I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA. Presupuestos. (BOE-A-2023-3847)
Ley 9/2022, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 14 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 22430

del empleo temporal en los términos y condiciones establecidos en la normativa básica
del Estado.
El título IV, «De la gestión de los presupuestos docentes», regula en su capítulo I las
medidas de financiación de los diferentes servicios educativos prestados en centros
docentes no universitarios con unidades concertadas financiadas con fondos públicos.
Se fijan los módulos económicos de distribución de fondos públicos para el
sostenimiento de dichos centros docentes, incluido el destinado a la financiación de la
Formación Profesional Básica, y se establecen medidas dirigidas al mantenimiento del
empleo.
El capítulo II de este título recoge las cuantías correspondientes a los costes del
personal docente e investigador, y de administración y servicios de la Universidad de
Castilla-La Mancha.
El título V, «De las operaciones financieras», regula en su capítulo I, dedicado al
endeudamiento, el régimen de dichas operaciones y el procedimiento de su autorización.
El capítulo II, por su parte, versa sobre la regulación de la concesión de avales a las
entidades y empresas públicas que forman parte del sector público regional.
Finalmente, el título VI, «Medidas tributarias», regula el tipo de gravamen del canon
de aducción y del canon de depuración. También establece la afectación de los ingresos
obtenidos por la recaudación del Impuesto sobre determinadas actividades que inciden
en el medio ambiente, y, la afectación de los recursos procedentes de la recaudación del
denominado canon eólico.
El texto articulado se cierra con 23 disposiciones adicionales que afectan a diversas
materias, como por ejemplo, la posibilidad de desconcentrar competencias en diferentes
materias a favor no sólo de los órganos centrales de las consejerías, sino también de los
órganos periféricos, que pudiera traer causa, fundamentalmente, de eventuales cambios
en la estructura orgánica de las diferentes consejerías de la Administración regional;
aspectos concretos de las funciones de control interno que lleva a cabo la Intervención
General; la contratación de personal en las empresas, fundaciones y consorcios
pertenecientes al sector público regional; las disposiciones relativas a la reserva para la
participación en procedimientos de adjudicación de determinados contratos del sector
público a centros especiales de empleo y empresas de inserción; o, la concreción del
crédito presupuestario destinado al denominado porcentaje cultural en Castilla-La
Mancha.
Por cuanto respecta a las disposiciones finales, la primera de ellas contempla una
modificación legislativa que afecta a la Ley 2/2017, de 1 de septiembre, de Presupuestos
Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017,
concretamente, a su disposición adicional vigesimotercera, concerniente al
nombramiento del personal funcionario docente interino.
El resto de disposiciones finales regulan las medidas de cierre necesarias en función
de la normativa básica estatal y de general aplicación que se establezca, tanto en la Ley
de Presupuestos Generales del Estado, como en cualquier otra norma que pudiera
aprobarse. Asimismo, se establece una habilitación a la persona titular de la consejería
competente en materia de hacienda para dictar las disposiciones necesarias para el
desarrollo y ejecución de la presente ley, a los solos efectos de garantizar una adecuada
disciplina presupuestaria en la ejecución del presupuesto.
cve: BOE-A-2023-3847
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Núm. 38