V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2023-4382)
Resolución de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), por la que se autoriza el "Proyecto de construcción de renovación integral de infraestructura y vía. Tramo Jabugo - PK 96+430. Línea Zafra-Huelva".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 36

Sábado 11 de febrero de 2023

Sec. V-B. Pág. 6657

Infraestructura y Vía. Tramo: Jabugo-96+430. Línea Zafra-Huelva", ya que no se
prevén efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre y cuando
se cumplan las medidas y prescripciones establecidas en el documento ambiental
y en la citada resolución.
En consecuencia, la Presidenta de ADIF, como Órgano Sustantivo del
proyecto, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 24 del Real Decreto
2395/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad
pública empresarial ADIF, RESUELVE:
Autorizar el "Proyecto Constructivo de la Renovación Integral de Infraestructura
y Vía. Tramo: Jabugo-96+430", que se deberá llevar a cabo de conformidad con el
cumplimiento de toda la normativa vigente de aplicación, así como con las
condiciones ambientales expresadas en la Resolución de 6 de octubre de 2021, de
la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula
informe de impacto ambiental del proyecto constructivo «Renovación Integral de
Infraestructura y Vía. Tramo: Jabugo-96+430»., publicada en el B.O.E. núm. 250
de 19 de octubre de 2021.
Esta resolución se publicará en el B.O.E., conforme a lo establecido en el
artículo 48 de la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/
2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
Asimismo, se publicará en la sede electrónica de ADIF el contenido de la
decisión y las condiciones que eventualmente la acompañen, los principales
motivos y consideraciones en los que se basa la decisión, incluida la información
recabada de conformidad con el artículo 46, y cómo esa información se ha
incorporado.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de cuantos actos administrativos
adicionales se precisen por la normativa vigente o sean exigibles por cualquier
Administración Pública.
La presente resolución agota la vía administrativa por lo que contra la misma
cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Presidenta del
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) en el plazo de un mes desde
su publicación en el Boletín Oficial del Estado o bien, recurso contencioso
administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo en el
plazo de dos meses, a contar desde la misma fecha.
Madrid, 7 de febrero de 2023.- La Presidenta de la Entidad Pública Empresarial
ADIF, María Luisa Domínguez González.

cve: BOE-B-2023-4382
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X