III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-4219)
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo parcial del XV Convenio colectivo de centros y servicios de atención a personas con discapacidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Jueves 16 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 23964

Quinto.
Con independencia de lo anterior, las Partes continuarán negociando la adaptación
del régimen de contratación del Convenio Colectivo a la reforma laboral operada por el
Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma
laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de
trabajo.
Sexto.
La regulación contenida en el presente Acuerdo Parcial, tendrá vigencia, desde la
fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y hasta que la Comisión
Negociadora alcance un acuerdo global sobre el XVI Convenio colectivo general de
centros y servicios de atención a personas con discapacidad que venga a sustituir al XV
Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con
discapacidad.
Séptimo.
Las patronales AEDIS, FEACEM, CECE, ANCEE y EyG, y la representación social
mayoritaria FECCOO y UGT Servicios Públicos firmantes en conformidad del presente
Acuerdo Parcial, se comprometen a incorporar su contenido íntegro al texto global del
XVI Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con
discapacidad que finalmente se firme por parte de la Comisión Negociadora.
Octavo.
Tras la firma del presente Acuerdo Parcial:
– Las Partes darán por íntegramente cumplido el Fallo de la Sentencia de la
Audiencia Nacional de fecha 20 de octubre de 2022 (Autos 228/2022).
– Las representaciones de AEDIS, FEACEM, CECE y ANCEE, desistirán de los
recursos de casación ordinaria presentados (o pendientes de presentar) frente a la
Sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 17 de octubre de 2022 dictada por la
Audiencia Nacional (Autos 228/2022).
– Asimismo, FECCOO desistirá del recurso de casación ordinaria presentado frente
a la Sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 20 de octubre de 2022 dictada por la
Audiencia Nacional (Autos 229/2022).
Noveno.

No habiendo más asuntos que tratar, se firma por los asistentes en el lugar y fecha
que se indican en el encabezamiento.

cve: BOE-A-2023-4219
Verificable en https://www.boe.es

Una vez formalizado el presente Acuerdo Parcial del XVI Convenio colectivo general
de centros y servicios de atención a personas con discapacidad, se autoriza y delega
expresamente en doña Paloma Perona, y en las personas en las que ésta delegue, para
cuantas actuaciones fuesen necesarias para su registro ante la Dirección General de
Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social y su posterior publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».