III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-3597)
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Sanidad, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, la Generalitat de Catalunya, el Ayuntamiento de Esplugues de Llobregat y el Hospital Sant Joan de Déu, para la creación de la Comisión Interadministrativa del acontecimiento de excepcional interés público "50 aniversario del Hospital Sant Joan de Deu".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35
Viernes 10 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 21548
año 2021, en relación con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de
diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo.
En particular, dicha Comisión será el órgano encargado del desarrollo y concreción
en planes y programas de las actividades de apoyo a la celebración del acontecimiento
de excepcional interés público «50 Aniversario del Hospital Sant Joan de Déu», así como
de la certificación de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del
citado programa.
Para la emisión de dichas certificaciones será necesario el voto favorable del
representante del Ministerio de Hacienda y Función Pública, según el artículo 27.2.b) in
fine de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
Segunda.
Entidad encargada de la ejecución material del programa.
El Hospital Sant Joan de Déu se encargará de la realización material de los actos y
actividades que se deriven de la ejecución del programa para la conmemoración del
acontecimiento de excepcional interés público «50 Aniversario del Hospital Sant Joan de
Déu».
Tercera.
Financiación.
La financiación de la programación oficial del acontecimiento corresponderá
íntegramente al Hospital Sant Joan de Déu, quien la realizará con cargo a sus
presupuestos, así como, en su caso, con aportaciones, subvenciones, donaciones o con
otros ingresos de carácter privado, asumiendo la condición de entidad destinataria y
administradora de las donaciones que se realicen para la ejecución del programa de
apoyo al acontecimiento. En este sentido, ni la Administración General del Estado, ni la
Administración de la Generalitat, mediante el Departamento de Salud, ni el Ayuntamiento
de Esplugues de Llobregat, asumen ni asumirán, obligación económica alguna que
derive de las actuaciones realizadas por la Comisión Interadministrativa a que se refiere
la cláusula primera de este convenio.
El Hospital Sant Joan de Déu será la entidad encargada de ordenar y captar cuantos
recursos económicos sean precisos para la financiación de las actividades y programas
propios del acontecimiento y, en su caso, para el apoyo de los calificados como de
interés para el mismo.
Los recursos económicos se aplicarán exclusivamente a la realización de los planes
y programas aprobados por la Comisión Interadministrativa, cuya ejecución será llevada
a cabo por el Hospital Sant Joan de Déu. Este asumirá las eventuales pérdidas que en el
programa de apoyo al acontecimiento se pudieran producir.
Cuarta.
Composición de la Comisión Interadministrativa.
a) La presidenta de la Comisión, que será la Secretaria de Estado de Sanidad del
Ministerio de Sanidad, o persona en quien delegue.
b) Dos vocales en representación de la Administración General del Estado: uno en
representación del Ministerio de Hacienda y Función Pública, nombrado por la
Subsecretaria de este Departamento, y el segundo en representación del Ministerio de
Sanidad, nombrado por la Ministra.
c) Un vocal en representación de la Generalitat de Catalunya, nombrado por su
Consejero de Sanidad.
d) Un vocal en representación del Ayuntamiento de Espluges de Llobregat,
nombrado por su Alcaldesa.
e) Cuatro vocales en representación del Hospital Sant Joan de Déu, designados
por el Comité de Dirección del Hospital.
cve: BOE-A-2023-3597
Verificable en https://www.boe.es
Formarán parte de la Comisión Interadministrativa:
Núm. 35
Viernes 10 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 21548
año 2021, en relación con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de
diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo.
En particular, dicha Comisión será el órgano encargado del desarrollo y concreción
en planes y programas de las actividades de apoyo a la celebración del acontecimiento
de excepcional interés público «50 Aniversario del Hospital Sant Joan de Déu», así como
de la certificación de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del
citado programa.
Para la emisión de dichas certificaciones será necesario el voto favorable del
representante del Ministerio de Hacienda y Función Pública, según el artículo 27.2.b) in
fine de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
Segunda.
Entidad encargada de la ejecución material del programa.
El Hospital Sant Joan de Déu se encargará de la realización material de los actos y
actividades que se deriven de la ejecución del programa para la conmemoración del
acontecimiento de excepcional interés público «50 Aniversario del Hospital Sant Joan de
Déu».
Tercera.
Financiación.
La financiación de la programación oficial del acontecimiento corresponderá
íntegramente al Hospital Sant Joan de Déu, quien la realizará con cargo a sus
presupuestos, así como, en su caso, con aportaciones, subvenciones, donaciones o con
otros ingresos de carácter privado, asumiendo la condición de entidad destinataria y
administradora de las donaciones que se realicen para la ejecución del programa de
apoyo al acontecimiento. En este sentido, ni la Administración General del Estado, ni la
Administración de la Generalitat, mediante el Departamento de Salud, ni el Ayuntamiento
de Esplugues de Llobregat, asumen ni asumirán, obligación económica alguna que
derive de las actuaciones realizadas por la Comisión Interadministrativa a que se refiere
la cláusula primera de este convenio.
El Hospital Sant Joan de Déu será la entidad encargada de ordenar y captar cuantos
recursos económicos sean precisos para la financiación de las actividades y programas
propios del acontecimiento y, en su caso, para el apoyo de los calificados como de
interés para el mismo.
Los recursos económicos se aplicarán exclusivamente a la realización de los planes
y programas aprobados por la Comisión Interadministrativa, cuya ejecución será llevada
a cabo por el Hospital Sant Joan de Déu. Este asumirá las eventuales pérdidas que en el
programa de apoyo al acontecimiento se pudieran producir.
Cuarta.
Composición de la Comisión Interadministrativa.
a) La presidenta de la Comisión, que será la Secretaria de Estado de Sanidad del
Ministerio de Sanidad, o persona en quien delegue.
b) Dos vocales en representación de la Administración General del Estado: uno en
representación del Ministerio de Hacienda y Función Pública, nombrado por la
Subsecretaria de este Departamento, y el segundo en representación del Ministerio de
Sanidad, nombrado por la Ministra.
c) Un vocal en representación de la Generalitat de Catalunya, nombrado por su
Consejero de Sanidad.
d) Un vocal en representación del Ayuntamiento de Espluges de Llobregat,
nombrado por su Alcaldesa.
e) Cuatro vocales en representación del Hospital Sant Joan de Déu, designados
por el Comité de Dirección del Hospital.
cve: BOE-A-2023-3597
Verificable en https://www.boe.es
Formarán parte de la Comisión Interadministrativa: