III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-3597)
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Sanidad, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, la Generalitat de Catalunya, el Ayuntamiento de Esplugues de Llobregat y el Hospital Sant Joan de Déu, para la creación de la Comisión Interadministrativa del acontecimiento de excepcional interés público "50 aniversario del Hospital Sant Joan de Deu".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35

Viernes 10 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 21547

diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la
Generalitat de Catalunya.
De otra parte, doña Pilar Díaz i Romero, Alcaldesa del Ayuntamiento de Esplugues
de Llobregat, proclamada por el Pleno del Consejo Municipal en la sesión extraordinaria
del 15 de junio de 2019, que actúa en representación de esta Corporación en virtud de
las facultades que les son reconocidas en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
De otra parte, don Manuel del Castillo Rey, en su condición de Director Gerente del
Hospital Sant Joan de Déu, con NIF R-5800645C, y domicilio en Passeig Sant Joan de
Déu, 2, 08950 Esplugues de Llobregat, en nombre y representación del mismo, inscrito
en el Registro de Entidades Religiosas con el número 006839 (1188-C/1-SE/B).
Reconociéndose recíprocamente capacidad jurídica suficiente, suscriben el presente
convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
I. Que el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, señala que la ley
que apruebe los programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público
regulará la creación de un consorcio o la designación de un órgano administrativo que se
encargue de la ejecución del programa y que certifique la adecuación de los gastos
realizados a los objetivos y planes del mismo, en el que necesariamente estarán
representadas las Administraciones Públicas interesadas en el acontecimiento y, en todo
caso, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, siendo necesario el voto favorable de
la representación de dicho Ministerio para la emisión de las citadas certificaciones.
II. Que la disposición adicional nonagésimo séptima de la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, otorga al «50
Aniversario del Hospital Sant Joan de Déu», la consideración de acontecimiento de
excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la
Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
III. Que el apartado tres de dicha disposición adicional señala que la «certificación
de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa se
efectuará de conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002, de 23 de
diciembre», añadiendo en el apartado cuatro de aquella que «el desarrollo y concreción
posteriores en planes y programas de actividades específicas se realizará por el órgano
competente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.2 de la Ley 49/2002, de 23
de diciembre».
IV. Que el apartado cinco de la mencionada disposición adicional, a su vez,
preceptúa que «los beneficios fiscales de este programa serán los máximos establecidos
en el artículo 27.3 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre».
V. Que, finalmente, el apartado dos de la citada disposición adicional establece que
«La duración del programa de apoyo a este acontecimiento abarcará desde la entrada
en vigor de esta Ley hasta el 31 de diciembre de 2023».

CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El presente convenio tiene por objeto la creación de la Comisión Interadministrativa
del acontecimiento de excepcional interés público «50 Aniversario del Hospital Sant Joan
de Déu», en cumplimiento de lo previsto en la disposición adicional nonagésimo séptima
de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el

cve: BOE-A-2023-3597
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Por lo expuesto, las partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes