II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-3781)
Resolución de 3 de febrero de 2023, conjunta de la Universidad Autónoma de Madrid y la Fundación Jiménez Díaz, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37
Lunes 13 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 22001
historial académico, docente e investigador de los candidatos, así como a su proyecto
docente e investigador, y de otro, a la capacidad para la exposición y debate en la
correspondiente materia o especialidad tras la prueba a realizar en sesión pública.
Una vez constituida la Comisión de Acceso, para las sucesivas actuaciones de la
misma el Presidente deberá citar a todos los miembros asistentes al acto de constitución.
Si algún miembro de la Comisión de Acceso constituida no asistiere a alguna de las
actuaciones de la misma, decaerá como miembro de la Comisión de Acceso, sin que
proceda ya sustitución alguna.
Para que las actuaciones de la Comisión de Acceso sean válidas, deberán
comparecer el Presidente, el Secretario y uno, al menos, de los vocales asistentes al
acto de constitución. Constituida la Comisión de Acceso, el Presidente dictará resolución
en el plazo de diez días hábiles, convocando a los miembros de la misma y a todos los
candidatos admitidos, para realizar el acto de presentación que tendrá lugar en un plazo
no superior a un mes desde la Constitución de tribunal, con señalamiento de día, hora y
lugar de la celebración, y en la que se comunicarán los criterios de valoración. Ambas
resoluciones habrán de ser notificadas a sus destinatarios con una antelación de quince
días naturales respecto a la fecha del acto para el que son convocados.
6.2 Acto de presentación.
6.2.1 En el acto de presentación, que será público, los candidatos entregarán al
Presidente de la Comisión de Acceso la siguiente documentación por septuplicado:
a) Proyecto docente, referido a las actividades a realizar por quien obtenga la plaza
que figure en la convocatoria.
b) Proyecto investigador, referido a las actividades a realizar por quien obtenga la
plaza que figure en la convocatoria.
c) Curriculum vitae: Una de las copias debe incluir los documentos que acrediten o
justifiquen los méritos alegados.
6.2.2 En el acto de presentación se determinará también la fecha de inicio de las
pruebas, que será en el período comprendido entre el día siguiente y quince días
naturales después del acto de presentación y el orden de actuación de los candidatos,
obtenido mediante el correspondiente sorteo.
Pruebas.
6.3.1 Los concursos de acceso se compondrán de una única prueba en la que se
valorará el historial académico, docente e investigador de los candidatos, así como su
proyecto docente e investigador, y en la que, en sesión pública, se contrastarán sus
capacidades para la exposición y debate en la correspondiente materia o especialidad. Al
tratarse de plazas vinculadas con plazas asistenciales en instituciones sanitarias, la
Comisión de Acceso deberá también valorar los méritos propios de la labor asistencial de
los candidatos. Los candidatos dispondrán de un máximo de noventa minutos para su
exposición y el debate con la Comisión de Acceso podrá extenderse hasta un máximo de
tres horas.
6.3.2 Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión de Acceso entregará al
Presidente un informe individual razonado sobre cada uno de los candidatos que deberá
incluir la valoración de cada uno de los apartados de los criterios específicos de cada
plaza, el voto favorable o desfavorable y la motivación del mismo. Cada miembro de la
Comisión de Acceso solo podrá votar favorablemente, como máximo, tantos candidatos
como plazas convocadas.
6.3.3 Una vez terminada la prueba, la Comisión de Acceso hará públicos los
resultados de la evaluación de cada candidato desglosada por cada uno de los aspectos
evaluados. La propuesta de provisión recaerá en el candidato o candidatos que hayan
obtenido el mayor número de votos, con un mínimo de cuatro.
6.3.4 El concurso podrá concluir con la propuesta de no provisión.
cve: BOE-A-2023-3781
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 37
Lunes 13 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 22001
historial académico, docente e investigador de los candidatos, así como a su proyecto
docente e investigador, y de otro, a la capacidad para la exposición y debate en la
correspondiente materia o especialidad tras la prueba a realizar en sesión pública.
Una vez constituida la Comisión de Acceso, para las sucesivas actuaciones de la
misma el Presidente deberá citar a todos los miembros asistentes al acto de constitución.
Si algún miembro de la Comisión de Acceso constituida no asistiere a alguna de las
actuaciones de la misma, decaerá como miembro de la Comisión de Acceso, sin que
proceda ya sustitución alguna.
Para que las actuaciones de la Comisión de Acceso sean válidas, deberán
comparecer el Presidente, el Secretario y uno, al menos, de los vocales asistentes al
acto de constitución. Constituida la Comisión de Acceso, el Presidente dictará resolución
en el plazo de diez días hábiles, convocando a los miembros de la misma y a todos los
candidatos admitidos, para realizar el acto de presentación que tendrá lugar en un plazo
no superior a un mes desde la Constitución de tribunal, con señalamiento de día, hora y
lugar de la celebración, y en la que se comunicarán los criterios de valoración. Ambas
resoluciones habrán de ser notificadas a sus destinatarios con una antelación de quince
días naturales respecto a la fecha del acto para el que son convocados.
6.2 Acto de presentación.
6.2.1 En el acto de presentación, que será público, los candidatos entregarán al
Presidente de la Comisión de Acceso la siguiente documentación por septuplicado:
a) Proyecto docente, referido a las actividades a realizar por quien obtenga la plaza
que figure en la convocatoria.
b) Proyecto investigador, referido a las actividades a realizar por quien obtenga la
plaza que figure en la convocatoria.
c) Curriculum vitae: Una de las copias debe incluir los documentos que acrediten o
justifiquen los méritos alegados.
6.2.2 En el acto de presentación se determinará también la fecha de inicio de las
pruebas, que será en el período comprendido entre el día siguiente y quince días
naturales después del acto de presentación y el orden de actuación de los candidatos,
obtenido mediante el correspondiente sorteo.
Pruebas.
6.3.1 Los concursos de acceso se compondrán de una única prueba en la que se
valorará el historial académico, docente e investigador de los candidatos, así como su
proyecto docente e investigador, y en la que, en sesión pública, se contrastarán sus
capacidades para la exposición y debate en la correspondiente materia o especialidad. Al
tratarse de plazas vinculadas con plazas asistenciales en instituciones sanitarias, la
Comisión de Acceso deberá también valorar los méritos propios de la labor asistencial de
los candidatos. Los candidatos dispondrán de un máximo de noventa minutos para su
exposición y el debate con la Comisión de Acceso podrá extenderse hasta un máximo de
tres horas.
6.3.2 Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión de Acceso entregará al
Presidente un informe individual razonado sobre cada uno de los candidatos que deberá
incluir la valoración de cada uno de los apartados de los criterios específicos de cada
plaza, el voto favorable o desfavorable y la motivación del mismo. Cada miembro de la
Comisión de Acceso solo podrá votar favorablemente, como máximo, tantos candidatos
como plazas convocadas.
6.3.3 Una vez terminada la prueba, la Comisión de Acceso hará públicos los
resultados de la evaluación de cada candidato desglosada por cada uno de los aspectos
evaluados. La propuesta de provisión recaerá en el candidato o candidatos que hayan
obtenido el mayor número de votos, con un mínimo de cuatro.
6.3.4 El concurso podrá concluir con la propuesta de no provisión.
cve: BOE-A-2023-3781
Verificable en https://www.boe.es
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