II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2023-3532)
Resolución de 7 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convoca concurso para la selección y nombramiento de directores en los centros docentes públicos no universitarios en las ciudades de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35

Viernes 10 de febrero de 2023

Sec. II.B. Pág. 21399

3. Las solicitudes se cumplimentarán en la sede electrónica del Ministerio de
Educación y Formación Profesional, en aplicación de lo establecido en el artículo 14.2 e)
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Irán acompañadas de la documentación exigida en
el artículo 8 de la Orden EFP/376/2021, de 21 de abril. Los documentos deberán ser
digitalizados y presentados como archivos adjuntos a la solicitud.
4. La dirección provincial, concluido el plazo de presentación de solicitudes,
comunicará a la dirección de cada uno de los centros docentes afectados por el
procedimiento de selección la existencia de candidaturas para su publicación en el tablón
de anuncios y la página web del centro, así como en la página web del Ministerio de
Educación y Formación Profesional. El director o la directora del centro convocará al
claustro y al consejo escolar en el plazo de diez días hábiles desde dicha comunicación,
para designar representantes de ambos órganos en la comisión de selección.
Quinta.

Documentación y admisión de solicitantes.

1. Las solicitudes irán acompañadas de la documentación exigida en el artículo 8.1
de la Orden EFP/376/2021, de 21 de abril, de acuerdo con las especificaciones que se
citan en el apartado 2 del mismo artículo 8.
2. Al finalizar el plazo de presentación de solicitudes, las direcciones provinciales
de Ceuta y Melilla comprobarán que los aspirantes cumplen los requisitos exigidos para
participar en la presente convocatoria y, en un plazo máximo de siete días desde la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes, notificarán a los solicitantes las
listas provisionales de solicitudes admitidas y excluidas, detallando, en este último caso,
los motivos de la exclusión.
3. Los solicitantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles desde la notificación
de las listas provisionales para subsanar las solicitudes excluidas y mejorar las
admitidas.
4. Las subsanaciones presentadas serán estimadas o desestimadas en la
resolución por la que se aprueben las listas definitivas de solicitudes admitidas y
excluidas, que serán notificadas a los solicitantes en un plazo máximo de tres días,
contados a partir de la finalización del plazo de subsanación y mejora de la solicitud.

1. Una vez presentada la solicitud, las personas candidatas podrán examinar los
documentos institucionales del centro para el que han presentado la misma de acuerdo
con lo establecido en el artículo 10 de la Orden EFP/376/2021, de 21 de abril.
2. El proyecto se ajustará a lo establecido en el artículo 6 y a las especificaciones
recogidas en el anexo IV de la citada orden.
3. El plazo de presentación del proyecto de dirección para el centro al que se opte
será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la finalización del
plazo de presentación de solicitudes. El proyecto deberá presentarse en formato digital,
en archivo PDF o formato similar cuyo tamaño no supere los 10 MB, a través del
procedimiento establecido en la sede electrónica del Ministerio de Educación y
Formación Profesional, dirigido a la persona titular de la Presidencia de la comisión. Se
guardará la máxima confidencialidad en el tratamiento de estos archivos. No obstante,
las personas solicitantes podrán proteger el archivo con una contraseña que deberán
comunicar a la presidencia de la comisión de valoración, responsabilizándose del
funcionamiento de dicha contraseña.
Séptima.

Organización del proceso de selección.

El procedimiento de selección se organizará en los centros docentes para los que
haya solicitantes admitidos y se desarrollará según lo establecido en los artículos 11
al 21 de la Orden EFP/376/2021, de 21 de abril. La fecha límite para constituir las

cve: BOE-A-2023-3532
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Proyecto de dirección.