III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2023-4311)
Orden ICT/133/2023, de 15 de febrero, por la que se modifica la Orden ICT/951/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayudas para el fortalecimiento de la actividad comercial en zonas turísticas y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Viernes 17 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 24374

beneficiados, y se valorará el porcentaje resultante de acuerdo con los siguientes
rangos:
1.º
2.º
3.º
4.º
5.º
6.º
7.º
8.º
9.º
10.º

Menor o igual al 10 %: 0 puntos.
Superior al 10 % y menor o igual al 20 %: 1 punto.
Superior al 20 % y menor o igual al 30 %: 2 puntos.
Superior al 30 % y menor o igual al 40 %: 3 puntos.
Superior al 40 % y menor o igual al 50 %: 5 puntos.
Superior al 50 % y menor o igual al 60 %: 7 puntos.
Superior al 60 % y menor o igual al 70 %: 9 puntos.
Superior al 70 % y menor o igual al 80 %: 11 puntos.
Superior al 80 % y menor o igual al 90 %: 13 puntos.
Superior al 90 %: 15 puntos.

e) Grado de innovación y carácter demostrativo del proyecto presentado (0
a 10 puntos).
Se valorará que haya una justificación clara de por qué es una propuesta
innovadora, cuáles son los elementos novedosos que describen el carácter
innovador de la solución planteada y qué determina que sea novedosa y/o
innovadora la solución planteada.
Se valorará la capacidad del proyecto para generar conocimientos capaces de
ser utilizados provechosamente en otros proyectos, actuaciones o procesos de
actividades comerciales.
Se valorará el porcentaje en coste sobre el total del proyecto.
f) Proyectos supramunicipales que engloben una pluralidad de municipios y
tengan un mayor impacto territorial, teniendo un carácter tractor (0 a 10 puntos):
1.º Si el proyecto tiene un alcance territorial de al menos dos municipios: 3
puntos.
2.º Si el proyecto tiene un impacto territorial que alcance entre tres y cinco
municipios: 4 puntos.
3.º Si el proyecto abarca entre seis y ocho municipios: 6 puntos.
4.º Si el proyecto abarca entre nueve y diez municipios: 8 puntos.
5.º Si el proyecto abarca más de diez municipios: 10 puntos.
Los proyectos deberán obtener una puntuación mínima de 50 puntos.»
Se modifican los apartados 9 y 10 del artículo 18 de la siguiente manera:

«9. La propuesta de resolución provisional se notificará a los interesados
para que en el plazo de diez días hábiles contados desde la fecha de publicación
de la notificación formulen las alegaciones que estimen convenientes.»
«10. Examinadas las alegaciones aducidas, en su caso, por los interesados,
el órgano de instrucción formulará la propuesta de resolución definitiva de
concesión de la subvención, que será notificada a los interesados que hayan sido
propuestos como beneficiarios para que, en el plazo de diez días hábiles contados
desde la fecha de publicación de la notificación de la propuesta, comuniquen su
aceptación o renuncia a la propuesta.
En el momento de la aceptación de la propuesta de resolución definitiva de la
subvención la entidad beneficiaria deberá aportar un número de cuenta bancaria
única y declaración firmada de ausencia de conflicto de intereses (DACI) conforme
al modelo del anexo IV. Dicha propuesta deberá expresar la relación de
solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, y su cuantía,
especificando su evaluación.

cve: BOE-A-2023-4311
Verificable en https://www.boe.es

Diez.