I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2023-3981)
Real Decreto 98/2023, de 14 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39
Miércoles 15 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 23116
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Real Decreto 98/2023, de 14 de febrero, por el que se modifica el Real
Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte.
La estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte se establece a
partir del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, y del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
De acuerdo con el artículo 15 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, corresponde
al Ministerio de Cultura y Deporte la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en
materia de promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los
museos estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las
actividades cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así
como la promoción y difusión de la cultura en español, el impulso de las acciones de
cooperación cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura.
Asimismo, le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia
de deporte.
En este marco, con arreglo a lo dispuesto en la disposición final segunda del Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, y de conformidad con el artículo 59.1 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se aprobó el Real
Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Cultura y Deporte, actualizando las funciones atribuidas a los órganos
directivos, hasta el nivel orgánico de subdirección general, con el fin de conseguir la
máxima eficacia y racionalización en el cumplimiento de sus objetivos.
El artículo 6 del Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, regula las funciones que
corresponden a la Subsecretaría de Cultura y Deporte y que ejerce a través de la
Secretaría General Técnica y de las unidades que, con nivel orgánico de subdirección
general, se especifican en el apartado 4 del citado artículo.
Entre ellas, la Subdirección General de Gestión Económica y Asuntos Generales
ejerce «la gestión económica y financiera del Departamento; la asistencia a los órganos
directivos en la preparación de los expedientes de contratación y en la tramitación de los
procedimientos de adjudicación de contratos así como la asistencia y apoyo a la mesa y
junta de contratación del Departamento; la coordinación y control de la actuación de las
cajas pagadoras del Departamento a través de la Unidad central de cajas, así como la
tramitación de los pagos que se realicen mediante los procedimientos especiales de
pago a justificar y anticipo de caja fija y, por último, la dirección, impulso y coordinación
general de los servicios comunes del Departamento, servicios de seguridad,
mantenimiento y régimen interior de los edificios, así como la formación del inventario de
los bienes muebles y equipamiento de las unidades administrativas generales».
Debido a la necesidad de racionalizar la estructura de esta subdirección general y
reorganizar algunas de sus funciones para su mejor funcionamiento, la norma, en el
ámbito de la Subsecretaría de Cultura y Deporte, crea una nueva unidad con nivel
orgánico de subdirección general denominada Subdirección General de Asuntos
Generales. De este modo, la actual Subdirección General de Gestión Económica y
Asuntos Generales pasa a denominarse Subdirección General de Gestión Económica,
ejerciendo exclusivamente las funciones referentes a la gestión económica y
financiera del Ministerio de Cultura y Deporte, la asistencia a los órganos directivos en
la preparación de los expedientes de contratación y en la tramitación de los
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3981
Núm. 39
Miércoles 15 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 23116
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Real Decreto 98/2023, de 14 de febrero, por el que se modifica el Real
Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte.
La estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte se establece a
partir del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, y del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
De acuerdo con el artículo 15 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, corresponde
al Ministerio de Cultura y Deporte la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en
materia de promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los
museos estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las
actividades cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así
como la promoción y difusión de la cultura en español, el impulso de las acciones de
cooperación cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura.
Asimismo, le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia
de deporte.
En este marco, con arreglo a lo dispuesto en la disposición final segunda del Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, y de conformidad con el artículo 59.1 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se aprobó el Real
Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Cultura y Deporte, actualizando las funciones atribuidas a los órganos
directivos, hasta el nivel orgánico de subdirección general, con el fin de conseguir la
máxima eficacia y racionalización en el cumplimiento de sus objetivos.
El artículo 6 del Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, regula las funciones que
corresponden a la Subsecretaría de Cultura y Deporte y que ejerce a través de la
Secretaría General Técnica y de las unidades que, con nivel orgánico de subdirección
general, se especifican en el apartado 4 del citado artículo.
Entre ellas, la Subdirección General de Gestión Económica y Asuntos Generales
ejerce «la gestión económica y financiera del Departamento; la asistencia a los órganos
directivos en la preparación de los expedientes de contratación y en la tramitación de los
procedimientos de adjudicación de contratos así como la asistencia y apoyo a la mesa y
junta de contratación del Departamento; la coordinación y control de la actuación de las
cajas pagadoras del Departamento a través de la Unidad central de cajas, así como la
tramitación de los pagos que se realicen mediante los procedimientos especiales de
pago a justificar y anticipo de caja fija y, por último, la dirección, impulso y coordinación
general de los servicios comunes del Departamento, servicios de seguridad,
mantenimiento y régimen interior de los edificios, así como la formación del inventario de
los bienes muebles y equipamiento de las unidades administrativas generales».
Debido a la necesidad de racionalizar la estructura de esta subdirección general y
reorganizar algunas de sus funciones para su mejor funcionamiento, la norma, en el
ámbito de la Subsecretaría de Cultura y Deporte, crea una nueva unidad con nivel
orgánico de subdirección general denominada Subdirección General de Asuntos
Generales. De este modo, la actual Subdirección General de Gestión Económica y
Asuntos Generales pasa a denominarse Subdirección General de Gestión Económica,
ejerciendo exclusivamente las funciones referentes a la gestión económica y
financiera del Ministerio de Cultura y Deporte, la asistencia a los órganos directivos en
la preparación de los expedientes de contratación y en la tramitación de los
cve: BOE-A-2023-3981
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