cálculo de puentes de ferrocarril».
cve: BOE-A-2023-4324
Verificable en https://www.boe.es
Solamente para estructuras nuevas en líneas nuevas o existentes: