I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Infraestructuras ferroviarias. (BOE-A-2023-4324)
Orden TMA/135/2023, de 15 de febrero, por la que se aprueban la instrucción ferroviaria para el proyecto y construcción del subsistema de infraestructura (IFI) y la instrucción ferroviaria para el proyecto y construcción del subsistema de energía (IFE) y se modifican la Orden FOM/1630/2015, de 14 de julio, por la que se aprueba la Instrucción ferroviaria de gálibos y la Orden FOM/2015/2016, de 30 de diciembre, por la que se aprueba el Catálogo Oficial de Señales de Circulación Ferroviaria en la Red Ferroviaria de Interés General.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42
Sábado 18 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 24468
6.2.4.10.2 Descarga de aseos (4.1.4.11.2) (apartado no incluido en la ETI de
infraestructura).
6.2.4.10.3 Instalaciones para la limpieza exterior de los trenes (4.1.4.11.3)
(apartado no incluido en la ETI de infraestructura).
6.2.4.10.4 Aprovisionamiento de agua (4.1.4.11.4) (apartado no incluido en la ETI
de infraestructura).
6.2.4.10.5 Repostaje de combustible (4.1.4.11.5) (apartado no incluido en la ETI de
infraestructura).
6.2.4.10.6 Tomas de corriente eléctrica, (4.1.4.11.6) (apartado no incluido en la ETI
de infraestructura).
6.2.5
diseño.
Soluciones técnicas que confieren presunción de conformidad en la fase de
6.3 Verificación ce cuando se emplee la velocidad como criterio de migración.
6.4 Evaluación de la ficha de mantenimiento.
6.5 Subsistemas que incluyan componentes de interoperabilidad sin declaración CE.
6.6 Subsistemas que incluyan componentes de interoperabilidad aptos para el uso
y válidos para ser reutilizados.
7.
Aplicación de la instrucción al subsistema de infraestructura.
7.1 Aplicación de la instrucción al subsistema de infraestructura en el caso de
líneas ferroviarias nuevas.
7.1.1 Definición de línea ferroviaria nueva.
7.1.2 Autorización de entrada en servicio del subsistema de infraestructura.
7.1.3 Categorías de las líneas.
7.2 Aplicación de la instrucción al subsistema de infraestructura en el caso de
líneas ferroviarias existentes.
7.2.1
Acondicionamiento o mejora de una línea.
7.2.1.1
7.2.2
Acondicionamiento o mejora del subsistema de infraestructura.
Renovación de una línea.
7.2.2.1
Renovación del subsistema de infraestructura.
7.2.3 Sustitución en el marco del mantenimiento.
7.2.4 Líneas existentes que no están sujetas a un proyecto de renovación o
acondicionamiento.
7.3
Aplicación de la instrucción a túneles.
7.3.1 Túneles nuevos.
7.3.2 Túneles existentes.
Acondicionamiento o renovación del túnel.
Ampliación de un túnel.
7.4 La velocidad como criterio de migración.
7.5 Evaluación de compatibilidad entre infraestructura y material rodante tras la
autorización de dicho material.
cve: BOE-A-2023-4324
Verificable en https://www.boe.es
7.3.2.1
7.3.2.2
Núm. 42
Sábado 18 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 24468
6.2.4.10.2 Descarga de aseos (4.1.4.11.2) (apartado no incluido en la ETI de
infraestructura).
6.2.4.10.3 Instalaciones para la limpieza exterior de los trenes (4.1.4.11.3)
(apartado no incluido en la ETI de infraestructura).
6.2.4.10.4 Aprovisionamiento de agua (4.1.4.11.4) (apartado no incluido en la ETI
de infraestructura).
6.2.4.10.5 Repostaje de combustible (4.1.4.11.5) (apartado no incluido en la ETI de
infraestructura).
6.2.4.10.6 Tomas de corriente eléctrica, (4.1.4.11.6) (apartado no incluido en la ETI
de infraestructura).
6.2.5
diseño.
Soluciones técnicas que confieren presunción de conformidad en la fase de
6.3 Verificación ce cuando se emplee la velocidad como criterio de migración.
6.4 Evaluación de la ficha de mantenimiento.
6.5 Subsistemas que incluyan componentes de interoperabilidad sin declaración CE.
6.6 Subsistemas que incluyan componentes de interoperabilidad aptos para el uso
y válidos para ser reutilizados.
7.
Aplicación de la instrucción al subsistema de infraestructura.
7.1 Aplicación de la instrucción al subsistema de infraestructura en el caso de
líneas ferroviarias nuevas.
7.1.1 Definición de línea ferroviaria nueva.
7.1.2 Autorización de entrada en servicio del subsistema de infraestructura.
7.1.3 Categorías de las líneas.
7.2 Aplicación de la instrucción al subsistema de infraestructura en el caso de
líneas ferroviarias existentes.
7.2.1
Acondicionamiento o mejora de una línea.
7.2.1.1
7.2.2
Acondicionamiento o mejora del subsistema de infraestructura.
Renovación de una línea.
7.2.2.1
Renovación del subsistema de infraestructura.
7.2.3 Sustitución en el marco del mantenimiento.
7.2.4 Líneas existentes que no están sujetas a un proyecto de renovación o
acondicionamiento.
7.3
Aplicación de la instrucción a túneles.
7.3.1 Túneles nuevos.
7.3.2 Túneles existentes.
Acondicionamiento o renovación del túnel.
Ampliación de un túnel.
7.4 La velocidad como criterio de migración.
7.5 Evaluación de compatibilidad entre infraestructura y material rodante tras la
autorización de dicho material.
cve: BOE-A-2023-4324
Verificable en https://www.boe.es
7.3.2.1
7.3.2.2