III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-4297)
Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, sobre delegación de competencias para la celebración de un convenio marco para la cofinanciación de proyectos de desarrollo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Viernes 17 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 24310

No obstante, la visibilidad de la AECID en el ámbito del JEFIC aconseja delegar la
competencia que ostenta la SECI para la firma de este convenio en concreto en la figura
del Director de la AECID, de forma que figure un único firmante, de forma similar y
coherente con las personas designadas como firmantes por parte de las otras tres
instituciones.
Así pues, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y previo informe de la Abogacía del
Estado resuelvo:
Delegar la competencia en el Director de la Agencia para el acto concreto de
celebración de un convenio, de los previstos en el Capítulo VI del Título Preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por el que se
aprueba el marco para la cofinanciación de proyectos de desarrollo entre la Secretaría
de estado de Cooperación Internacional y la AECID, por una parte, y la Agencia
Francesa de Desarrollo (AFD), la KFW y la Cassa Depositi e Prestiti (CDP), por otro.

cve: BOE-A-2023-4297
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Madrid, 3 de febrero de 2023. La Secretaria de Estado de Cooperación Internacional
para el Desarrollo, Pilar Cancela Rodríguez.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X