III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-3822)
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Enel Green Power España, SL, autorización administrativa previa para la planta solar fotovoltaica Aljarafe, de 69,6 MW de potencia instalada, e infraestructuras de evacuación subestación "SET FV Aljarafe 30/220 kV" y línea eléctrica 220 kV "SET FV Aljarafe-SET Santiponce", en Salteras y Valencina de la Concepción (Sevilla).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 13 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 22287

El proyecto ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte mediante la
emisión del Informe de Viabilidad de Acceso a la red (IVA), así como del Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) y del Informe de
Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación
Santiponce 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, S.A.U.
La nueva posición de la red de transporte en la subestación Santiponce 220 kV está
planificada de forma expresa en la planificación vigente, «Plan de Desarrollo de la Red
de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026», aprobado por Acuerdo de Consejo de
Ministros de 22 de marzo de 2022 (B.O.E. de 19 de abril de 2022). La citada actuación
se articula de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Real
Decreto Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética
y la protección de consumidores, estando incluida en la planificación vigente.
La infraestructura de evacuación cuenta con cinco líneas de interconexión
subterráneas a 30 kV, que unen los centros de transformación con la subestación FV
Aljarafe 30/220 kV propia de la planta fotovoltaica. Esta subestación cuenta con una
posición de transformación y dos posiciones de línea 220 kV. La posición de
transformación elevará la tensión de la energía de la planta fotovoltaica «Aljarafe»
desde 30 kV a 220 kV. Una de las posiciones de línea recibirá la futura línea 220 kV
proveniente de la subestación del parque fotovoltaico «Santiponce», perteneciente a
Iberdrola Renovables Andalucía, S.A., y la posición de línea restante permitirá la
conexión a través de una línea de nueva construcción a 220 kV con la subestación
Santiponce 220 kV, propiedad de REE.
Con fecha 29 de julio de 2022, Enel firmó con otras entidades un acuerdo vinculante
para la evacuación conjunta y coordinada de la planta fotovoltaica Aljarafe con otras
instalaciones de generación eléctrica, en la subestación Santiponce 220 kV, propiedad
de REE.
El Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de
transporte y distribución de energía eléctrica establece en su Disposición transitoria
quinta relativa a expedientes de instalaciones eléctricas en tramitación en el momento de
la entrada en vigor del real decreto, lo siguiente:
«1. A los efectos de tramitación administrativa de las autorizaciones previstas en el
artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, la nueva definición de potencia
instalada introducida mediante la disposición final tercera uno tendrá efectos para
aquellas instalaciones que, habiendo iniciado su tramitación, aún no hayan obtenido la
autorización de explotación definitiva.
2. Con carácter general, a los procedimientos de autorización de instalaciones
eléctricas iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto, les será
de aplicación la nueva definición de potencia instalada. (…)»
A su vez, la Disposición final tercera del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre
modifica el segundo párrafo del artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por
el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de
energía renovables, cogeneración y residuos, que queda redactado como sigue:
«En el caso de instalaciones fotovoltaicas, la potencia instalada será la menor
de entre las dos siguientes:
a) la suma de las potencias máximas unitarias de los módulos fotovoltaicos
que configuran dicha instalación, medidas en condiciones estándar según la
norma UNE correspondiente.
b) la potencia máxima del inversor o, en su caso, la suma de las potencias de
los inversores que configuran dicha instalación.»
Enel ha acreditado su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la
realización del proyecto.

cve: BOE-A-2023-3822
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 37