III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2023-3647)
Resolución 420/38044/2023, de 1 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Sevilla, para la realización de prácticas académicas externas de estudiantes y otras actividades de interés mutuo en el Instituto de Historia y Cultura Militar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 11 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 21764
c) Proporcionar la guía didáctica de la asignatura de las prácticas al personal del
Centro de Historia y Cultura Militar Sur que desempeñe las funciones de tutor, facilitando
el acceso, en su caso, a la correspondiente plataforma telemática de gestión.
d) Comunicar al Centro de Historia y Cultura Militar Sur la identidad de los
estudiantes del Grado/Máster que llevarán a cabo las prácticas, así como la identidad de
los correspondientes tutores académicos.
e) Señalar, previa coordinación con el Centro de Historia y Cultura Militar Sur, las
fechas de inicio y finalización de las prácticas.
f) Trasladar a la Comisión Mixta del presente convenio cuantas incidencias y
vicisitudes se observen por los tutores académicos en relación con el desarrollo de las
actividades objeto del presente convenio.
g) Reconocer la labor desempeñada por el tutor de la entidad colaboradora.
h) Facilitar la organización conjunta de conferencias, jornadas divulgativas u otras
actividades similares.
i) Facilitar el intercambio de publicaciones propias y el acceso a fondos
documentales no clasificados.
j) Facilitar la realización conjunta de proyectos de investigación y desarrollo,
ampliables a otras entidades públicas o privadas, relacionados con las materias objeto
de las prácticas, a través de la instancia competente.
k) Facilitar asesoramiento científico y técnico relacionado con las materias objeto
de las prácticas.
l) Facilitar la organización en su sede de conferencias para la difusión y promoción
de la cultura de Defensa, que contribuyan a un mejor conocimiento de las Fuerzas
Armadas por parte de los estudiantes y profesores.
m) Hacer constar la colaboración del Ministerio de Defensa, y concretamente del
Ejército de Tierra, en todas las actividades editoriales, informativas o de promoción en
relación con las actuaciones contempladas en este convenio.
Tercera. Condiciones de ejecución de las prácticas, y otras actividades de interés
conjunto.
1. La suscripción del presente convenio por parte del Ministerio de Defensa no
supone la adquisición de más compromisos que los estipulados en el mismo; en ningún
caso se derivarán obligaciones propias de una relación laboral o contractual, de
conformidad con la normativa vigente. Por tanto, las prácticas quedan expresamente
excluidas de la legislación laboral.
2. Las prácticas objeto de este convenio, que tendrán un carácter exclusivamente
académico, no consistirán en el ejercicio de funciones públicas reservadas por ley o
reglamentos a personal funcionario o contratado por la Administración General del
Estado.
3. Los estudiantes no tendrán en ningún caso vinculación o relación laboral,
contractual o estatutaria. La suscripción del presente convenio no supondrá la
adquisición de más compromisos que los estipulados en el mismo. Las actividades
contempladas en el proyecto formativo estarán directamente vinculadas con las
competencias a desarrollar, que en consonancia con las actividades a realizar y que se
detallarán en el proyecto formativo, podrán ser básicas, genéricas y/o específicas.
4. Las prácticas tendrán una duración conforme a lo indicado en la normativa de
prácticas de la Universidad de Sevilla, según el horario establecido.
5. Durante el período de duración de las prácticas, los estudiantes estarán
sometidos a las condiciones estipuladas en este convenio y al régimen de
funcionamiento del Centro de Historia y Cultura Militar Sur, especialmente en lo relativo
al cumplimiento del horario de las actividades formativas.
6. Los estudiantes cumplirán rigurosamente la normativa vigente sobre protección
de materias clasificadas, seguridad de la información y seguridad militar, así como la
referida a la protección de datos de carácter personal.
cve: BOE-A-2023-3647
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 36
Sábado 11 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 21764
c) Proporcionar la guía didáctica de la asignatura de las prácticas al personal del
Centro de Historia y Cultura Militar Sur que desempeñe las funciones de tutor, facilitando
el acceso, en su caso, a la correspondiente plataforma telemática de gestión.
d) Comunicar al Centro de Historia y Cultura Militar Sur la identidad de los
estudiantes del Grado/Máster que llevarán a cabo las prácticas, así como la identidad de
los correspondientes tutores académicos.
e) Señalar, previa coordinación con el Centro de Historia y Cultura Militar Sur, las
fechas de inicio y finalización de las prácticas.
f) Trasladar a la Comisión Mixta del presente convenio cuantas incidencias y
vicisitudes se observen por los tutores académicos en relación con el desarrollo de las
actividades objeto del presente convenio.
g) Reconocer la labor desempeñada por el tutor de la entidad colaboradora.
h) Facilitar la organización conjunta de conferencias, jornadas divulgativas u otras
actividades similares.
i) Facilitar el intercambio de publicaciones propias y el acceso a fondos
documentales no clasificados.
j) Facilitar la realización conjunta de proyectos de investigación y desarrollo,
ampliables a otras entidades públicas o privadas, relacionados con las materias objeto
de las prácticas, a través de la instancia competente.
k) Facilitar asesoramiento científico y técnico relacionado con las materias objeto
de las prácticas.
l) Facilitar la organización en su sede de conferencias para la difusión y promoción
de la cultura de Defensa, que contribuyan a un mejor conocimiento de las Fuerzas
Armadas por parte de los estudiantes y profesores.
m) Hacer constar la colaboración del Ministerio de Defensa, y concretamente del
Ejército de Tierra, en todas las actividades editoriales, informativas o de promoción en
relación con las actuaciones contempladas en este convenio.
Tercera. Condiciones de ejecución de las prácticas, y otras actividades de interés
conjunto.
1. La suscripción del presente convenio por parte del Ministerio de Defensa no
supone la adquisición de más compromisos que los estipulados en el mismo; en ningún
caso se derivarán obligaciones propias de una relación laboral o contractual, de
conformidad con la normativa vigente. Por tanto, las prácticas quedan expresamente
excluidas de la legislación laboral.
2. Las prácticas objeto de este convenio, que tendrán un carácter exclusivamente
académico, no consistirán en el ejercicio de funciones públicas reservadas por ley o
reglamentos a personal funcionario o contratado por la Administración General del
Estado.
3. Los estudiantes no tendrán en ningún caso vinculación o relación laboral,
contractual o estatutaria. La suscripción del presente convenio no supondrá la
adquisición de más compromisos que los estipulados en el mismo. Las actividades
contempladas en el proyecto formativo estarán directamente vinculadas con las
competencias a desarrollar, que en consonancia con las actividades a realizar y que se
detallarán en el proyecto formativo, podrán ser básicas, genéricas y/o específicas.
4. Las prácticas tendrán una duración conforme a lo indicado en la normativa de
prácticas de la Universidad de Sevilla, según el horario establecido.
5. Durante el período de duración de las prácticas, los estudiantes estarán
sometidos a las condiciones estipuladas en este convenio y al régimen de
funcionamiento del Centro de Historia y Cultura Militar Sur, especialmente en lo relativo
al cumplimiento del horario de las actividades formativas.
6. Los estudiantes cumplirán rigurosamente la normativa vigente sobre protección
de materias clasificadas, seguridad de la información y seguridad militar, así como la
referida a la protección de datos de carácter personal.
cve: BOE-A-2023-3647
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 36