III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-3787)
Resolución 420/38048/2023, de 3 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Servicio de Capacitación CECAP Microempresa Cooperativa de iniciativa social sin ánimo de lucro de Castilla-La Mancha, Sociedad Microempresa Cooperativa de Castilla-La Mancha, para facultar la inserción laboral de personas con discapacidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Lunes 13 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 22046

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Las partes firmantes suscriben este convenio con el objeto de facilitar el acceso de
las personas con discapacidad a una formación profesional normalizada y de calidad, así
como al desarrollo de actividades prácticas no laborales en entornos normalizados como
primer paso hacia la inserción en el mercado laboral.
Segunda.
1.

Aportaciones de las partes.

Por parte del Ministerio de Defensa:

a) Facilitar a los alumnos de la entidad Servicio de Capacitación CECAP
Microempresa Cooperativa de iniciativa social sin ánimo de lucro de Castilla-La Mancha,
Sociedad Microempresa Cooperativa de Castilla-La Mancha (CECAP), la realización de
prácticas formativas en el ámbito de las siguientes especialidades:







Gestión administrativa auxiliar (ordenanza, auxiliar de oficina).
Atención al visitante.
Almacenes.
Biblioteca.
Archivo documental y fotográfico.
Jardinería.

b) Designar un tutor, en consonancia con la práctica formativa a desarrollar por el
alumno, que será la persona de apoyo del mismo y mantendrá contacto con el
profesional especializado de la entidad CECAP.
2.

Por parte de la entidad CECAP:

a) Proporcionar profesionales especializados en el trabajo directo con personas con
discapacidad a disposición del alumno y del Ministerio de Defensa, con el fin de
favorecer la adaptación del alumno a su puesto de formación. Las funciones de estos
profesionales, que tienen una temporalidad determinada en función del grado de
autonomía de los alumnos, son las siguientes:

b) Realizar el seguimiento de sus alumnos con el fin de conseguir los resultados
esperados a través de la consecución de los objetivos de formación que se hayan
establecido previamente. Asimismo, con respecto a los alumnos llevará a cabo las
siguientes acciones:
– Seleccionar el candidato idóneo según las competencias del puesto que se oferte,
utilizando para ello su metodología en intervención directa, siempre bajo el
consentimiento y en coordinación con el Ministerio de Defensa.

cve: BOE-A-2023-3787
Verificable en https://www.boe.es

– Apoyar y asesorar al alumno en el contexto normalizado, en este caso el Ministerio
de Defensa, en el tiempo que estime oportuno para la adquisición de aprendizajes que
fomenten su autonomía.
– Asesorar al personal del Ministerio de Defensa, que mantenga un contacto directo
con el alumnado, con el único fin de favorecer una relación positiva en función de los
objetivos marcados. En este aspecto, dicho profesional tiene una función claramente
mediadora entre el personal del Museo del Ejército y el alumno.