III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-4226)
Resolución de 14 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de la Junta de Contratación del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40
Jueves 16 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 24152
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
4226
Resolución de 14 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Acuerdo de la Junta de Contratación del Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, de
delegación de competencias.
Con fecha de 10 de febrero de 2023, la Junta de Contratación del Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, creada mediante la
Orden PCM/1231/2022, de 12 de diciembre, ha adoptado un acuerdo de delegación de
sus competencias en las personas titulares de la Presidencia y de la Secretaría de la
expresada Junta, a fin de mejorar la operatividad de este órgano colegiado y de lograr
una actuación eficaz, eficiente y de calidad en el ejercicio de las actuaciones atribuidas a
la misma.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, las referidas delegaciones cuentan con la
aprobación del Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria
Democrática.
En virtud de lo anterior y conforme a lo establecido en el artículo 9.3 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del expresado acuerdo, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 14 de febrero de 2023.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con
las Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEXO
Acuerdo de la Junta de Contratación del Ministerio de la Presidencia, Relaciones
con las Cortes y Memoria Democrática, de delegación de competencias
Primero. Delegación de competencias en la persona titular de la Presidencia de la
Junta de Contratación.
1. Se delega, de conformidad con el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, en la persona titular de la Presidencia de la
Junta de Contratación:
a) La aprobación del informe de necesidad del contrato.
b) La formalización de los contratos a los licitadores propuestos como
adjudicatarios por la Junta de contratación, una vez comprobado por esta del
cve: BOE-A-2023-4226
Verificable en https://www.boe.es
La Orden PCM/1231/2022, de 12 de diciembre, por la que se crean y regulan la
Junta de Contratación y la Mesa de Contratación del Ministerio de la Presidencia,
Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, atribuye a la Junta de Contratación la
competencia como órgano de contratación en los términos establecidos en su artículo 2.
Con el fin de mejorar la operatividad de este órgano colegiado, así como de lograr
una actuación eficaz, eficiente y de calidad en el ejercicio de las actuaciones atribuidas a
esta Junta de Contratación, se hace necesario delegar el ejercicio de determinadas
competencias en distintos órganos del comprendidos en su ámbito de actuación.
En su virtud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, se acuerda:
Núm. 40
Jueves 16 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 24152
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
4226
Resolución de 14 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Acuerdo de la Junta de Contratación del Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, de
delegación de competencias.
Con fecha de 10 de febrero de 2023, la Junta de Contratación del Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, creada mediante la
Orden PCM/1231/2022, de 12 de diciembre, ha adoptado un acuerdo de delegación de
sus competencias en las personas titulares de la Presidencia y de la Secretaría de la
expresada Junta, a fin de mejorar la operatividad de este órgano colegiado y de lograr
una actuación eficaz, eficiente y de calidad en el ejercicio de las actuaciones atribuidas a
la misma.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, las referidas delegaciones cuentan con la
aprobación del Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria
Democrática.
En virtud de lo anterior y conforme a lo establecido en el artículo 9.3 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del expresado acuerdo, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 14 de febrero de 2023.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con
las Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEXO
Acuerdo de la Junta de Contratación del Ministerio de la Presidencia, Relaciones
con las Cortes y Memoria Democrática, de delegación de competencias
Primero. Delegación de competencias en la persona titular de la Presidencia de la
Junta de Contratación.
1. Se delega, de conformidad con el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, en la persona titular de la Presidencia de la
Junta de Contratación:
a) La aprobación del informe de necesidad del contrato.
b) La formalización de los contratos a los licitadores propuestos como
adjudicatarios por la Junta de contratación, una vez comprobado por esta del
cve: BOE-A-2023-4226
Verificable en https://www.boe.es
La Orden PCM/1231/2022, de 12 de diciembre, por la que se crean y regulan la
Junta de Contratación y la Mesa de Contratación del Ministerio de la Presidencia,
Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, atribuye a la Junta de Contratación la
competencia como órgano de contratación en los términos establecidos en su artículo 2.
Con el fin de mejorar la operatividad de este órgano colegiado, así como de lograr
una actuación eficaz, eficiente y de calidad en el ejercicio de las actuaciones atribuidas a
esta Junta de Contratación, se hace necesario delegar el ejercicio de determinadas
competencias en distintos órganos del comprendidos en su ámbito de actuación.
En su virtud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, se acuerda: