II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2023-3532)
Resolución de 7 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convoca concurso para la selección y nombramiento de directores en los centros docentes públicos no universitarios en las ciudades de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35

Viernes 10 de febrero de 2023

Sec. II.B. Pág. 21400

comisiones de selección, en los centros donde corresponda, será el 24 de marzo
de 2023.
Octava. Resolución del concurso de méritos.
Antes del 27 de abril de 2023 las comisiones de selección publicarán en el tablón de
anuncios del centro y de la correspondiente dirección provincial, así como en sus
páginas web, la lista de calificaciones provisionales obtenidas, que contendrá el detalle
de las puntuaciones de cada uno de los apartados del procedimiento de valoración para
cada una de las solicitudes. Dicha publicación servirá de notificación a las personas
interesadas.
Novena.

Reclamaciones, recursos y lista de calificaciones definitivas.

1. Las personas candidatas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados
a partir del día siguiente al de la publicación de la lista de calificaciones provisionales,
para presentar las reclamaciones que estimen oportunas y completar en su caso la
documentación acreditativa de los méritos alegados, mediante escrito dirigido al
presidente de la comisión de selección.
2. La comisión de selección dispondrá de dos días hábiles para la resolución de las
reclamaciones presentadas. A continuación, publicará las calificaciones definitivas de la
misma forma que las provisionales y las trasladará a la persona titular de la dirección
provincial. La publicación de la lista de calificaciones definitivas servirá de notificación a
las personas participantes. Se entenderán desestimadas las alegaciones presentadas,
cuando las puntuaciones no hayan sido modificadas.
3. Frente a la calificación definitiva cabe recurso de alzada ante la persona titular de
la dirección provincial correspondiente en el plazo de un mes, cuya resolución pondrá fin
a la vía administrativa.
Décima.

Propuesta de nombramiento.

1. En el plazo máximo de dos días hábiles desde la notificación a los solicitantes de
las resoluciones de sus reclamaciones o desde la finalización del plazo para
presentarlas, el presidente de la comisión de selección informará al titular de la dirección
provincial correspondiente de las calificaciones definitivas obtenidas por los solicitantes y
elevará la propuesta de nombramiento como director del centro docente a quien haya
obtenido la calificación más alta.
2. La comunicación se realizará igualmente si se da la circunstancia de que no
haya resultado seleccionado ningún aspirante.
3. En caso de producirse empate en la calificación definitiva se procederá conforme
a lo establecido en el artículo 19.2 de la Orden EFP/376/2021, de 21 de abril.
Programa de formación.

1. Las personas seleccionadas no podrán ser nombradas en el cargo de director y
directora hasta superar el programa de formación sobre competencias para el
desempeño de la función directiva. Anualmente, desde el Ministerio de Educación y
Formación Profesional se organizará este programa, que tendrá validez en todo el
territorio nacional. El nombramiento queda condicionado a la superación de dicho
programa.
2. Quedan exceptuados de la necesidad de participar en el programa de formación
referido en el apartado anterior las personas seleccionadas que se encuentren en alguno
de los supuestos previstos en el artículo 20.2 de la Orden EFP/376/2021, de 21 de abril.

cve: BOE-A-2023-3532
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Undécima.