III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-4306)
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se modifican las condiciones de ejercicio de las competencias delegadas en la Dirección General de Servicios del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, por Resolución de 4 de junio de 2007.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41
Viernes 17 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 24333
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Dirección General del Patrimonio
del Estado, por la que se modifican las condiciones de ejercicio de las
competencias delegadas en la Dirección General de Servicios del Ministerio
de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, por
Resolución de 4 de junio de 2007.
Por la Resolución de 4 de junio de 2007, de la Dirección General del Patrimonio del
Estado, se delegaron en los órganos a los que corresponde la gestión patrimonial en los
distintos Departamentos ministeriales las competencias de instrucción que el apartado 1
del artículo 122 de la Ley 33/2003 atribuye a este Centro directivo en relación con los
procedimientos relativos a los arrendamientos de inmuebles concertados por la
Administración General del Estado como arrendataria.
Esta Resolución completó, así, el proceso de delegación de competencias en materia
de arrendamientos que inició la Orden del Ministro de Economía y Hacienda de 8 de
mayo de 2007, por la que se delegaron en el titular de la Secretaria de Estado de
Defensa y en los titulares de las Subsecretarias de cada uno de los diferentes Ministerios
las competencias para resolver los procedimientos de arrendamiento de los bienes
inmuebles que cada departamento ministerial precise para el cumplimiento de sus fines,
y declarar la prórroga, novación y resolución anticipada de estos contratos, para
simplificar y obtener una mayor celeridad en su tramitación.
Sin embargo, de cara al ejercicio y preparación de la Presidencia del Consejo de la
Unión Europea que desempeñará el Reino de España en el segundo semestre del
año 2023, y ante el previsible incremento de la necesidad de contratar espacios para la
celebración de reuniones, seminarios, encuentros y actos análogos vinculados con esa
función, resulta conveniente simplificar los trámites que, como condiciones de ejercicio
de la competencia delegada, se establecen en la citada Resolución, suprimiendo
aquéllos que, como el informe previo favorable de esta Dirección General o la
comunicación posterior del arrendamiento concertado a efectos de su reflejo en el
Inventario General de Bienes y Derechos del Estado, no resultan razonables en el
contexto de unos arrendamientos de carácter esencialmente efímero y suscritos para
satisfacer una necesidad igualmente temporal.
Con esta finalidad, se acuerda un régimen especial de ejercicio de las competencias
delegadas en cuanto a la tramitación de los expedientes de arrendamiento de inmuebles
concertados por el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria
Democrática, como Departamento ministerial especialmente afectado por el incremento
de estas contrataciones en su carácter de órgano de apoyo a la Presidencia del
Gobierno, durante el periodo en que corresponda al Reino de España la Presidencia del
Consejo de la Unión Europea y su preparación, y con la finalidad de disponer de
espacios para la celebración de los actos singulares requeridos para el desempeño de
esta función.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y previa aprobación de la Subsecretaria
de Hacienda y Función Pública y del Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las
Cortes y Memoria Democrática, he resuelto:
Primero.
Delegación de competencias.
Las competencias delegadas en la Dirección General de Servicios del Ministerio de
la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática por la Resolución de
esta Dirección General de 4 de junio de 2007, se ajustarán al régimen previsto en la
cve: BOE-A-2023-4306
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4306
Núm. 41
Viernes 17 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 24333
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Dirección General del Patrimonio
del Estado, por la que se modifican las condiciones de ejercicio de las
competencias delegadas en la Dirección General de Servicios del Ministerio
de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, por
Resolución de 4 de junio de 2007.
Por la Resolución de 4 de junio de 2007, de la Dirección General del Patrimonio del
Estado, se delegaron en los órganos a los que corresponde la gestión patrimonial en los
distintos Departamentos ministeriales las competencias de instrucción que el apartado 1
del artículo 122 de la Ley 33/2003 atribuye a este Centro directivo en relación con los
procedimientos relativos a los arrendamientos de inmuebles concertados por la
Administración General del Estado como arrendataria.
Esta Resolución completó, así, el proceso de delegación de competencias en materia
de arrendamientos que inició la Orden del Ministro de Economía y Hacienda de 8 de
mayo de 2007, por la que se delegaron en el titular de la Secretaria de Estado de
Defensa y en los titulares de las Subsecretarias de cada uno de los diferentes Ministerios
las competencias para resolver los procedimientos de arrendamiento de los bienes
inmuebles que cada departamento ministerial precise para el cumplimiento de sus fines,
y declarar la prórroga, novación y resolución anticipada de estos contratos, para
simplificar y obtener una mayor celeridad en su tramitación.
Sin embargo, de cara al ejercicio y preparación de la Presidencia del Consejo de la
Unión Europea que desempeñará el Reino de España en el segundo semestre del
año 2023, y ante el previsible incremento de la necesidad de contratar espacios para la
celebración de reuniones, seminarios, encuentros y actos análogos vinculados con esa
función, resulta conveniente simplificar los trámites que, como condiciones de ejercicio
de la competencia delegada, se establecen en la citada Resolución, suprimiendo
aquéllos que, como el informe previo favorable de esta Dirección General o la
comunicación posterior del arrendamiento concertado a efectos de su reflejo en el
Inventario General de Bienes y Derechos del Estado, no resultan razonables en el
contexto de unos arrendamientos de carácter esencialmente efímero y suscritos para
satisfacer una necesidad igualmente temporal.
Con esta finalidad, se acuerda un régimen especial de ejercicio de las competencias
delegadas en cuanto a la tramitación de los expedientes de arrendamiento de inmuebles
concertados por el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria
Democrática, como Departamento ministerial especialmente afectado por el incremento
de estas contrataciones en su carácter de órgano de apoyo a la Presidencia del
Gobierno, durante el periodo en que corresponda al Reino de España la Presidencia del
Consejo de la Unión Europea y su preparación, y con la finalidad de disponer de
espacios para la celebración de los actos singulares requeridos para el desempeño de
esta función.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y previa aprobación de la Subsecretaria
de Hacienda y Función Pública y del Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las
Cortes y Memoria Democrática, he resuelto:
Primero.
Delegación de competencias.
Las competencias delegadas en la Dirección General de Servicios del Ministerio de
la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática por la Resolución de
esta Dirección General de 4 de junio de 2007, se ajustarán al régimen previsto en la
cve: BOE-A-2023-4306
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