III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-3800)
Resolución de 7 de febrero de 2023, del Centro Español de Metrología, por la que se publica el Convenio con el centro docente IES Antonio Machado, de Alcalá de Henares, para la realización del periodo de formación en centros de trabajo o periodo de formación en empresas u organismos equiparados, de las enseñanzas de formación profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 13 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 22121
Carbonell, actuando como representante legal del Organismo Autónomo Centro Español
de Metrología, O.A., M.P., con sede en Tres Cantos, provincia de Madrid, país España,
calle del Alfar, 2, C.P. 28760, CIF S2817035E, teléfono de la entidad 918074700, E-mail
de la entidad a efectos de notificaciones cem@cem.es, en adelante referida como «la
entidad colaboradora».
En virtud de las competencias conferidas por las facultades que confiere el art.10.2 j)
del Real Decreto 1342/2007, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del
CEM y la Resolución de 2 de febrero, sobre delegación de competencias (BOE de 14 de
febrero de 2017), en la que se obtiene la competencia para la firma del Director del
Organismo.
EXPONEN
Que la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, creada por el
Decreto 38/2022, de 15 de junio, tiene entre sus competencias, a través de la Dirección
General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, de
acuerdo con lo establecido en el apartado K) del artículo 13 del Decreto 236/2021, de 17
de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en relación con el Decreto 38/2022,
de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia,
Consejería de Educación y Universidades,el fomento de la formación práctica en
empresas y su gestión, la potenciación de las relaciones con los sectores productivos y
el seguimiento de la inserción laboral de los alumnos que han concluido las enseñanzas
de su competencia.
Que el CEM tiene entre sus competencias, promover la formación de especialistas
en metrología, de acuerdo con el Estatuto del Centro Español de Metrología, aprobado
por el Real Decreto 1342/2007, de 11 de octubre.
Que ambas partes intervienen en nombre y representación de sus respectivas
instituciones en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se
reconocen recíprocamente capacidad y legitimidad para convenir.
Que el objeto de este convenio es establecer la colaboración entre las entidades a
las que representan para el desarrollo del periodo de formación en centros de trabajo o
periodo de formación en empresas u organismos equiparados de los alumnos que
cursan enseñanzas oficiales de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid, cuya
finalidad es la mejora de sus competencias profesionales, personales y sociales,
resultando en una mejora de su empleabilidad.
Que el periodo de formación en centros de trabajo de las enseñanzas de Formación
Profesional están reguladas por el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se
establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, así
como por el Decreto 63/2019, de 16 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se
regula la ordenación y organización de la formación profesional en la Comunidad de
Madrid y la Orden 893/2022, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y
Portavocía, por la que se regulan los procedimientos relacionados con la organización, la
matrícula, la evaluación y acreditación académica de las enseñanzas de formación
profesional del sistema educativo de la Comunidad de Madrid.
Que el interés en colaborar en la formación de los alumnos de formación profesional,
facilitando plazas formativas para la realización de prácticas en centros de trabajo que
permitan la mejora de sus competencias profesionales, personales y sociales hacen
necesario este convenio.
Que el presente convenio se basa en el modelo de convenio normalizado entre
centro docente y entidad pública o privada de la Comunidad Autónoma de Madrid.
cve: BOE-A-2023-3800
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 37
Lunes 13 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 22121
Carbonell, actuando como representante legal del Organismo Autónomo Centro Español
de Metrología, O.A., M.P., con sede en Tres Cantos, provincia de Madrid, país España,
calle del Alfar, 2, C.P. 28760, CIF S2817035E, teléfono de la entidad 918074700, E-mail
de la entidad a efectos de notificaciones cem@cem.es, en adelante referida como «la
entidad colaboradora».
En virtud de las competencias conferidas por las facultades que confiere el art.10.2 j)
del Real Decreto 1342/2007, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del
CEM y la Resolución de 2 de febrero, sobre delegación de competencias (BOE de 14 de
febrero de 2017), en la que se obtiene la competencia para la firma del Director del
Organismo.
EXPONEN
Que la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, creada por el
Decreto 38/2022, de 15 de junio, tiene entre sus competencias, a través de la Dirección
General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, de
acuerdo con lo establecido en el apartado K) del artículo 13 del Decreto 236/2021, de 17
de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en relación con el Decreto 38/2022,
de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia,
Consejería de Educación y Universidades,el fomento de la formación práctica en
empresas y su gestión, la potenciación de las relaciones con los sectores productivos y
el seguimiento de la inserción laboral de los alumnos que han concluido las enseñanzas
de su competencia.
Que el CEM tiene entre sus competencias, promover la formación de especialistas
en metrología, de acuerdo con el Estatuto del Centro Español de Metrología, aprobado
por el Real Decreto 1342/2007, de 11 de octubre.
Que ambas partes intervienen en nombre y representación de sus respectivas
instituciones en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se
reconocen recíprocamente capacidad y legitimidad para convenir.
Que el objeto de este convenio es establecer la colaboración entre las entidades a
las que representan para el desarrollo del periodo de formación en centros de trabajo o
periodo de formación en empresas u organismos equiparados de los alumnos que
cursan enseñanzas oficiales de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid, cuya
finalidad es la mejora de sus competencias profesionales, personales y sociales,
resultando en una mejora de su empleabilidad.
Que el periodo de formación en centros de trabajo de las enseñanzas de Formación
Profesional están reguladas por el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se
establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, así
como por el Decreto 63/2019, de 16 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se
regula la ordenación y organización de la formación profesional en la Comunidad de
Madrid y la Orden 893/2022, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y
Portavocía, por la que se regulan los procedimientos relacionados con la organización, la
matrícula, la evaluación y acreditación académica de las enseñanzas de formación
profesional del sistema educativo de la Comunidad de Madrid.
Que el interés en colaborar en la formación de los alumnos de formación profesional,
facilitando plazas formativas para la realización de prácticas en centros de trabajo que
permitan la mejora de sus competencias profesionales, personales y sociales hacen
necesario este convenio.
Que el presente convenio se basa en el modelo de convenio normalizado entre
centro docente y entidad pública o privada de la Comunidad Autónoma de Madrid.
cve: BOE-A-2023-3800
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 37