III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-3968)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Naturgy Renovables, SLU, la autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica "La Pradera", de 299,96 MW de potencia instalada, la subestación eléctrica "La Pradera" 30/132 kV, la línea de evacuación a 132 kV entre la subestación "La Pradera" y la subestación "La Dehesa", la subestación eléctrica "La Dehesa" 132/400 kV y la línea de interconexión a 400 kV, en Cuadros y La Robla (León).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 14 de febrero de 2023

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al cumplimiento de la legislación actual, y que se deberán asumir todas las medidas de
seguridad para evitar interferencias entre ambas instalaciones. Señalan que no se debe
interferir ni durante la construcción, ni durante el mantenimiento ni tampoco se debe
alterar el buen funcionamiento de las mismas por acción u omisión. Se da traslado a
Naturgy el cual expresa su conformidad.
Se ha recibido contestación de la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural del
Servicio Territorial de Cultura y Turismo de la Delegación Territorial de León en la que
manifiesta conformidad e incluye medidas correctoras a aportar para el trámite de
evaluación de impacto ambiental en lo relativo al control arqueológico de las obras y
sondeos arqueológicos en ubicaciones concretas. Se ha dado traslado a Naturgy que
manifiesta su conformidad con lo anterior. En la misma línea el informe del Delegado
Territorial en León en la que se muestra favorable, con medidas correctoras en la líneas
de las indicadas por el Servicio Territorial de Cultura y Turismo de la Delegación
Territorial de León. Advierte además de que, si durante la ejecución de los trabajos se
produjese cualquier hallazgo de índole arqueológico, las obras deberán paralizarse y
notificarse el hallazgo al Servicio Territorial de Cultura y Turismo de León. Se da traslado
a Naturgy que manifiesta también su conformidad con lo anterior. Respecto a las
consideraciones en materia de medio ambiente han sido objeto del trámite de evaluación
de impacto ambiental del proyecto del cual resulta la declaración de impacto ambiental y
las condiciones y medidas adicionales que deban ser tenidas en cuenta por parte del
promotor para el proyecto.
Se ha recibido contestación de Enagás, S.A. en el que informa de afección al
Gasoducto ZA-BE-LE en el término municipal de Cuadros y La Robla (León) y en el que
se establece un condicionado técnico. Se ha dado traslado a Naturgy de dicha
contestación, el cual expresa su conformidad con la misma.
Se ha recibido informe de la Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación
Hidrográfica del Duero en el que se informa que dentro del perímetro vallado de la planta
solar fotovoltaica objeto de informe, tiene su nacimiento un arroyo innominado afluente
del arroyo del Valle; asimismo se asienta parcialmente sobre la zona de policía del arroyo
de Santibánez, del arroyo de Valdeposadas, del arroyo de Valdequirós y de dos arroyos
innominados afluentes del arroyo del Valle; en cuanto a la línea áerea de evacuación
eléctrica, atraviesa el arroyo de Valdequiros, el arroyo del Valle de Valdesemana, el
arroyo de Valdeponjos, el arroyo de Tendichón, el arroyo del Valle de la Huerga, el arroyo
del Valle de Cadillas, el arroyo de Riosequín, el arroyo de Valdecandanedo, el arroyo de
Valdelasaguas, el arroyo de Ollero y el río Bernesga. Añaden una serie de aspectos a
tener en cuenta por el promotor en relación con la ejecución del proyecto. Se da traslado
a Naturgy que notifica su conformidad ante los condicionados establecidos. Respecto a
las consideraciones en materia de medio ambiente han sido objeto del trámite de
evaluación de impacto ambiental del proyecto del cual resulta la declaración de impacto
ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deban ser tenidas en cuenta por
parte del promotor para el proyecto.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de La Robla en el que exige la correcta y
completa tramitación de la autorización administrativa previa y evaluación de impacto
ambiental del proyecto indicado, aportando condicionantes al proyecto que solicita se
cumplan. Finalmente solicita que se respeten y se restituyan en caso de afección todos
los elementos del dominio público municipal, infraestructuras, instalaciones, elementos
naturales o bienes catalogados existentes dentro del término del Ayuntamiento de La
Robla. Se da traslado a Naturgy, el cual se manifiesta conforme, respondiendo a cada
una de las condiciones solicitadas y solicitando por su parte que previa a la tramitación
correspondiente se tenga por prestada la contestación. Respecto a las consideraciones
en materia de medio ambiente han sido objeto del trámite de evaluación de impacto
ambiental del proyecto del cual resulta la declaración de impacto ambiental y las
condiciones y medidas adicionales que deban ser tenidas en cuenta por parte del
promotor para el proyecto.

cve: BOE-A-2023-3968
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Núm. 38