III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-3802)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Fundación Escuela de Organización Industrial, F.S.P., y la Asociación Española de la Economía Digital, para la realización de acciones de formación y tutorización en el marco de las acciones que ejecuta EOI dentro del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37
Lunes 13 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 22146
Estipulaciones como Responsable de Tratamiento.
Corresponde al responsable del tratamiento:
I. Entregar al encargado los datos a los que se refiere el convenio.
II. Realizar las consultas previas que corresponda.
III. Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento del
RGPD por parte del encargado.
IV. Supervisar el tratamiento, incluida la realización de inspecciones y auditorías.
Datos de carácter personal, base jurídica y finalidad del tratamiento:
El tratamiento consistirá en la recogida, conservación, consulta, análisis y registro de
los datos a los que se acceda fruto de la colaboración que mantienen las entidades.
Categoría de interesados: Alumnado y personal docente.
Categoría de datos: A continuación, se detallan los datos a los que puede tener
acceso el encargado del tratamiento:
Datos personales del tratamiento a los que se puede acceder
Datos personales.
– Nombre y apellidos, correo electrónico, teléfono, sexo, ciudad y
provincia, código postal, dirección postal, fecha de nacimiento,
documento nacional de identidad, lugar de nacimiento.
– Pertenencia/no pertenencia a grupo vulnerable/desfavorecido.
– Nivel de estudios, titulación, especialidad, centro y año de finalización.
Datos profesionales.
a) Situación laboral, relación con la empresa, empresa, sector de
actividad, dirección, CP, ciudad y provincia, teléfono, email, fax, puesto/
cargo, departamento, estrategia empresarial de la empresa en la que
trabaja, si la empresa tiene o no políticas o ideas de negocio que
favorecen el desarrollo sostenible.
b) Prestaciones docentes.
Subencargos de tratamiento asociados a Subcontrataciones.
Información.
Los datos de carácter personal serán tratados por EOI con la finalidad de mantener las
relaciones contractuales, comerciales y profesionales que les unen en virtud del presente
convenio. Finalidad necesaria para el cumplimiento de una obligación legal de la EOI. Los
datos de carácter personal serán comunicados a entidades públicas en virtud de
requerimiento. Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad
para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran
derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, conforme a la Ley 58/2003, de 17
cve: BOE-A-2023-3802
Verificable en https://www.boe.es
Una vez iniciado el convenio, cuando para la prestación objeto del mismo se permita
la subcontratación y en caso de que el encargado pretenda subcontratar con terceros la
ejecución de la prestación objeto del convenio y el subcontratista, si fuera contratado,
deba acceder a Datos Personales, el encargado lo pondrá en conocimiento previo del
Responsable, identificando qué tratamiento de datos personales conlleva, para que la
parte que actúe como responsable del tratamiento decida, en su caso, si otorgar o no su
autorización a dicha subcontratación.
La parte que actúe como encargado del tratamiento informará a la parte que actúe
como responsable del tratamiento de cualquier cambio previsto en la incorporación o
sustitución de otros subcontratistas, dando así a la parte que actúe como responsable
del tratamiento oportunidad de otorgar el consentimiento previsto en esta cláusula. En el
caso de incumplimiento por parte del subencargado, el encargado inicial seguirá siendo
plenamente responsable ante el responsable en lo referente al cumplimiento de las
obligaciones.
Núm. 37
Lunes 13 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 22146
Estipulaciones como Responsable de Tratamiento.
Corresponde al responsable del tratamiento:
I. Entregar al encargado los datos a los que se refiere el convenio.
II. Realizar las consultas previas que corresponda.
III. Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento del
RGPD por parte del encargado.
IV. Supervisar el tratamiento, incluida la realización de inspecciones y auditorías.
Datos de carácter personal, base jurídica y finalidad del tratamiento:
El tratamiento consistirá en la recogida, conservación, consulta, análisis y registro de
los datos a los que se acceda fruto de la colaboración que mantienen las entidades.
Categoría de interesados: Alumnado y personal docente.
Categoría de datos: A continuación, se detallan los datos a los que puede tener
acceso el encargado del tratamiento:
Datos personales del tratamiento a los que se puede acceder
Datos personales.
– Nombre y apellidos, correo electrónico, teléfono, sexo, ciudad y
provincia, código postal, dirección postal, fecha de nacimiento,
documento nacional de identidad, lugar de nacimiento.
– Pertenencia/no pertenencia a grupo vulnerable/desfavorecido.
– Nivel de estudios, titulación, especialidad, centro y año de finalización.
Datos profesionales.
a) Situación laboral, relación con la empresa, empresa, sector de
actividad, dirección, CP, ciudad y provincia, teléfono, email, fax, puesto/
cargo, departamento, estrategia empresarial de la empresa en la que
trabaja, si la empresa tiene o no políticas o ideas de negocio que
favorecen el desarrollo sostenible.
b) Prestaciones docentes.
Subencargos de tratamiento asociados a Subcontrataciones.
Información.
Los datos de carácter personal serán tratados por EOI con la finalidad de mantener las
relaciones contractuales, comerciales y profesionales que les unen en virtud del presente
convenio. Finalidad necesaria para el cumplimiento de una obligación legal de la EOI. Los
datos de carácter personal serán comunicados a entidades públicas en virtud de
requerimiento. Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad
para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran
derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, conforme a la Ley 58/2003, de 17
cve: BOE-A-2023-3802
Verificable en https://www.boe.es
Una vez iniciado el convenio, cuando para la prestación objeto del mismo se permita
la subcontratación y en caso de que el encargado pretenda subcontratar con terceros la
ejecución de la prestación objeto del convenio y el subcontratista, si fuera contratado,
deba acceder a Datos Personales, el encargado lo pondrá en conocimiento previo del
Responsable, identificando qué tratamiento de datos personales conlleva, para que la
parte que actúe como responsable del tratamiento decida, en su caso, si otorgar o no su
autorización a dicha subcontratación.
La parte que actúe como encargado del tratamiento informará a la parte que actúe
como responsable del tratamiento de cualquier cambio previsto en la incorporación o
sustitución de otros subcontratistas, dando así a la parte que actúe como responsable
del tratamiento oportunidad de otorgar el consentimiento previsto en esta cláusula. En el
caso de incumplimiento por parte del subencargado, el encargado inicial seguirá siendo
plenamente responsable ante el responsable en lo referente al cumplimiento de las
obligaciones.