III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-4297)
Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, sobre delegación de competencias para la celebración de un convenio marco para la cofinanciación de proyectos de desarrollo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41
Viernes 17 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 24309
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de
Cooperación Internacional, sobre delegación de competencias para la
celebración de un convenio marco para la cofinanciación de proyectos de
desarrollo.
En 2016 la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo
(AECID), la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD), la Cassa de Depositi e Prestiti (CDP)
y la KfW alemana impulsaron, junto con la Comisión Europea, un marco de cooperación
reforzada de carácter estratégico.
Una vez en vigor el nuevo Marco Financiero Plurianual europeo 2021-2027 y, en
particular, el nuevo Instrumento de Vecindad, Cooperación al Desarrollo y Cooperación
Internacional, se decidió avanzar en este partenariado a través de un pilar político, por el
que se refuerza el marco existente, y a través de la creación de una plataforma de
cofinanciación de proyectos públicos de desarrollo entre las cuatro instituciones.
Con este fin, en octubre de 2021 se firmó una Declaración, que constituye el pilar
político de esta alianza, cuyo objeto es estructurar y fortalecer la cooperación existente
entre las instituciones, perfeccionando la coordinación con arreglo al concepto Team
Europe con el fin de seguir potenciando la visibilidad de la cooperación para el desarrollo
de la Unión Europea.
Asimismo, se ha estado trabajando en el segundo pilar de esta asociación reforzada
entre las cuatro instituciones, que ha sido formalmente designada como JEFIC
(Asociación de Entidades Financieras Europeas para la Cooperación Internacional, por
sus siglas en inglés), para establecer de un acuerdo marco de cofinanciación de
proyectos públicos de desarrollo.
Dado que se pretende que la financiación se realice por las distintas instituciones a
través de la concesión de créditos soberanos a países en desarrollo, el instrumento
disponible para ello en el caso de España es a través de la financiación del Fondo para
la Promoción del Desarrollo (FONPRODE), regulado por la Ley 36/2010, de 22 de
octubre, cuya gestión corresponde a la AECID.
A efectos de la suscripción del convenio por el que se formalice dicho acuerdo
marco, el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, establece que corresponde a los Secretarios de Estado celebrar
contratos relativos a asuntos de su Secretaría de Estado y los convenios no reservados
al Ministro del que dependan, sin perjuicio de la correspondiente autorización cuando
sea preceptiva.
Por tanto, corresponde a la Secretaria de Estado de Cooperación Internacional en su
condición de tal la suscripción de este acuerdo marco de cofinanciación, en la medida
que establece las bases de futuras cofinanciaciones y en consecuencia podrá conllevar
futuros compromisos de financiación del FONPRODE, cuyo presupuesto está adscrito al
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación a través de esa
Secretaría de Estado.
Como también corresponde al Director de la AECID, asimismo, la suscripción del
citado acuerdo marco, conjuntamente con la SECI, por ostentar la competencia delegada
para la suscripción de convenios de colaboración en materia de cooperación o
instrumentos de otra naturaleza jurídica según Resolución de la Presidencia de la AECID
de 2 de julio de 2009.
cve: BOE-A-2023-4297
Verificable en https://www.boe.es
4297
Núm. 41
Viernes 17 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 24309
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de
Cooperación Internacional, sobre delegación de competencias para la
celebración de un convenio marco para la cofinanciación de proyectos de
desarrollo.
En 2016 la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo
(AECID), la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD), la Cassa de Depositi e Prestiti (CDP)
y la KfW alemana impulsaron, junto con la Comisión Europea, un marco de cooperación
reforzada de carácter estratégico.
Una vez en vigor el nuevo Marco Financiero Plurianual europeo 2021-2027 y, en
particular, el nuevo Instrumento de Vecindad, Cooperación al Desarrollo y Cooperación
Internacional, se decidió avanzar en este partenariado a través de un pilar político, por el
que se refuerza el marco existente, y a través de la creación de una plataforma de
cofinanciación de proyectos públicos de desarrollo entre las cuatro instituciones.
Con este fin, en octubre de 2021 se firmó una Declaración, que constituye el pilar
político de esta alianza, cuyo objeto es estructurar y fortalecer la cooperación existente
entre las instituciones, perfeccionando la coordinación con arreglo al concepto Team
Europe con el fin de seguir potenciando la visibilidad de la cooperación para el desarrollo
de la Unión Europea.
Asimismo, se ha estado trabajando en el segundo pilar de esta asociación reforzada
entre las cuatro instituciones, que ha sido formalmente designada como JEFIC
(Asociación de Entidades Financieras Europeas para la Cooperación Internacional, por
sus siglas en inglés), para establecer de un acuerdo marco de cofinanciación de
proyectos públicos de desarrollo.
Dado que se pretende que la financiación se realice por las distintas instituciones a
través de la concesión de créditos soberanos a países en desarrollo, el instrumento
disponible para ello en el caso de España es a través de la financiación del Fondo para
la Promoción del Desarrollo (FONPRODE), regulado por la Ley 36/2010, de 22 de
octubre, cuya gestión corresponde a la AECID.
A efectos de la suscripción del convenio por el que se formalice dicho acuerdo
marco, el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, establece que corresponde a los Secretarios de Estado celebrar
contratos relativos a asuntos de su Secretaría de Estado y los convenios no reservados
al Ministro del que dependan, sin perjuicio de la correspondiente autorización cuando
sea preceptiva.
Por tanto, corresponde a la Secretaria de Estado de Cooperación Internacional en su
condición de tal la suscripción de este acuerdo marco de cofinanciación, en la medida
que establece las bases de futuras cofinanciaciones y en consecuencia podrá conllevar
futuros compromisos de financiación del FONPRODE, cuyo presupuesto está adscrito al
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación a través de esa
Secretaría de Estado.
Como también corresponde al Director de la AECID, asimismo, la suscripción del
citado acuerdo marco, conjuntamente con la SECI, por ostentar la competencia delegada
para la suscripción de convenios de colaboración en materia de cooperación o
instrumentos de otra naturaleza jurídica según Resolución de la Presidencia de la AECID
de 2 de julio de 2009.
cve: BOE-A-2023-4297
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